1ª Edición, febrero 2007
Editorial Atelier
SINOPSIS
Contiene este libro un estudio de derecho comparado y una propuesta de normativa para la eficacia internacional de las uniones de pareja, pensada tanto para el derecho internacional privado español como para un instrumento común europeo o internacional.
Distingue entre las uniones de pareja que constituyen actos públicos y las basadas en hechos (convivencia) o actos jurídicos (contratos entre partes). La noción funcional de -acto público- es deliberada: permite cierta equivalencia para las uniones inscritas en las que interviene un tercero (sociedad o autoridad) sin atender a la orientación sexual o a la naturaleza del vínculo conyugal (matrimonio, nuevo estado civil, o de nuevo estatus o cualidad de pareja, como sería el caso de un PaCS).
El lector encontrará, para tales uniones, normas de competencia internacional de autoridades (la ley aplicable es un corolario) y condiciones de reconocimiento (si son formadas o importadas del extranjero), siguiendo su alcance el modelo de la -extensión del los efectos-.
Si bien no todos los efectos están comprendidos en el acto (v. gr., el vínculo jurídico que permite tener la cualidad de heredero se regirá por el acto reconocido -y la lex auctoris- mientras que el monto de los derechos sucesorios por la ley que los regule). Respecto a las uniones fácticas, ha de indagarse el derecho que les confiere fuerza jurídica en el momento de solicitarse los efectos (generalmente tras la ruptura de la pareja). A tal ordenamiento se llega a través de la -residencia habitual común-, que es una conexión vinculada al hecho de la convivencia y a los beneficios sociales.