En agosto de 2019, Apple se unió al Proyecto de Transferencia de Datos (Data Transfer Project), junto con Google, Microsoft, Facebook y Twitter. Este proyecto se centra en la creación de una plataforma de código abierto que permite a las personas la transferencia de sus datos entre proveedores de servicios digitales de forma sencilla y efectiva. La razón que Apple argumentó para su adhesión fue la creencia compartida en que «la portabilidad y la interoperabilidad son centrales en la innovación».
La palabra interoperabilidad se ha convertido en un término muy popular en casi cualquier debate europeo sobre la economía digital. Aunque definir esta palabra no es tarea fácil, hasta cierto punto uno podría decir que interoperabilidad es a la tecnología lo que socializar es a las personas. Los potenciales beneficios del Internet de las Cosas y de la bautizada como Cuarta Revolución Industrial dependen de la existencia de esta «socialización» entre redes, programas de ordenador y datos. Con todo, para alcanzar los mayores beneficios de una revolución digital cimentada en la interoperabilidad, es necesario el diseño e implementación de políticas legislativas entre varias disciplinas y varios sectores. Y esta última es una tarea muy compleja, tanto como el propio concepto de interoperabilidad. A este respecto, el papel que juega el derecho de autor es mayor de lo que pueda parecer a primera vista. El derecho de autor ha sido la forma de protección elegida a nivel internacional para los programas de ordenador. En la Unión Europea, no sólo decidió protegerse a los programas de ordenador a través del derecho de autor como obras literarias, sino que se aprobó una directiva que establece un régimen de derecho de autor especial para este tipo de obras. Además, la Directiva fue pionera en abordar el problema de la interoperabilidad.
El lector encontrará en esta obra una guía para entender el rol del derecho de autor como facilitador u obstaculizador de la interoperabilidad, así como las consecuencias que de uno u otro hecho se pueden derivar para el desarrollo de la denominada Cuarta Revolución Industrial y en particular para el Internet de las Cosas. Para cumplir con este cometido, la obra se adentra en cuestiones informáticas, económicas y jurídicas. Para abordar dichas cuestiones, el marco jurídico de referencia es doble: por un lado el derecho de autor, a través de la Directiva sobre protección de programas de ordenador. Por otro lado, las interacciones que se producen entre el derecho de autor y el derecho de defensa de la competencia en relación con la interoperabilidad.
Prólogo
Abreviaturas y acrónimos
INTRODUCCIÓN
1. LA INTEROPERABILIDAD
2. EL INTERNET DE LAS COSAS (IOT)
3. DERECHO DE AUTOR
4. ESTRUCTURA DE LA OBRA
CAPÍTULO PRIMERO. LA INTEROPERABILIDAD INFORMÁTICA ENFRENTADA AL DERECHO DE AUTOR
1. La interoperabilidad: un concepto multidimensional
1.1. Las dimensiones de la interoperabilidad
1.2. Falsos sinónimos de interoperabilidad
2. Las interfaces informáticas
2.1. El concepto de interfaz desde la perspectiva técnica
2.2. El concepto de interfaz desde la perspectiva jurídica: ¿idea, expresión o método de operación?
2.3. Una reflexión adicional: la protección de las interfaces por derecho de autor frente al derecho fundamental de acceso a la información (interoperable)
3. Ingeniería inversa, descompilación e interoperabilidad
3.1. La ingeniería inversa
3.2. Las técnicas de ingeniería inversa: la descompilación
4. La interoperabilidad como medio para alcanzar el internet de las cosas (IoT)
CAPÍTULO SEGUNDO. LOS COSTES Y BENEFICIOS DE LA INTEROPERABILIDAD INFORMÁTICA EN EL MERCADO
1. La interoperabilidad en el mercado de las TIC
2. La atipicidad del mercado: software, network effects e interoperabilidad
3. Network effects: clases y efectos
3.1. Efectos positivos: mejora de la competitividad y aumento del bienestar del consumidor
3.2. Efectos negativos: estandarización susceptible de frenar la innovación
4. Interoperabilidad y competencia
5. Interoperabilidad vertical y horizontal, competencia e intervención legislativa
5.1. Estándares abiertos
5.2. Ingeniería inversa
5.3. Regulación sectorial con interoperabilidad obligatoria
5.4. Regulación indirecta que fomenta interoperabilidad horizontal
CAPÍTULO TERCERO. INTEROPERABILIDAD Y DERECHO DE AUTOR EN LOS ESTADOS UNIDOS
1. La protección de los programas en la Copyright Act de los Estados Unidos
2. La garantía de la interoperabilidad en la Copy-right Act
2.1. El ámbito de protección del programa
2.2. Fair use e interoperabilidad
3. La Digital Millennium Copyright Act (DMCA) como garante de la interoperabilidad
3.1. La DMCA y su relación con la interoperabilidad
3.2. La Digital Millennium Copyright Act
3.3. El artículo 1201(f) DMCA, ingeniería inversa e interoperabilidad
CAPÍTULO CUARTO. INTEROPERABILIDAD Y DERECHO DE AUTOR EN EUROPA
1. La protección de los programas de ordenador en la Directiva Software
1.1. Los orígenes de la Directiva de 1991
1.2. Principales diferencias entre los regímenes nacionales de derecho de autor con efectos sobre la interoperabilidad
2. La Directiva Software de 1991 y la cuestión de la interoperabilidad
2.1. La excepción de la descompilación
2.2. Examen de la excepción
2.3. La protección de las interfaces en la Directiva Software
2.4. La transposición e interpretación de la descompilación en Estados miembro.
CAPÍTULO QUINTO. LA REFERENCIA AL DERECHO DE LA COMPETENCIA A EFECTOS DE INTEROPERABILIDAD EN LA DIRECTIVA SOFTWARE
1. Derecho de la competencia y derecho de autor como garantes de la interoperabilidad en la Directiva Software
1.1. Artículo 101 TFUE, interoperabilidad e IoT
1.2. Artículo 102 TFUE, interoperabilidad e IoT
2. Referencia al derecho contractual
2.1. El principio de la libertad contractual ante el derecho de autor
2.2. La imperatividad del artículo 8 de la Directiva
CAPÍTULO SEXTO. CRÍTICA Y PROPUESTAS DE REFORMA DEL ARTÍCULO 6 DE LA DIRECTIVA SOFTWARE
1. Crítica al artículo 6 de la Directiva Software
2. Propuestas de reforma
2.1. La excepción general para la ingeniería inversa del Wittem Project
2.2. La excepción de descompilación en dos niveles de Shemtov
2.3. Una propuesta de simplificación del artículo 6
2.4. Otras excepciones a la descompilación: el caso de Chile
3. Reflexiones de cara a una política pública europea pro-interoperabilidad
JURISPRUDENCIA
BIBLIOGRAFÍA