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Derecho administrativo básico. Parte general. Vol. I 2019 Parte General

ISBN: 9788491979845

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Hay existencias

Peso 836 g
Fecha de Edición 27/08/2019
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

13

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

584

Lugar de edición

PAMPLONA

Encuadernación

Rústica

Colección

TRATADOS Y MANUALES CIVITAS

Editorial

CIVITAS THOMSON REUTERS, EDITORIAL

EAN

978-84-9197-984-5

ENTREGA EN 24 HORAS

La edición de este Manual (Vol. I) mantiene el estilo directo y sencillo de las ediciones precedentes. Pero, respetando los contenidos básicos para el estudio y comprensión del Ordenamiento jurídico de las Administraciones públicas, se presenta en dos volúmenes. En el primero, se exponen y analizan temas imprescindibles (fuentes, organización, empleo público, actos y procedimientos administrativos y garantías jurídicas) para la comprensión del Derecho administrativo. En el segundo volumen, se completará el examen temático con la exposición de otras partes no menos necesarias (modos de acción y potestades de la Administración, contratación y bienes públicos) en la formación del administrativista.

En esta duodécima edición, se han incorporado, obviamente, las modificaciones normativas más recientes en el Ordenamiento jurídico (especialmente, las leyes de procedimiento administrativo y del sector público), aunque no hayan supuesto demasiados cambios sustantivos. También se han actualizado las referencias bibliográficas y jurisprudenciales más destacadas.

No es, en cualquier caso, una mera actualización de la edición anterior. Ha sido revisado en profundidad su contenido, con un nuevo estilo expositivo acompañado de explicaciones útiles en el aprendizaje del Derecho administrativo. También se ha prescindido en esta ocasión de las citas de preceptos normativos, excepción hecha de artículos de la Constitución (y algunas leyes orgánicas), pero no de las ineludibles referencias jurisprudenciales, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la UE, que ayudan a interpretar y razonar sobre las instituciones jurídicas y los conceptos.

Su elaboración es fruto de la experiencia del autor en la docencia impartida a lo largo de muchos años en el área del Derecho administrativo de la Universidad de Zaragoza. Por ello, el Manual responde a las indicaciones de las nuevas guías docentes y programas de los planes de estudio que exige el sistema de convergencia europea y pretende servir de soporte a los estudiantes de «Grado» en las Facultades de Derecho y demás centros de enseñanza de la Administración, Gestión Pública y similares.

La finalidad y estructura de la obra, a la espera del volumen II que la completará, resultan también perfectamente útiles para quienes aspiran al acceso al empleo público en cualesquiera Administraciones y demás Organismos públicos. 

Prólogo a la Decimotercera Edición.

El Derecho Administrativo Básico (Vol. I. Parte General) alcanza su 13.ª edición, con varios cambios de gran interés, a partir de su estructura permanente. Como punto de arranque, debo decir que se mantiene la profunda convicción en la pedagogía que lo inspira, por encima de la erudición expositiva, y pretende, por un lado, responder a la demanda de estudiantes de Facultades de Derecho y demás Centros universitarios con titulación de Grado en Gestión y Administración Pública, Administración y Dirección de Empresas, Trabajo Social y otras titulaciones para las que sean necesarios conocimientos de Derecho administrativo porque así lo exigen sus planes de estudio. Además, el Manual se presenta como idóneo para la preparación de esta disciplina jurídica en las titulaciones de Master en Abogacía, Master en Derecho de la Administración Pública, Master en Gestión administrativa y otros similares. Pero, debe incluirse también la preparación para el ingreso en el empleo público, pues se adapta perfectamente a los temarios de oposiciones para distintos Grupos y Subgrupos del sistema de acceso a la condición de empleado público.

En lo que se refiere al aprendizaje universitario, esta edición, junto a la del Vol. II. Parte Especial que la completa, ofrece un panorama sistemático con contenidos revisados, actualizados y adaptados a los vigentes Planes de estudio, Guías docentes, etc., derivados de la convergencia europea que se plasmó en el “Plan Bolonia”. Un plan, por cierto, que ha provocado un gran reajuste de la metodología docente, es decir, que ha afectado profundamente a las técnicas de enseñanza del Derecho, reduciendo irresponsablemente los periodos mínimos e indispensables de formación del alumnado. Y digo bien, reducción irresponsable, pues, por más que se confíe en el compromiso de los estudiantes a la hora de preparar los programas, la conversión de cursos completos en semestres –de cuatro meses útiles, como mucho– no parece un plazo suficiente para adquirir los conocimientos imprescindibles de las disciplinas jurídicas, desde luego del, Derecho administrativo en el momento actual. Tengo la impresión, compartida por muchos colegas, de que, a medida que crece irrefrenablemente el conjunto normativo que condiciona la actividad de las Administraciones Públicas –y del incremento de estas mismas–, disminuyen los periodos, y, por tanto, las oportunidades, de formación para el estudio de aquél y de éstas.

Tal vez por esa razón, en lo que a la preparación del acceso al empleo público respecta, los contenidos del Manual pueden compensar las limitaciones temporales establecidas para la adquisición de los títulos universitarios. En ambos casos, y pese a las reconocibles dificultades, creo que este libro, reelaborado a partir de la experiencia docente de quien suscribe, constituye –o, al menos, lo pretende– una útil y sencilla herramienta de conocimiento y manejo del Derecho administrativo.

