Jurisprudencia Procesal Civil Comentada de las Audiencias Provinciales Vascas. Año 2002 Vol.II Estudio Procesal Civil de los Autos y Sentencias
A veces -y con alguna razón- suele parangonarse la actividad del procesalista con el metier de un dogmático. Se dice que, a menudo, el procesalista se comporta como un dogmático fundamentalmente cuando mantiene sus opiniones como verdades inconcusas.
Y en esa misma línea de sintonía con el dogmático, se añade que la ocupación del procesalista ha de ser inflexible donde las hayas, apegada a antañonas concepciones doctrinales -como p. ej. que la “Jurisdicción” o, lo “Jurisdiccional” unido al Derecho (lo que se ha: dado en llamar “Derecho Jurisdiccional”) ¡qué más da! posee tantos o más atributos procesales que cualquier otro concepto al uso-.
Ningún objetivo común animaría, por tanto, a procesalistas y dogmáticos pues los primeros -entiendo yo- asumirían la búsqueda del convencimiento en el único lugar que – considero- puede hallarse la denominada “verdad” procesal: en la norma constitucional y, en concreto, en el artículo 24 de la Constitución y en la plenitud de garantías que su aplicación ha de conllevar.
ÍNDICE
¿POR QUÉ LOS JUECES “FALLAN”?
RELACIÓN DE PONENTES RESPECTO DE LAS SENTENCIAS Y AUTOS OBJETO DE LAS PONENCIAS
RELACIÓN DE PONENTES RESPECTO DE LAS MATERIAS Y PRECEPTOS DE LA LEC 1/2000 OBJETO DE LAS PONENCIAS.
ABREVIATURAS.
ESTUDIO PROCESAL CIVIL DE LOS AUTOS Y SENTENCIAS DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES VASCAS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000
AUTOR: ANTONIO MARÍA LORCA NAVARRETE
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