Singular refundición del derecho de la insolvencia. El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal
En un dilatado contexto de aguda crisis social y económica se promulga el Texto refundido de la Ley concursal de 5 de mayo de 2020. Su idea fuerza es el acrecentamiento de la seguridad jurídica en el Derecho de la insolvencia. Con este objetivo el Real Decreto Legislativo 1/2020 supera, con patente evidencia, la técnica legislativa de la precedente legislación preconcursal y concursal (2003-2015), maltrecha por sucesivas reformas y contrarreformas urgentes y, en buena medida, avejentada en sus principios de política legislativa. La ejecución de la encomienda al Ejecutivo para regularizar, aclarar y armonizar estas disposiciones legales está presidida por una nueva sistemática, y por la (profusa) incorporación de interpretaciones e integraciones normativas apoyadas en la doctrina científica y judicial. El producto final de este método de refundición ha sido la creación de Derecho por acción (lo que se interpreta e innova y, por tanto, se establece) y por omisión (lo que se suprime y desaparece).
Con ello, asistimos a un resultado paradójico: el Texto refundido introduce un amplio novum normativo que genera incertezas, litigios venideros, y dudas de interpretación e integración, en suma, inseguridad jurídica.
En este escenario abordamos un estudio diacrónico de nuestro Derecho de la insolvencia, propuestas de iure condendo incluidas; y un análisis contextualizado de la ejecución de la delegación legislativa que da vida jurídica al Real Decreto Legislativo 1/2020.