Desde el punto de vista de la narración expositiva, debo añadir que, atendiendo a los inevitables vaivenes de la legislación, por otra parte normales en una sociedad democrática que ha de hacerse eco de las palpitaciones sociales, he optado por diferenciar el texto en dos versiones, con sendos tipos de letra. Por una parte, el texto principal va en letra de mayor tamaño, donde se exponen y analizan las instituciones, técnicas y conceptos básicos del Derecho de las Administraciones Públicas, omitiendo las citas de preceptos legales, con excepción de preceptos de la Constitución (y, ocasionalmente, de leyes orgánicas que la desarrollan) y de los Tratados de la Unión Europea. No parece necesario justificar estas referencias en el texto principal, porque, a diferencia de las leyes o reglamentos ordinarios, la norma suprema del Ordenamiento jurídico y nuestro compromiso internacional más relevante, se consideran poco proclives a las modificaciones. Lo que no significa, por supuesto, que constituyan «Derecho petrificado» y menos en esta época.

También, desde luego, se realizan en el texto principal constantes alusiones a la jurisprudencia, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, pero sólo en la medida recomendable. Lo primero, porque, sin ser el único, el Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. Lo segundo, porque, junto al anterior, el Tribunal Supremo es exégeta del Derecho en su conjunto, contribuyendo con su labor incesante a certificar los pilares básicos del mismo.

Por otra parte, después de las exposiciones principales de cada tema, se suministran, separadamente, en el texto con letra de menor tamaño, no sólo explicaciones complementarias, sino también los preceptos de las leyes de las que se derivan aquellas instituciones, técnicas y conceptos. El objetivo es evidente: se trata de fijar la atención en la «dogmática de mínimos» en el texto principal, pero sin obviar, como apoyo, en letra de menor tamaño, otras explicaciones adicionales y, sobre todo, la cita concreta de los textos legales y decisiones jurisprudenciales que los interpretan y aclaran.

Para ello, sin duda, hay otra fórmula que resultará muy útil, como se podrá comprobar, centrada en la absoluta correspondencia entre los conceptos destacados en negrita en el texto principal y en los textos de las notas complementarias o adicionales expuestas en letra de menor tamaño. Estoy convencido de que este método valdrá, por un lado, para suministrar al alumnado datos indispensables que subsanen la reducida etapa de su formación jurídica. Pero también servirá, con el apoyo normativo y jurisprudencial, para la ampliación de conocimientos de quienes asuman mayores compromisos formativos. Desde luego, tanto en uno como otro caso, será una eficaz herramienta para la adecuada preparación de los aspirantes al empleo público.

Para ello, se sigue una sistemática tradicional en la presentación de los temas. La introducción del análisis del Estado complejo, la Administración Pública y el ciudadano, los cauces de producción del Ordenamiento jurídico-administrativo, la organización de las Administraciones, los empleados públicos, los actos y el procedimiento administrativo, finalizando con las garantías jurídicas, en vía administrativa y jurisdiccional, y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Obviamente, es absolutamente necesario incluir algunas nociones de Derecho comunitario (de la Unión Europea), porque también forma parte del consolidado «Ordenamiento jurídico plural». Es, en suma, un panorama bastante completo de los modos de comportamiento general de la Administración en el Estado contemporáneo.

Por otra parte, la intención del autor en esta nueva edición no se aleja de la consignada en el Prólogo originario. Conviene desterrar el hábito de esos turbios «apuntes» (mal llamados «apuntes de clase») que, si bien son plausibles cuando son de autoría propia, se convierten en peligrosos instrumentos de información errónea, por anónima e irresponsable. En el prólogo a la primera edición de este Manual, que figura a continuación y a cuyo texto me remito, me preocupé de advertir que «si los estudiantes, en general poco acostumbrados a la consulta directa de los Tratados, Manuales o monografías en general, se limitan a verter personalmente en folios –esa permanente «unidad de medida» en el ámbito universitario–, los discursos del profesor o, lo que es peor, a leer los apuntes elaborados por otros, no es fácil llevar a buen término la tarea docente y alcanzar los objetivos del estudio y análisis de las instituciones y técnicas jurídicas».Suscribo ahora lo que dije, aunque no gustase a muchos.

En definitiva, aunque la producción normativa actual adolezca de serias disfunciones, deficiencias y contradicciones que hacen temblar los cimientos del principio de seguridad jurídica, hoy en franca regresión, el Derecho administrativo continúa caracterizándose por su clara orientación –así lo expuso con gran lucidez el admirado maestro Prosper WEIL–, hacia «la realización cotidiana de un auténtico milagro: hacer compatible el poder con la libertad, el interés público con el interés privado y asegurar la convergencia de tan dispares exigencias en un cierto punto de equilibrio».

Finalmente, reitero que, con la publicación del Manual, nunca se ha pretendido –ni creo sea posible o conveniente– suplantar la función del profesorado. La tarea docente sigue siendo difícilmente sustituible. Pero, con los reducidos ciclos actuales, cualquier ayuda externa, en forma de libro, herramienta informática, audiovisual, etc., debe ser acogida positivamente. Ello parece indispensable para quienes aspiran al empleo público. Y, por cierto, si este Manual, como todos los de su especie, está concebido y elaborado asumiendo el riesgo de su más o menos rápida obsolescencia, tampoco es verdad que «tres palabras rectificadoras del legislador» lo desplacen de las bibliotecas y «lo conviertan en basura», como en desafortunada expresión señaló el gran jurista, pero aquí iconoclasta, Von KIRCHMANN. No se olvide que en la constante flexibilidad del Derecho positivo y en su certera interpretación también se puede descubrir la grandeza y, a la vez, la servidumbre del oficio de los juristas.

José Bermejo Vera

Catedrático (Emérito) de Derecho Administrativo.

Facultad de Derecho.

Universidad de Zaragoza.

Septiembre de 2019.