Principio de Accesoriedad y la Patrimonialización del Rango
Es innegable que el principio de accesoriedad es nota caracterizadora de los derechos de garantía tanto personales como reales. La doctrina española ha utilizado como referente conceptual a la hora de estudiar el tema de la accesoriedad las figuras de la deuda inmobiliaria y la hipoteca de propietario del Derecho alemán como prototipos de garantías en las que la relación real se independiza de la obligación que viene a garantizar. Los estudios de la doctrina española tienden al establecimiento de paralelismos de ambas con respecto a ciertas figuras de derecho español, no en lo que a su naturaleza se refiere sino en cuanto a sus efectos, como si las diferencias entre ambos sistemas no fueran insalvables. La reciente entrada en vigor de la Ley 41/2007, de reforma del mercado hipotecario ha reabierto el debate sobre dichas relaciones. Tradicionalmente se han señalados obstáculos dogmáticos, regístrales y sustantivos en orden a la admisión no sólo de una figura similar a la hipoteca de propietario o la deuda territorial sino de efectos propios de aquellas. En la obra se analizan dichas relaciones crédito e hipoteca en los momentos de su constitución, vigencia y extinción con el fin de determinar si realmente no se producen en nuestro ordenamiento dichos efectos.