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Discriminación, racismo y relaciones interculturales

ISBN: 9788413098753

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Fecha de edición 06/09/2019
Número de Edición

1

Idioma

Formato

Páginas

262

Lugar de edición

PAMPLONA

Colección

ESTUDIOS ARANZADI

Encuadernación

La precaria gestión de la diferencia cultural genera fracturas que alientan la discriminación, el racismo y la xenofobia. Todas ellas tienen como eje común un sentimiento de superioridad, identidad y pertenencia concebido en clave de enfrentamiento e incompatibilidad que dificulta las relaciones interculturales. En tiempos de incertidumbre económica y desencuentro ético, cuando determinados colectivos se sienten amenazados, surgen conflictos identitarios. Con demasiada frecuencia, estos desafíos se afrontan con estereotipos y el menosprecio de determinadas culturas, fomentando la fragmentación en lugar de la cohesión social.

Frente a los múltiples tipos de discriminación que se dan en las sociedades multiculturales, es necesario pensar en las exigencias de la lógica del reconocimiento que permite poner el énfasis en la negociación de los intereses contrapuestos desde la observancia de los derechos humanos. Con la finalidad de fomentar un debate e intercambio crítico sobre estas cuestiones, en el Instituto de Derechos Humanos de la Universitat de València, desde el proyecto Multihuri I+D+i (2015-65840-R MICINN/FEDER) titulado «Diversidad y convivencia: los derechos humanos como guía de acción», se ha venido trabajando para identificar y abordar los obstáculos a la convivencia intercultural en el contexto actual. Este libro, que recoge una parte del trabajo realizado en dicho proyecto, surge desde el convencimiento de que, para evitar un retroceso civilizatorio basado en la desigualdad, es imprescindible reflexionar sobre cómo es posible construir un modelo de convivencia pacífica en sociedades plurales y diversas, es decir, es necesario combatir la discriminación y el racismo para fomentar relaciones interculturales activas y positivas. 

Presentación.

Los acuciantes desafíos identitarios propios de la diversidad, el vínculo de éstos con el orden público o los principios fundamentales de los modernos Estados democráticos de Derecho (como la igualdad, el pluralismo o la laicidad) y su relación con sentimientos latentes como el de reivindicación nacional ponen en evidencia las dificultades a la hora de establecer valores comunes en un mundo fragmentado. La precaria gestión de la diferencia cultural (incluida la religiosa) genera fracturas que alientan la discriminación, el racismo y la xenofobia. Todas ellas tienen como eje común un sentimiento de superioridad, identidad y pertenencia concebido en clave de enfrentamiento e incompatibilidad que dificulta las relaciones interculturales activas.

En tiempos de incertidumbre económica y desencuentro ético, cuando determinados colectivos se sienten amenazados o discriminados, surgen conflictos identitarios que obstaculizan la convivencia pacífica. Con demasiada frecuencia, estos desafíos se afrontan con soluciones reduccionistas basadas en el miedo al otro, que fomentan la fragmentación en lugar de la cohesión social. Frente a esos potenciales conflictos que traen consigo la reducción drástica de libertades, es necesario pensar en las exigencias de la lógica del reconocimiento, que reclama el tratamiento de los mismos poniendo el énfasis en ayudar a la negociación y a la integración de los intereses contrapuestos desde la observancia de los derechos humanos.

Con la finalidad de fomentar un debate e intercambio crítico sobre estas cuestiones, en el Instituto de Derechos Humanos de la Universitat de València, desde el proyecto Multihuri I+D+i (2015-65840-R MICINN/FEDER) titulado «Diversidad y convivencia: los derechos humanos como guía de acción», se ha venido trabajando para identificar y abordar los obstáculos a la convivencia intercultural en el contexto actual. El ámbito de esta investigación no es solo España, sino también, entre otros, Francia, Italia y Canadá, tomando en consideración tanto las dimensiones nacionales como las regionales y locales. Precisamente este enfoque comparado entre diferentes Estados, tanto desde un punto de vista jurídico como sociológico, es una de las fortalezas de este proyecto, ya que aporta una dimensión internacional que enriquece el análisis de los temas objeto de estudio. Esa orientación se plasma en el trabajo que ahora se presenta, en el que se recogen, además, trabajos de investigadores que, sin ser parte de dicho proyecto, han colaborado en los grupos de trabajo, seminarios y congresos internacionales organizados desde Multihuri.

