Análisis a Nivel Internacional del Derecho de Participación de Niños, Niñas y Adolescentes en los Procedimientos de Familia
La Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 tuvo el mérito de introducir el principio de que los derechos de los niños, niñas y jóvenes merecen gozar de una doble consideración. En primer lugar como titulares de derechos que les son reconocidos a todo ser humano y les corresponden por el mero hecho de serlo y, en segundo lugar, los niños, niñas y jóvenes son acreedores de una especial consideración, cuya justificación se deriva de su especial vulnerabilidad y de su natural dependencia de otras personas.