Ley reguladora Jurisdicción Contencioso-administrativa
La presente edición incluye la Ley 29/1998, de 13 de julio, con todas las modificaciones introducidas
hasta la actualidad.
El contenido está acompañado de un prólogo explicativo del alcance de esa importante Ley, además de un índice analítico de materias que facilita la consulta
del articulado.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa de España es el orden jurisdiccional, integrado en el Poder Judicial, al que la Constitución
encomienda el control jurisdiccional de la potestad de dictar actos por parte de la Administración Pública, y de la potestad reglamentaria del Gobierno.1
Esta jurisdicción fue creada por las Leyes de 2 de abril y 6 de julio de 1845. Su regulación legal reside mayoritariamente en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, también recibe regulación legal en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; así como en la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
No cabe confundir esta jurisdicción con la propiamente administrativa, que nada tiene que ver con el poder jurisdiccional, y que constituye
el conjunto de órganos administrativos que, en especial en materia económica, tiene establecida la legislación para que las partes planteen
los recursos administrativos, como, por ejemplo, ante los Tribunales Económico-Administrativos.
Ley reguladora Jurisdicción Contencioso-administrativa
Índice
Prólogo.
Ley 29/1998, de 13 de julio
Exposición de Motivos.
Título I: Del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
II: Las partes.
III: Objeto del recurso contencioso-administrativo.
IV: Procedimiento contencioso-administrativo.
V: Procedimientos especiales.
VI: Disposiciones comunes a los Títulos IV y V.
Disposiciones adicionales.
Transitorias.
Derogatorias.
Finales.
Índice analítico.