Este libro se estructura en tres líneas de análisis interconectadas, enfocadas desde el eje transversal de la discriminación, cuando en realidad debería primar la igualdad: identidades y culturas; diversidad y género; y racismo y xenofobia, en las que se agrupan los diferentes capítulos.

En primer lugar, reflexionar de modo crítico sobre las relaciones entre identidades y culturas implica aceptar, en buena medida, que las identidades, además de plurales, son negociables y revocables. En ese sentido, cuando se habla de la identidad cultural hay que entender que no es única y excluyente, sino múltiple e incluyente. Así, concurren como identidades complementarias la etnia, la lengua, la religión y la raza, al mismo tiempo que el sentido de la pertenencia a un Estado y la ciudadanía. La multifacética relación entre identidades y culturas permite abordar diversas cuestiones.

Desde este enfoque, el artículo de Javier García Castaño y María Rubio Gómez se ocupa de la trampa de la diversidad, en concreto, de las (des)igualdades en la escuela. Este texto comienza problematizando la noción de la diversidad cultural, para ello toma la escuela como un escenario con un significado muy especial. En ella el Estado se ensaya y se pone a prueba cada día. En opinión de los autores, la escuela dice ser «favorable» a la diversidad, pero para gestionarla no hace otra cosa que poner orden en forma de diferencias que se terminan traduciendo en desigualdades. Desde esta perspectiva se analizan dos escenarios en los que observar cómo se gestiona la diversidad cultural y cómo se construyen diferencias: el primero, es el de los discursos normativos y, el segundo, el discurso profesional de la escuela. Así se pone en evidencia que, en la escuela, la retórica igualitaria lleva a decir que se promueve la diversidad, pero las prácticas, de lo que hablan es de construir y organizar las diferencias. La trampa estaría en que cuando se habla de diversidad a lo que en realidad se está haciendo alusión es a las diferencias que se deben establecer entre los grupos humanos que permiten sistemas clasificatorios artificiales, que a su vez son antesala de la construcción de desigualdades.

Por otra parte, Pierre Bosset se centra en el análisis de los derechos culturales como herramienta de acción, insistiendo en su relevancia y en el hecho de que son una categoría de derechos descuidada, cuando en realidad pueden considerarse la encrucijada de todos los derechos humanos, lo que demuestra que los derechos son interdependientes. Aunque es cierto que los derechos culturales necesitan tanto las libertades civiles como los derechos socioeconómicos para realizarse plenamente, todo derecho y libertad también tiene sus dimensiones culturales, y, por tanto, las autoridades gubernamentales deben prestar especial atención a la forma en que formulan sus políticas culturales. Los derechos culturales permiten, y exigen, considerar las dimensiones colectivas e individuales de los derechos de tal manera que pueden ser claves para una comprensión global de los derechos humanos. Como se sugiere desde el interculturalismo quebequense, quizá ha llegado el momento de comenzar a ver los derechos culturales como herramientas legales para implementar políticas públicas.

El estudio de Géraldine Galeote sobre proyecciones identitarias, procesos de estereotipización y patrimonialización en las políticas turísticas, cierra este primer bloque. En él se propone ir más allá de la perspectiva «clásica» sobre los estereotipos, que tiende a analizar cómo los estereotipos son construidos y utilizados por un grupo para definir a otro grupo de forma simplificada y errónea, a partir de una reflexión sobre la manera en que los estereotipos pueden también ser una creación del grupo estereotipado. En este caso se conceptúan como herramientas de autopromoción y de asentamiento de una identidad diferenciada. Para analizar esta hipótesis, este trabajo propone estudiar las estrategias promocionales del turismo en España y en el País Vasco con el fin de proponer una doble lectura: un análisis de la creación y apropiación de los estereotipos por una parte, y un estudio de la estrategia de diferenciación por la otra, en particular a través del patrimonio cultural.

