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Derecho Civil I: Parte General, Derechos Reales, Obligaciones y Contratos (Reglas Básicas) Temas 1 a 46

ISBN: 9788494826429

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Hay existencias

Peso 90 g
Fecha de Edición 25/10/2018
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

602

Lugar de edición

JAÉN

Encuadernación

Rústica

Colección

OPOSICIONES

Editorial

SIGLO XXII LEGAL, EDITORIAL

EAN

978-84-948264-2-9

Derecho Civil I

Parte General, Derechos Reales, Obligaciones y Contratos (Reglas Básicas) Temas 1 a 46

Este libro incluye los temas 1 a 46 de la oposición de ingreso en las carreras Judicial Fiscal de Derecho Civil. Son temas ajustados a los 12 minutos exigidos, atendiendo al Programa de Oposiciones contenido en el Acuerdo de 6 de julio de 2018.

El libro  hace referencia a la legislación sustantiva requerida, así como las notas doctrinales y jurisprudenciales necesarias para preparar y superar con éxito la Oposición.

En sentido actual se define el derecho como la “ordenación moral, imperativa de la vida social humana, orientada a la realización de la justicia”. Siguiendo a O’CALLAGHAN, distinguimos el derecho en sentido objetivo y subjetivo.

  • En sentido objetivo o “norma a pendí” se entiende como un conjunto de normas jurídicas gue integran el ordenamiento jurídico.

  • En sentido subjetivo o “facultas agendí’ se entiende como el poder concedido por dicho ordenamiento a la persona para la autosatisfacción de intereses dignos de protección.

  • Afirma ALBALADEJO que el derecho civil es el “derecho privado general que regula las relaciones más comunes de la convivencia humana, erigiéndose la persona, en cuanto sujeto de derechos, como valor fundamental del derecho civil”.

La norma jurídica no tiene una definición unitaria, así definen la norma:

  • FEDERICO DE CASTRO como mandato jurídico con eficacia social organizadora.

       .  ALBALADEJO como precepto general cuyo fin es ordenar la convivencia de la comunidad y cuya observancia puede ser impuesta coactivamente

En este mismo sentido se entiende por derecho positivo como el conjunto de normas jurídicas que rigen de forma imperativa en unas determinadas coordenadas espacio-temporales. Estructura Dos son sus elementos:

  1. El supuesto de hecho: es la realidad táctica contemplada por la norma. Puede ser un hecho natural o de un acto o negocio jurídico con base en la voluntad consciente y libre del individuo.
  2. La consecuencia jurídica: es el efecto o respuesta jurídica del supuesto de hecho. Tiene una doble manifestación: la creación de un deber jurídico general (deber general de obediencia y colaboración), y el llamado por FEDERICO DE CASTRO efecto constitutivo de las normas, esto es, el reconocimiento de las

 

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