Derecho penal enemigo Günther Jakobs y el enemigo de Carl Schmitt y del régimen nazi
El 4 de octubre de 1999, en un Congreso de penalistas alemanes, celebrado en Berlín,
Günther Jakobs causó un gran revuelo al hacer mención de la existencia
de un Derecho Penal del enemigo, contrapuesto a un Derecho Penal del ciudadano.
Hizo referencia a que en determinados ámbitos de la criminalidad existe efectivamente un Derecho Penal del enemigo, por ejemplo, en relación con el tráfico
de drogas, la delincuencia organizada, el terrorismo, la delincuencia económica y los delitos sexuales.
Señaló la necesidad de delimitar el Derecho Penal del ciudadano y el Derecho Penal del enemigo.
Derecho penal enemigo Günther.
Con respecto al enemigo le negó el carácter de persona, indicando que quien pretende ser tratado como persona debe dar a cambio una cierta garantía cognitiva
de que se va a comportar como persona, si no existe esa garantía o incluso es negada expresamente, el derecho penal pasa de ser una reacción de la sociedad
ante el hecho de uno de sus miembros a ser una reacción contra el enemigo.
En el Congreso la exposición de Jakobs provocó una fuerte reacción, ya que la mención del enemigo, fue relacionada por algunos con el pensamiento