La segunda parte del libro se dedica a la relación entre diversidad y género desde el punto de vista cultural. Se presta una especial atención a las prácticas culturales que interpelan de forma directa a los principios y valores que sustentan los ordenamientos jurídicos occidentales contemporáneos, cuestionando la función que debe desempeñar el factor cultural, especialmente en aquellos casos en que las mujeres ven condicionadas su libertad y autonomía. De las múltiples cuestiones a propósito de las desigualdades que afectan a las mujeres históricamente, apelando a la cultura, se insiste en la necesidad de conseguir la igualdad en dos ámbitos fundamentales: el matrimonio y las relaciones familiares. El hilo conductor que subyace en esta parte del trabajo remite al reconocimiento en el nivel internacional del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de género que tiene significativas implicaciones en el plano legal, además de consecuencias sociales y políticas, obligando a los Estados a asegurar este derecho por medio de la implementación de medidas concretas

El trabajo de Letizia Mancini aborda el papel que debe desempeñar el derecho frente a la diversidad respondiendo a la cuestión de cuál es el espacio para el factor cultural en el ámbito penal. El pluralismo cultural y religioso que caracteriza a las sociedades contemporáneas plantea, a la política y al derecho, numerosas cuestiones que han sido ampliamente investigadas en las ciencias sociales y jurídicas. Las prácticas culturales que no siempre son conocidas, en ocasiones se encuentran en abierto contraste con normas y principios jurídicos fundamentales, por ejemplo, cuando plantean a los operadores del derecho, y a los jueces en particular, desafíos de no fácil solución. Este ensayo aborda la cuestión, de manera sintética, poniendo de relieve tanto las líneas fundamentales del debate sobre el tema, como las dificultades de llevar a cabo una jurisdicción sensible a las culturas, necesaria, pero no por ello alcanzable sin obstáculos, riesgos y dificultades.

En esa misma línea, Ángeles Solanes analiza la relación entre los derechos de las mujeres y la cultura del honor. Dentro de la noción de cultura, como sistema histórico, complejo y dinámico, se ubica el honor entendido no como un derecho, sino como un conjunto de prácticas que tiene una dimensión colectiva o grupal, es decir, como códigos de honor. En ellos se encuentran prácticas que pueden ser consideradas como una forma singular de violencia contras las mujeres que no son compatibles con la apelación a la denominada defensa cultural. Así, se hace referencia a algunas prácticas de violencia contra las mujeres asentadas en determinadas culturas como muestra de la discriminación sistemática que estas sufren y a las esferas de actuación de los Estados para combatirlas. Los estándares normativos internacionales de derechos humanos para la prevención y erradicación de las prácticas tradicionales perjudiciales que conllevan violencia contra las mujeres exigen como medida inaplazable y, desde una visión transversal, la adopción por los Estados de una estrategia integral dirigida al reforzamiento de medidas jurídicas, políticas y de carácter social que permitan prevenirlas y combatirlas.

Sobre el caso concreto de España se ocupa Jaime Bonet en su capítulo a propósito de la poligamia en el derecho español. La existencia de numerosas mujeres que reclaman a España una pensión de viudedad tras el fallecimiento de sus maridos, de origen saharaui o marroquí, que trabajaron para el Ejército español durante la época colonial, casados con más de una mujer de acuerdo con su religión islámica y el hecho de que en España la bigamia está tipificada como delito, supone un reto en el que las razones de justicia chocan con el orden público español. Según la concepción islámica del matrimonio el varón puede tener hasta cuatro esposas mientras que la mujer solo puede ser monógama. Tras analizar la poligamia musulmana, se estudia el concepto de orden público aplicado al sistema matrimonial español; o, en otras palabras, cómo la monogamia matrimonial sigue estando protegida en la actualidad en la legislación española, mientras que la poligamia está rechazada por el orden público español, como se refleja en la existencia del impedimento de ligamen y del delito de bigamia. El trabajo concluye con el estudio de la sentencia del Tribunal Supremo español de 24 de enero de 2018, por la que se reconoce el derecho a cobrar la pensión de viudedad a una segunda esposa o segunda viuda de un matrimonio poligámico para evitar una situación injusta, en la que el orden público actúa de manera atenuada.

