La obra analiza las normas de conducta impuestas en las normativas pre-MiFID, MiFID y post-MiFID (tanto europeas como nacionales) a los prestadores de servicios de inversión en la comercialización de productos financieros a sus clientes o potenciales clientes. Asimismo, examina críticamente la aplicación de los remedios contractuales efectuada por la jurisprudencia española en los pleitos relacionados con la contratación de productos financieros complejos.
Evolución de la normativa de protección a los inversores y los remedios aplicados a los contratos de inversión. De la ISD, Directiva 2003/71 y MiFID a los nuevos estándares jurisprudenciales, MiFID II, MiFIR, PRIIPs
ISBN: 9788413455280
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Peso | 700 g |
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Fecha de Edición | 30/11/2020 |
Plazo de entrega |
24 h |
Número de Edición |
1 |
Idioma |
Español |
Formato |
Libro + e-Book |
Páginas |
508 |
Lugar de edición |
PAMPLONA |
Encuadernación |
Rústica |
Colección |
ARANZADI DERECHO MERCANTIL |
Nº de colección |
1239 |
Editorial |
ARANZADI THOMSON REUTERS |
EAN |
978-84-1345-528-0 |
ABREVIATURAS
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I. EMPODERAMIENTO DEL CONSUMIDOR COMO INVERSOR
I. Contexto de esta obra: La responsabilización del consumidor de la era pre-crisis y el modelo regulatorio del inversor minorista
II. El objetivo de este trabajo: obligaciones informativas de las entidades autorizadas a prestar servicios y actividades de inversión y remedios contractuales
III. Pinceladas respecto a algunas medidas de protección al inversor minorista que escapan al objeto de este trabajo
CAPÍTULO II. EVOLUCIÓN Y FRACASO DEL MODELO DE INFORMACIÓN GENERAL
I. Introducción
II. Normativa pre-MiFID
III. Normativa MiFID
IV. Normativa post-MiFID
CAPÍTULO III. INFORMACIÓN INCORPORADA A UN DOCUMENTO
I. Introducción
II. La Directiva 2003/71/CE y el Reglamento 809/2004
III. Modificación de la normativa del folleto por la Directiva 2010/73/UE y el Reglamento 486/2012
IV. El Reglamento 2017/1129, de 14 de junio de 2017, por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE
V. Conclusiones: evolución e irrelevancia de la información incorporada a un documento
CAPÍTULO IV. LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EN LA JURISPRUDENCIA
I. Introducción
II. Primera postura respecto al error en el consentimiento: El carácter aleatorio del contrato excluye presuposiciones razonablemente seguras
III. Segunda postura respecto al error en el consentimiento: el cumplimiento de los deberes informativos es imprescindible para la válida formación del consentimiento
IV. Límites: carácter experto del inversor minorista y suficiencia informativa
V. Inexistencia de confirmación del contrato
VI. Caducidad y «dies a quo» de la acción de anulabilidad por error vicio
VII. Acciones alternativas al error en el consentimiento
VIII. El error vicio por incumplimiento de las obligaciones de información
IX. Acciones alternativas al error en el consentimiento
CAPÍTULO V. REFLEXIONES SOBRE LA JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE OBLIGACIONES DE LA INFORMACIÓN
I. Introducción
II. Categorización normativa y jurisprudencial de clientes
III. Alternativas frente a la ausencia de mecanismos de «enforcement» de la normativa MiFID
IV. Breve referencia a la doctrina tradicional del error
V. Breve referencia a la indemnización por los daños producidos por responsabilidad contractual
VI. Obligaciones de información normativas y obligaciones de información jurisprudenciales
VII. Las mutaciones de la doctrina del error en los litigios sobre productos financieros
VIII. Obligaciones de información normativas y obligaciones de información jurisprudenciales
IX. El error en el consentimiento
X. Responsabilidad contractual por incumplimiento de los deberes informativos
XI. Resolución contractual por incumplimiento de las obligaciones de información
XII. Conclusiones: de la jurisprudencia creativa y formalista a la inseguridad jurídica
CAPÍTULO VI. LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN INVERSA. LOS TEST COMO INSTRUMENTO DE INFORMACIÓN SOBRE EL CLIENTE PARA LAS ESIS
I. Introducción
II. Las obligaciones de información inversa en la normativa pre-MiFID
III. Las obligaciones de información inversa en la normativa MiFID
IV. Novedades introducidas por la normativa post-MiFID en las obligaciones de información inversa
V. Conclusiones
CAPÍTULO VII. LA INTERPRETACIÓN DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN INVERSA EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO
I. Introducción
II. El servicio de asesoramiento como «obligación» de las ESIs y su equiparación con la iniciativa en la contratación
III. Obligación de realizar los test de conveniencia e idoneidad y su naturaleza
IV. ¿A quién debe realizarse el test correspondiente?
V. ¿Cuántos test se deben realizar al cliente?
VI. Consecuencias contractuales de la falta de realización de los test
CAPÍTULO VIII. REFLEXIONES SOBRE LA JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE ASESORAMIENTO Y OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN INVERSA
I. Interpretación del servicio de asesoramiento en materia de inversión
II. La errónea caracterización de los test en la jurisprudencia
III. La ficticia conexión entre los test y el error en el consentimiento
IV. Responsabilidad de la ESI por las pérdidas de sus clientes en caso de incumplimiento de su obligación de realizar el test de idoneidad o de abstenerse de recomendar
V. Responsabilidad de la ESI por recomendar un producto que no se ajustaba a las circunstancias personales del inversor recogidas en el test de idoneidad
VI. Conclusiones: del formalismo jurídico a la justicia del cadí
CAPÍTULO IX. CONCLUSIONES
I. La normativa MiFID no proveía una protección eficaz al inversor minorista
II. La normativa post-MiFID refuerza la protección del inversor minorista, pero no comporta una protección eficaz plena
III. La labor legislativa del juzgador está justificada exclusivamente cuando se dirija a culminar lagunas axiológicas
IV. Es necesario establecer subclasificaciones de inversores minoristas
V. Los documentos de información esencial, advertencias e indicadores de riesgos son una condición necesaria pero no suficiente de la protección del inversor minorista
VI. Una propuesta: participacipación del inversor-consumidor en los mercados financieros a través de un servicio de asesoramiento independiente o de gestión de carteras
BIBLIOGRAFÍA
Alicia Agüero Ortiz, Profesora Ayudante Doctora de Derecho Civil, Universidad Autónoma de Madrid