La presente obra constituye un completo análisis del modelo español de responsabilidad penal de las personas jurídicas, incorporado a nuestra legislación en 2010 y, modificado sustancialmente en 2015 (además de otras reformas menores en 2012 y 2019). Se estudia el concepto de persona jurídica y la necesidad de determinar su significado por vía extrapenal, identificando a la vez las personas jurídicas inimputables; se profundiza en la naturaleza y fundamento del modelo vigente de responsabilidad, principalmente a través de las denominadas fórmulas de hetero y auto responsabilidad.
Igualmente son objeto de análisis los elementos comunes a los dos hechos de conexión (“por cuenta de las mismas”, “en beneficio directo o indirecto”, “en nombre de la sociedad”, “en ejercicio de actividades sociales”, etc.), profundizando a través de un capítulo independiente en el contenido de las obligaciones de control, a las que se refiere el apartado b) del art. 31 bis 1. Uno de los puntos centrales de la obra es el análisis de las condiciones y requisitos del programa de prevención de delitos o compliance penal corporativo. En la última parte del trabajo se centra la atención en los modelos de responsabilidad penal de las personas jurídicas en Ecuador y México, siguiendo una sistemática de derecho comparado entre las legislaciones de ambos países y la española, en la que están claramente inspirados. Esta obra completa el catálogo de Thomson-Reuters Aranzadi.
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PRÓLOGOS
I LA INTRODUCCIÓN EN LA LEGISLACIÓN PENAL ESPAÑOLA DE UNA FÓRMULA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
II DETERMINACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS PENALMENTE RESPONSABLES
III NATURALEZA Y FUNDAMENTO DEL MODELO VIGENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
IV CRITERIOS DE TRANSFERENCIA O CONEXIÓN: LA DOBLE VÍA DE IMPUTACIÓN [ART. 31 BIS 1. APARTADOS A) Y B)]
V EL CONTENIDO DE LAS OBLIGACIONES DE SUPERVISIÓN, ORGANIZACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL REFERIDAS EN EL ART. 31 BIS 1. B)
VI COMPATIBILIDAD E INDEPENDENCIA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y FÍSICAS (ART. 31 TER)
VII LA RESPONSABILIDAD OMISIVA IMPROPIA DE LOS DIRECTIVOS QUE POSIBILITAN LA EJECUCIÓN DEL DELITO POR LA OMISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE VIGILANCIA Y CONTROL QUE LES VINCULAN, A LOS EFECTOS DEL APARTADO B) DEL ART. 31 BIS 1
VIII FUNDAMENTO, NATURALEZA Y CONTENIDO DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS O COMPLIANCE PENAL CORPORATIVO REGULADO EN LOS APARTADOS 2 Y SS. DEL ART. 31 BIS CP
IX EL MODELO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN ECUADOR. LAS PREVISIONES DE LOS ARTS. 49 Y 50 DEL COIP
X EL MODELO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN MÉXICO. LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES (CNPP), CÓDIGO PENAL FEDERAL Y EN EL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (CPDF). ANÁLISIS COMPARATIVO CON EL MODELO ESPAÑOL
Javier Gustavo Fernández Teruelo, Catedrático de Derecho penal de la Universidad de Oviedo