El tercer bloque de este volumen se dedica al racismo y la xenofobia analizando a través de qué procesos sociales, políticos y económicos se insiste en la categoría ficticia de raza, los instrumentos que la reproducen y que afianzan, en buena medida, un racismo que podría considerarse culturalista desde el que se adscriben disposiciones morales a unas culturas u otras sin que existan justificaciones para ello. Los diferentes enfoques sobre el análisis del racismo y la xenofobia, que se ejemplifica también en el trato diferencial que reciben los extranjeros en los centros de internamiento, permiten aportar alternativas para luchar contra la discriminación y promover la igualdad.

El capítulo que presentan María José Aguilar y Daniel Buraschi se ocupa de la relación entre racismo «democrático» y fronteras morales planteando la cuestión de cómo construir una ciudadanía insurgente. Como señalan los autores, el racismo «democrático» es una de las formas más peligrosas e insidiosas de racismo contemporáneo por su carácter mainstream y por su afán moralizante, que lo legitima en marcos democráticos. Se asienta en un dispositivo de construcción de fronteras morales que asegura la exclusión moral de determinadas categorías de personas dentro de marcos democráticos, de ahí su elevada peligrosidad. En este trabajo se ofrecen herramientas conceptuales para identificar y comprender el racismo «democrático» y sus discursos, los procesos principales de construcción de las fronteras morales, que es el basamento de la pretendida legitimidad de la exclusión moral.

Frente a tales procesos de exclusión moral se plantea la urgente necesidad de revalorizar y reivindicar una nueva ciudadanía global que solo puede expresarse como ciudadanía insurgente frente al orden moral dominante. Finalmente, el texto ofrece algunas propuestas operativas que pueden ser herramientas útiles de resistencia desde la sociedad civil.

El trabajo de Albert Mora sobre diversidad, discriminación y delitos de odio, en concreto, a propósito de la fobia a inmigrantes, gitanos y musulmanes en España y en la Comunitat Valenciana, presenta una panorámica actual de la discriminación en España y en la Comunitat Valenciana de tres de los colectivos más expuestos hoy a la violencia de los discursos de odio y a la desigualdad, las personas inmigrantes, las personas musulmanas y las personas gitanas, afectadas por estigmas que las vulnerabilizan y facilitan la violación de sus derechos.

A partir de la evidencia empírica disponible y del contenido de varias entrevistas a informantes clave se destacan, en relación a los tres colectivos, las principales dinámicas de exclusión que les afectan, se refieren algunos indicadores de la xenofobia que se dirige hacia ellos, se analizan algunos datos relativos a las desiguales condiciones materiales de vida y disfrute de derechos y se exponen los principales datos disponibles sobre los delitos de odio de los que son objeto. El texto finaliza con una serie de propuestas para promover la igualdad y la inclusión, reducir la xenofobia y disminuir los delitos de odio que se cometen contra los integrantes de estos grupos.

Los espacios de racismo en los servicios públicos al percibir al otro como amenaza es el tema del que se ocupa el artículo de Ana Isabel Vázquez. Las respuestas de los Estados a las dinámicas migratorias actuales utilizan la lógica de diferenciación como instrumento para definir la sociedad, apoyándose en estrategias y políticas públicas que normalizan el reconocimiento desigual en la protección social a las personas migrantes, justificando con ello espacios formales de racismo. Para ello, utilizan la identificación del otro como sujeto subalterno y como amenaza al mantenimiento del sistema público; la preferencia del autóctono frente al extranjero, como por derecho propio; y el establecimiento de barreras en el acceso a derechos y servicios públicos, a modo de fronteras internas. Como ejemplo de este tipo de lógica instrumental, se presenta el estudio de caso sobre la aplicación del RDL 16/2012 en la Comunitat Valenciana. Las consecuencias concretas de esta medida muestran una política migratoria que responde a la emergencia y no a la convivencia, que genera una sociedad dual, poco coherente con una perspectiva de derechos, dignidad y convivencia.

