LUIS ENRIQUE NORES TORRES
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y Seguridad Social
Universitatde Vàlencia
SINOPSIS
Una de las características más notables del actual sistema productivo es, sin duda alguna, et constante recurso que se hace a la descentralización productiva, en general, y a las contratas y subcontratas, de manera particular.
El objeto de esta monografía se dirige a determinar si la adopción de este tipo de decisiones y otras conexas, como las de cambio de contratista o reasunción de la contrata, pueden considerarse como una transmisión de empresa sometida al régimen jurídico previsto en el art. 44 ET o, cuanto menos, suponer la aplicación del mecanismo subrogatorio entre el anterior titular de la explotación y el nuevo. A partir, de ahí, partiendo de una respuesta afirmativa a la primera cuestión, este trabajo aborda los problemas específicos que plantea la aplicación de la técnica subrogatoria a estos supuestos en el plano de los efectos.