El libro Estética y Paisaje Urbano. La intervención administrativa en la estética de la ciudad, de la Profesora Fernández Rodriguez, es una novedosa incursión en el Derecho administrativo que rodea la estética urbana de nuestras ciudades. El papel de la intervención de las Administraciones Públicas sobre la ciudad no sólo es definitivo porque determine su organización, infraestructura o usos urbanísticos, sino también porque cada vez es más intenso en la definición de su belleza, de lo que cada ciudad quiere para sí en un plano puramente estético aunque con repercusiones múltiples que la superan: económicas, turísticas, patrimoniales, medioambientales o artísticas.
¿Pero quién define la belleza de la ciudad y el papel qe cada Administración ha de tener sobre ella? Urbanistas, arquitectos y paisajistas tienen mucho que decir al respecto, pero está claro que en Europa se vislumbra un nuevo pensamiento paisajístico, que curiosamente tiene su origen donde históricamente comenzó a representarse el paisaje como objeto principal de la obra de arte. Italia, durante el Renacimiento y también en nuestros días, constituye la cuna de ese pensamiento que se va concentrando pasados los años hasta caracterizar al diglo XXI.
La identidad de cada ciudad debe constituir un elemento reglado en cualquier acción administrativa que repercuta, directa o indirectamente, en su belleza. De otro lado, el nuevo ciudadano va demandando -cuando no exigiendo- participar en la estética que cotidianamente contempla en su ciudad, que se halla vinculada a su experiencia, a su formación, pero, sobre todo, a su calidad de vida.
Calificar la belleza y la estética urbana no es tarea fácil, pero la realidad de la intervención administrativa se impone, por lo que desde el Derecho se hace preciso establecer límites a la acción administrativa, tantas veces arbitraria, sobre todo porque existen elementos que así lo permiten, impidiendo que lo que veamos sea el mero resultado de la magalomanía del titular del órgano administrativo o incluso de la simple ausencia de criterio estético.
La formación ciudadana en este terreno resulta por ello de enorme trascendencia. Y es que la acción administrativa sobre la estética de la ciudad y su paisaje es expansiva, teniendo en cuenta que ese paisaje no es sólo el territorio que se contempla. Las personas, sus comportamientos, civilizados o incivilizados, afectan de una forma definitiva al paisaje de nuestras ciudades.
Es aquí donde ética y estética se dan la mano, poniendo de manifiesto que la intervención administrativa viene a suplir con las actuales Ordenanzas de Convivencia de muchos de nuestros Municipios, a las antiguas Normas de Urbanidad, que, sin sanción jurídica alguna, antaño dejaban la educación ciudadana en el terreno más íntimo y personal, en el que la conciencia y la formación hacían las veces que ahora pretende hacer el Derecho, con tantas dificultades.