Esta parte se cierra con el estudio de Lourdes Santos sobre los centros de internamiento de extranjeros y la justificación de la pena. En él se propone una reflexión filosófico-moral a propósito de si existen razones para castigar a las personas inmigrantes en situación irregular (el porqué) y, en el caso de responder afirmativamente a esta cuestión, qué medida del castigo puede considerarse justificado (el cuánto) y cuál debería ser la forma correcta de llevarlo a la práctica (el cómo). En el trasfondo de esta discusión, lo que se pretende poner en cuestión es la legitimidad de los Centros de Internamiento (los denominados CIES), concebidos hipotéticamente como un tipo específico de sanción o de pena estatal, a la par que advertir los efectos perversos, en términos del cultivo y el amparo de actitudes racistas y xenófobas por parte de los ciudadanos en relación con los inmigrantes en situación irregular, que tendría la implementación de una medida de esta naturaleza.

Este libro, que recoge una parte del trabajo realizado en el proyecto Multihuri, surge desde el convencimiento de que, para evitar un retroceso civilizatorio basado en la desigualdad, es imprescindible reflexionar sobre cómo es posible construir un modelo de convivencia pacífica en sociedades plurales y diversas, es decir, es necesario combatir la discriminación y el racismo, y al mismo tiempo fomentar relaciones interculturales activas y positivas. Una guía ineludible en el fomento de esa cohesión social y en la articulación normativa y de políticas públicas es el estricto respeto a los derechos humanos desde sus estándares internacionales y a los principios básicos del Estado democrático de Derecho. En ese contexto, la diversidad cultural puede ser una realidad inclusiva e integradora.

  • Presentación
  • Primera parte: Identidades y culturas
    • I. La trampa de la diversidad: (des)igualdades en la escuela (F. JAVIER GARCÍA CASTAÑO y MARÍA RUBIO GÓMEZ)
    • II. Los derechos culturales como herramientas de acción: dando sentido a una categoría de derechos descuidada (PIERRE BOSSET)
    • III. Proyecciones identitarias, procesos de estereotipización y patrimonialización en las políticas turísticas (GÉRALDINE GALEOTE)
  • Segunda parte: Diversidad y género
    • IV. El derecho frente a la diversidad. ¿Cuál es el espacio para el factor cultural en el ámbito penal? (LETIZIA MANCINI)
    • V. La noción de honor y la violencia contra las mujeres (ÁNGELES SOLANES CORELLA)
    • VI. La poligamia en el derecho español (JAIME BONET NAVARRO)
  • Tercera parte: Racismo y xenofobia
    • VII. Racismo «democrático» y fronteras morales: ¿cómo construir una ciudadanía insurgente? (MARÍA JOSÉ AGUILAR IDÁÑEZ y DANIEL BURASCHI)
    • VIII. Diversidad, discriminación y delitos de odio: la fobia a inmigrantes, musulmanes y gitanos en España y en la Comunitat Valenciana (ALBERT MORA CASTRO)
    • IX. Los espacios de racismo en los servicios públicos: el otro como amenaza (ANA ISABEL VÁZQUEZ CAÑETE)
    • X. ¿Da el estado la medida en el tratamiento del problema de los extranjeros indocumentados? Algunas consideraciones sobre los centros de internamiento desde el punto de vista de la justificación de la pena (M. LOURDES SANTOS PÉREZ) 

      1. DIVERSIDAD COMO CONDICIÓN

      En los últimos treinta años la idea de que «la diversidad es una condición, la diferencia una construcción y –esto es más reciente– la desigualdad no es sino la puerta que se abre cuando la diferencia se jerarquiza (entonces estamos ante escenarios de discriminación)», ha estado presente en nuestro quehacer investigador de una forma u otra. Pero somos conscientes de que estas nociones (diversidad, diferencia, desigualdad y discriminación), para nosotros centrales, no siempre son entendidas de manera autónoma, sino más bien nos encontramos que unos términos acaban sustituyendo a otros, incluso invisibilizando significados y formas de operar que nada tienen en común. En palabras de Gunther Dietz:

