Aun cuando la transversalidad constituye una de las señas de identidad de la Ley Orgánica 3/2007 sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres (LOI), los aspectos laborales en ella regulados ocupan una posición de centralidad, la cual se explica, entre otras, por las dos siguientes razones. De un lado, por la propia centralidad que, para el desarrollo del ser humano, tiene la actividad laboral en su condición de elemento básico de socialización. De otro, por la histórica y persistente discriminación que ha venido padeciendo y aún padece la mujer en el mercado de trabajo.
La primera parte de la obra se centra en examinar la LOI desde los criterios metodológicos que ofrece la técnica legislativa. El ámbito de reflexión es, así pues, la LOI como conjunto ordenado y sistemático de normas, poniéndose de manifiesto cómo su contenido, funciones y técnicas de articulación han quedado fuertemente impregnados por el alto valor político asignado a los objetivos que se pretenden ! cumplir de reordenar, en un escenario social diferente, el papel de la mujer. Aclarado lo anterior, el grueso de la obra analiza el marco jurídico de la negociación colectiva, definiendo los espacios reguladores que la LOI confía a la autonomía colectiva, detectando las funciones y las disfunciones de la ordenación jurídica llevada a cabo, señaladamente en relación con los otros dos grandes cauces reguladores de las condiciones de trabajo (legislación y autonomía privada), e identificando, desde una perspectiva más general, los posibles efectos que esa ordenación puede producir pro futuro en la estructura del sistema español de negociación colectiva.
El autor, Fernando Valdés Dal-Ré (Valladolid, 1945), Inspector de Trabajo en situación de excedencia, es Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UCM y Profesor Asociado de las Universidades de París X (Nanterre) y de Lyon 2 (Lumière). Director de la Revista Relaciones Laborales desde 2006.
Indice:
I. LA LEY ORGÁNICA 3/2007 PARA LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES (LOI)
1. Objetivos perseguidos
2. Instrumentos para su consecución
II. IGUALDAD DE GÉNERO Y LOI: UN ANÁLISIS FORMAL
1. Introducción
2. El contenido
3. La estructura
3.1. Preliminares
3.2. El corpus articulado
3.3. La parte final
III. ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS IMPLICACIONES DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA PROMOCIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD: LUCES Y SOMBRAS DE UNA CONVIVENCIA NO FÁCIL
1. Un breve apunte internacional
2. Las ambiguas orientaciones comunitarias
3. Los inicios del diálogo en España entre negociación colectiva y principio de igualdad
3.1. En el nivel interprofesional: las declaraciones de los acuerdos sobre negociación colectiva a fa-vor de la promoción de la igualdad desde la actividad contractual colectiva
3.2. La doble función de los convenios colectivos: la generadora de discriminaciones y la promotor! a de igualdad
IV. NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y PRINCIPIO DE IGUALDAD POR RAZÓN DE GÉNERO EN LA LOI
1. El papel atribuido a la negociación colectiva: recuperación funcional y deficiencias técnicas
2. Las manifestaciones de activismo negocial
1.1. Las técnicas de articulación: deber de negociar y negociación voluntaria
1.2. Los elementos comunes de estas técnicas: medidas a adoptar y cauces formales de instrumenta-ción
3. El deber de negociar establecido por la LOI, una relevante medida promocional de la negociación colectiva
3.1. El marco jurídico general
3.1.1. Los ámbitos de aplicación de los deberes de negociar materias de igualdad, establecidos en la LOI y en el ET: ¿coincidencia o divergencia?
3.1.2. Los deberes de negociar ex arts. 85 y 89 ET: analogías y diferencias
3.2. La formalización del deber de negociar: la dualidad de cauces
4. El deber de negociar medidas de igualdad
4.1. Ámbito de aplicación
4.2. Deber! de negociar y deber de implantar medidas de igualdad
5. El deber de negociar planes de igualdad: ¿unidad o pluralidad de las fuentes de la obligación de ne-gociar?
6. El deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores
6.1. El supuesto de hecho: problemas espaciales, censales y temporales de delimitación
6.2. El cumplimiento del deber de negociar: modos de articulación y formalización
6.3. Los niveles de negociación de los planes de igualdad
6.3.1. La empresa y el sector como niveles legalmente apropiados
6.3.2. ¿Constituye el grupo de empresa un nivel apropiado de negociación?
6.4. Los instrumentos de negociación de los planes de igualdad
6.4.1. El convenio colectivo de empresa
6.4.2. El convenio de sector, articulado con el convenio o con el acuerdo de empresa
6.4.3. El acuerdo colectivo autónomo de empresa
6.4.4. El acuerdo de empresa, articulado con convenios o acuer! dos de á mbito inferior a la em-presa
6.5 Deber de negociar planes de igualdad y fases de la elaboración de un plan de igualdad
6.6. Deber de negociar planes de igualdad y reglas de concurrencia entre convenios colectivos
7. La regla transitoria de la entrada en vigor del deber de negociar medidas y planes de igualdad
8. Las otras fuentes de elaboración negocial de un plan de igualdad
8.1. Lineamientos generales y comunes
8.2. El alcance del art. 45.3 LOI: el deber de negociar como instrumento típico del deber contractual colectivo de elaborar y aplicar planes de igualdad
8.3. La elaboración pactada de un plan de igualdad por decisión administrativa
9. La negociación voluntaria de los planes de igualdad
BIBLIOGRAFÍA CITADA