Personas en situación de discapacidad como sujetos del derecho civil y familiar
Las lecciones que nos deja este prolífico trabajo académico es que todo sujeto de derecho, sin excepción, en situación de discapacidad o no, tiene capacidad jurídica para gozar y ejercer sus derechos.
Asimismo, las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica, independiente de si usan o requieren ajustes razonables o apoyos para manifestar su voluntad. La persona con discapacidad contará con un entorno adecuado para el ejercicio de su capacidad y derechos, con base en el criterio de igualdad e inclusión desarrollado por la ciencia bioética, que consagra el valor de las personas en aplicación de los principios bioéticos de la no maleficencia, beneficencia, justicia y autonomía.
En ciertos casos, el sujeto merece asistencias para su desarrollo e interacción; estas asistencias desempeñan un rol básico para la inclusión de la persona con discapacidad, con el fin de que exprese la voluntad y realice actos jurídicos. Pero debemos tener presente que la materia de la capacidad no es un tema de exclusividad jurídica. No solo es de interés del Derecho, debe ser analizado con un criterio multidisciplinario con la invalorable ayuda de médicos, psicólogos, asistentes sociales, lingüistas y sociólogos, en fin de todos aquellos profesionales que hagan de la persona con discapacidad un sujeto pleno que logre su proyecto de vida”.
Prólogo
Enrique VARSI ROSPIGLIOSI