      […] el concepto de diferencia, que sugiere la posibilidad de distinguir de forma nítida, incluso a menudo “binaria” entre sus características o indicadores respectivos, está siendo sustituida gradualmente por la noción de diversidad, misma que, por el contrario, enfatiza la multiplicidad, el traslape y el cruce entre distintas fuentes de variabilidad humana (Dietz, 2009: 3).

      A pesar de estos solapamientos en los usos y significados, nosotros seguimos insistiendo en entender la diversidad como una condición, pero no queremos decir con ello que esta sea natural. Estamos aludiendo, aunque no solo, a que «debe ser dinámica, y serlo sin reposo, pues de otro modo se reduciría a la forma muerta del inventario patrimonial» (Bernard, 2005: 31). Es decir, la diversidad cultural debe ser entendida como una condición atribuida, como el punto de partida desde el que se constituye cualquier grupo humano. No es la naturaleza humana, en sentido biológico, la que hace diverso a cualquier grupo (y ello, aunque biológicamente también la diversidad sea una condición), es el sentido social del grupo, constituido por individuos con agencia, lo que hace que solo pueda ser diverso. No son individuos que se suman, son individuos que se relacionan, que interactúan, y que aportan al grupo sus particulares maneras de entender el mundo. Cuando hablamos, pues, de diversidad como condición, nos referimos a que los individuos de los que podemos partir para construir un grupo humano, como agenciados que están, despliegan acciones muy diversas (diversas en relación al propio sujeto y diversas si las comparamos con las acciones de los sujetos de tal grupo).

      Obsérvese que aquí nos referimos a que la diversidad se encuentra en las acciones de los sujetos (más exactamente en los significados de dichas acciones) y no en los propios sujetos. Podríamos decir, no sin cierto ánimo provocador, que los sujetos no son de nuestro interés…, que por otro lado es una buena forma de respetarlos. Critiquemos esa forma de hacer ciencia que disfraza los objetos teóricos de estudio en sujetos y hace pensar que estudia a personas. En las ciencias sociales de las que hablamos, y en las que nos situamos, el conocimiento se produce sobre los fenómenos sociales, no sobre las personas. Verdad es que son ellas quienes usan esos fenómenos y quienes los crean, pero con todo, lo que estudiamos son tales fenómenos construidos (insistimos, construidos…) como objetos teóricos de estudio. Basta ya de enunciar que estudiamos a personas inmigrantes, por ejemplo2). Como mucho estudiamos una forma de movilidad que denominamos migraciones y lo hacemos con sujetos migrantes (y sin ellos), pero no es a ellos a los que estudiamos. Insistimos, lo que estudiamos son los significados de las acciones de los sujetos en las que, entendemos, se sitúa y constituye la diversidad; y es en dichos significados donde se nutren las relaciones entre las personas que constituyen un posible grupo. El punto de partida, insistimos; la condición, como decimos aquí, es la diversidad.

      No nos estamos refiriendo a la diversidad que parece observarse por la existencia de una «gran variedad de culturas que es posible distinguir rápidamente a partir de observaciones etnográficas» (Kutukdjian y Corbett, 2009: 3). Esta idea se asocia, en no pocas ocasiones, a naciones que construyen férreas fronteras a través de sus Estados, a la existencia de entidades que parecen perfectamente delimitadas y sobre las que se pueden marcar las distancias hasta el punto de poder delimitar una cultura y otra. La existencia de tantas entidades distintas y distantes ha supuesto que pensemos en que eso es la diversidad cultural: la existencia de diversas culturas, de diversas nacionalidades. No, no es esa la diversidad a la que nos estamos refiriendo. Como nos enseñó Geertz (1996), los usos de la diversidad cultural, de su estudio, su descripción, su análisis y su comprensión, no consisten en construir nuestras propias clasificaciones que nos separan de los demás, y a los demás de nosotros, para defender la integridad del grupo y mantener la lealtad hacia él. Y continúa el mismo autor ayudándonos a saber cuál debería ser nuestra tarea si nos queremos ocupar de la diversidad:

