Sujeción de la administración al derecho público y al derecho privado. Un diálogo entre Europa y América
La Administración se somete al Derecho Público y, en medida nada despreciable, al Derecho Privado. En ese sentido, el Derecho de la Administración es público y privado. Así, cuando se prescribe el pleno sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho –como hace por ejemplo el art. 103.1 de la Constitución española de 1978– se postula su sujeción, obvio es decirlo, a ambas ramas.
Sujeción de la administración El objeto de la presente obra colectiva reside en la vinculación de la Administración al Derecho Público y, en particular, al Derecho Privado: su fundamento, alcance y límites, así como sus recíprocas interacciones. Interesa en primer lugar, desde una visión integral, la perspectiva que ofrece el Derecho positivo, que nos desvelará en qué casos y condiciones la Administración se somete a una u otra rama del Derecho. Y, en segundo término, la mirada comparada entre los ordenamientos participantes.
La dualidad “Derecho Público-Derecho Privado” en el ámbito de la Administración plantea numerosas cuestiones, en realidad profundamente imbricadas. Todas ellas interesan al administrativista y de alguna manera han sido tenidas en cuenta en la presente obra colectiva, en la que participan destacados autores.
Autores: Javier Barnes, Juan Carlos Cassagne, Carlos J. Laplacette, Guillermo Sánchez Luque, Eberhard Schmidt-Aßmann, Alejandro Vergara Blanco y William Zambrano Cetina