La protección que el Derecho ha dispensado a la propiedad inmobiliaria, frente a los ataques no violentos a la misma (usurpación impropia u ocupación) ha sido disímil. Bien fijando como pena que los responsables mueran por ello, bien una sanción pecuniaria, o la mera restitución del inmueble a su legítimo poseedor. Al estudio de esta evolución histórico-legislativa desde los pueblos prerromanos hasta el vigente Código Penal español, se dedica el Volumen Primero “Historia y Sociología Criminal. Propiedad, Derecho y Ocupación”, de la monografía “Ocupaciones de Bienes Inmuebles”.
El Volumen Segundo “Historia y Sociología Criminal. Okupas, Ocupas, e Inmobiliarias Ocupas” explica cómo a partir de la década de los 60 del siglo pasado, la acción de ocupar un bien inmueble sin autorización debida deja de ser un fin en sí misma y se convierte en un medio; en una herramienta de lucha, al margen de las vías legales, contra el orden político, económico, social y jurídico establecido, surgiendo lo que se ha denominado “movimiento okupa” (Squatters en Reino Unido, Besetzers en Alemania, y Krakers en Holanda). No obstante la importancia que representa la propiedad como postulado de la naturaleza, del individuo y de la sociedad, la ocupación de bienes inmuebles, lejos de ser un fenómeno aislado y tendente a la eliminación se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años como lo evidencian las Memorias de la Fiscalía General del Estado.
El exhaustivo análisis histórico-legislativo, junto con los diversos planteamientos de política criminal en el entorno europeo, más la distinción entre ilícito administrativo y penal, y las diversas vías de recuperación del inmueble en la vía civil convierten a esta monografía en una obra de referencia en la materia al abordar de manera multidisciplinar (desde la Historia del Derecho, el Derecho Penal, Administrativo, Civil, Derecho Comparado, y la Criminología) esta conducta antisocial. Se hace imprescindible su lectura para conocer la evolución histórico-legislativa de la ocupación, comprender la distinción entre ocupas y okupas, y la necesidad de una diferente respuesta penal.