      La tarea de la etnografía, o en cualquier caso una de ellas, es ciertamente el proveernos, como las artes y la historia, de relatos y escenarios para refocalizar nuestra atención; pero no de relatos y escenarios que nos ofrezcan una versión autocomplaciente y aceptable para nosotros mismos al representar a los demás reunidos en mundos que nosotros no queremos ni podemos alcanzar, sino relatos y escenarios que, al representarnos, permitan vernos, tanto a nosotros mismos como a cualquier otro, arrojados en medio de un mundo lleno de indelebles extrañezas de las que no podemos librarnos (Geertz, 1996: 88).

      Y por más que resulte paradójico, ese es el gran acervo de la diversidad: nos hace vernos, sentirnos, notarnos, percibirnos, incluso representarnos, extraños entre los cercanos, pero, a la vez, nos muestra y acerca a nuestras similitudes con los que a priori consideraríamos lejanos. Es por ello por lo que Bernard (2005) nos pide que busquemos la esencia de lo diverso e insiste en que ese diverso no debe confundirse con otros equivalentes más comunes: lo diferente, lo plural, lo múltiple, lo variado, etc. (Bernard, 2005: 30).

      Esta diversidad, por cierto, no admite dimensiones ni cuantificaciones. No es posible que exista más o menos diversidad, no existe la posibilidad de que crezca más o menos la diversidad por la llegada de un nuevo sujeto o un grupo numeroso de persona de otro lugar. La diversidad es diversidad y no la portan de manera particular los que vienen de fuera. La diversidad ya estaba entre los que estaban dentro. Podríamos decir que quien llega «de fuera» puede aportar puntos de vista desconocidos hasta la fecha en el grupo (los significados de sus puntos de vista alimentan la diversidad, pero no la hacen crecer, no la hacen aparecer), pero eso no hace que brote como novedosa la diversidad. En todo caso, podría decir que se complica, pero esta forma de entenderla puede ser peligrosa, y es que la Antropología como disciplina ya cometió errores cuando se expresaba en términos de sociedades simples y complejas, lo que equivalía a sociedades no desarrolladas y desarrolladas…, como si fuera sencillo entender los sistemas de parentesco de los azande en Sudán a los que nos aproximó Evans-Pritchard.

      Retomemos pues nuestra idea. La diversidad ya estaba antes de que llegarán otros que identificamos como extraños por ser extranjeros. Era y es condición. Puede que esas nuevas formas, por desconocidas, puedan ser inquietantes, provocadoras de temor para los que ya están, pero pueden no ser menos temerosas las acciones de los que ya están para los recién llegados y, sobre todo, eso no hace que no se deba, y se pueda, reconocer la diversidad que ya era condición del grupo que ya estaba (y obsérvese que hablamos de una manera algo ortopédica de los que están y de los que llegan,cuando esas ubicaciones y referencias espaciales son mucho más complejas, pero son usadas aquí por la posible alusión a los fenómenos migratorios).

      Pero regresemos a eso que decíamos de que la diversidad se encuentra en los significados de las acciones de las personas, de los agentes, lo que ya debe dar una pista definitiva de lo que es para nosotros eso que llamamos «cultura». Pues bien, no son las personas, son las acciones de las personas de lo que hablamos. Para ser más exactos, el significado que le atribuimos a esas acciones de las personas. En palabras de Díaz de Rada:

      La cultura es una propiedad de la acción de las personas, es la forma de la acción de las personas, está formada por los conjuntos de reglas por medio de los cuales las personas dan forma a su acción y a sus relaciones sociales (…), por los conjuntos de reglas por medio de los cuales las personas se relacionan con esas reglas (Díaz de Rada, 2010: 254).

