La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, impone al empresario el deber de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Esta deuda de seguridad se materializa a través del cumplimiento de una serie de obligaciones como la información y formación relativa a los riesgos, la consulta y participación, la formación en materia preventiva, la paralización de actividades en caso de riesgo grave e inminente, la vigilancia de la salud, la integración de la actividad preventiva en la empresa, la elaboración de un plan de prevención de riesgos, la evaluación de riesgos, la organización de la Prevención, la acción de permanente seguimiento de la actividad preventiva, proporcionar equipos de trabajo y de protección, la coordinación de actividades empresariales o la protección de trabajadores especialmente sensibles, trabajadoras embarazadas, menores y trabajadores temporales.
El incumplimiento de estas obligaciones puede traer aparejadas consecuencias jurídicas en forma de responsabilidad administrativa, civil, penal o de Seguridad Social, con la imposición del recargo de las prestaciones.
Este ensayo desarrolla un estudio técnico, analítico y crítico sobre tales obligaciones y responsabilidades en el ámbito empresarial, su funcionamiento, aplicación, características, fortalezas y debilidades, así como su influencia en las dos partes de la relación laboral: trabajador y empresario.
Prólogo
I. Introducción
II. El marco normativo de la prevención de riesgos laborales
III. El deber empresarial de protección
IV. La integración de la prevención en la empresa. El plan de prevención de riesgos laborales
V. La obligación de proporcionar equipos de trabajo y equipos de protección individual
VI. Las obligaciones de formación e información
VII. Medidas de emergencia y riesgo grave e inminente
VIII. La vigilancia de la salud de los trabajadores
IX. La obligación documental
X. Coordinación de actividades empresariales
XI. La protección de grupos específicos y trabajadores especialmente sensibles
XII. Relaciones de trabajo temporal o de duración determinada y en empresas de trabajo temporal
XIII. La organización de la prevención en la empresa
XIV. La especial situación preventiva de los trabajadores expatriados
XV. Las obligaciones de los trabajadores
XVI. Obligaciones de fabricantes, importadores y suministradores
XVII. Las responsabilidades por incumplimiento de los deberes preventivos
Director:
Enrique Pastor Seller, Profesor Titular de Universidad de Murcia, Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales.
Coordinadores:
Carmen Verde Diego, Profesora Titular Universidad de Vigo. Doctora en Filosofía política y moral.
Ana I. Lima Fernández, Secretaria de Estado de Servicios Sociales hasta octubre 2018. Presidenta de la Federación Europea de Trabajo Social (FITS Europa ó IFSW Europe), Presidenta del Consejo General del Trabajo Social CGTS). Presidenta del Comité Español de Bienestar Social (CEBS), Miembro de la ejecutiva de la Federación Mundial de Trabajo Social (FITS mundial ó IFSW Global). Vicetesorera de la Unión Profesional (UP). Asesora de Servicios Sociales de la Federación de Municipios y Provincias (FEMP ).