La concurrencia de pluralidad de responsables en la causación del daño extracontractual requiere un doble enfoque. Por un lado, hay que delimitar la relación de la causalidad entre la actuación de cada agente y el daño, al igual que ocurre en la causación de daño por un solo sujeto. A continuación, hay que determinar la regla de distribución del daño que se va a aplicar, esto es, si la víctima va a poder dirigirse contra cualquiera de los responsables para cobrar la totalidad de la deuda, si tiene necesariamente que demandar a todos ellos, o si debe reclamar a cada uno su parte.
Para analizar la primera de las cuestiones, es necesario partir de unas premisas previas en relación a la concurrencia de los elementos que desencadenan la responsabilidad civil, pues la concepción tradicional al respecto, especialmente en lo atinente a la apreciación de nexo causal, está siendo objeto de revisión por la doctrina en la actualidad, como consecuencia de la irrupción de la llamada «causalidad probabilística», así como de la aparición de una corriente crítica respecto a la utilidad de los criterios de imputación objetiva, y sus diferencias y similitudes con el juicio de culpabilidad.
A continuación, se exponen en esta obra las distintas posiciones jurisprudenciales y doctrinales respecto a la regla de la distribución de responsabilidad, optando la autora por la categoría de la obligación «in solidum» como modo de solventar los problemas sustantivos y procesales que se plantean en caso de pluralidad de responsables, pues dicha categoría permite construir un régimen de solidaridad o cuasi-solidaridad, adaptado a las particularidades del ilícito extracontractual plural.
Por último, en los capítulos IV y V, el lector encontrará la aplicación de la solución propuesta, a los distintos supuestos que pueden presentarse, ya se trate de responsabilidad por hecho propio o por hecho ajeno.