      Puede entenderse que se trata de una noción de cultura para la antropología, construida para definir nuestro objeto teórico de estudio, pero no nos estamos refiriendo a una noción operativa para que la gente sepa en todo momento qué hace y qué significa lo que hace. La gente no tiene «cultural», somos los que estudiamos estas cuestiones (especialmente los que nos dedicamos a la antropología) los que atribuimos a las acciones de la gente, más concretamente a los significados de dichas acciones, el apelativo de «cultura». Eso hace ver que no se puede atribuir ni a los grupos, ni a las regiones, ni a las naciones, ni a los países, ni a los Estados, la noción de cultura de la que estamos hablando. Pero este tema tiene una trayectoria más amplia que, aunque hemos iniciado, no podemos continuar aquí3).

       


      *

      El presente texto se ha desarrollado dentro del Proyecto de Investigación del Plan Nacional de I+D+i (Retos) titulado «Construyendo diferencias en la escuela. estudios de las trayectorias de las ATAL en Andalucía, de su profesorado y de su alumnado» (CSO2013-43266-R). Agradecemos a dicho Plan Nacional la financiación para el desarrollo de dicha investigación. Una primera versión de las ideas expresadas aquí fue presentada en el «III Congreso internacional MULTIHURI sobre derechos humanos, diversidad y convivencia» celebrado en Valencia el 1 y 2 de junio de 2017. Agradecemos la invitación a las personas organizadoras por la oportunidad de exponer nuestras posiciones sobre la diversidad cultural. Posteriormente han sido discutidas estas ideas en el Seminario de Investigación Doctoral «Procesos escolares en contextos migratorios desarrollados» (Jerez, 11 y 12 de diciembre de 2017) y en el Seminario Doctoral «Cocinando Ideas» (Granada, 25 de enero de 2018). Agradecemos a todas las personas asistentes sus aportaciones y propuestas, que nos han permitido enriquecer el planteamiento que aquí exponemos. Un conjunto de ideas complementarias a las expresadas en este texto se han publicado en la «Gazeta de Antropología» (34)1.

      1

      Queremos aclarar que la noción de diversidad cultural que en este texto manejamos, es una herramienta analítico-interpretativa desde la que queremos hacer visible cómo se entiende e interpreta la idea de diversidad y cómo esta se convierte en diferencias (que desigualan) desde la norma y en el discurso de las/os profesionales en el contexto escolar. Reconocemos la existencia, en un plano fáctico, de diversidades (todas ellas definibles como culturales desde nuestro campo de estudio) que se despliegan en las relaciones, en los significados y sentidos de las interacciones que adoptan múltiples formas, cambiantes, identificaciones vividas atravesadas por relaciones de poder y capacidades de respuesta.

      2

      Para nosotros esta referencia es ineludible, dado que desde hace más de veinticinco años, hemos venido investigando con y junto a personas vinculadas a la migración –principalmente a la inmigración en España–. Nuestro escenario de investigación ha sido la escuela en contexto de movilidad migratoria y se ha centrado, en la mayoría de los casos, en comprender cómo dicha institución ha desarrollado procesos de diferenciación con los sujetos que construía/identificaba en su seno como inmigrantes y/o extranjeros.

      3

      Para un desarrollo más extenso e intenso de la noción de cultura recomendamos dedicar tiempo a consultar la obra de Ángel Díaz de Rada (2010) Cultura, antropología y otras tonterías.

Santiago Niño-Becerra Barcelona 1951. Es doctor en Economía y uno de los especialistas en su campo más conocidos de España, gracias a su frecuente participación como comentarista en numerosos medios. Hasta 1991 trabajó en el mundo empresarial, sobre todo en el sector siderúrgico. Luego se consagró a la enseñanza.

Es catedrático de Estructura Económica de la IQS School of  Management (Universidad Ramón Llull) y autor de varios libros centrados siempre en el mundo de la economía, y con ventas que superan los 150.000 ejemplares. 

Su nuevo libro, «El crash. Tercera fase», supone el cierre de lo que ahora constituye una tetralogía.