El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social han sido construidos bajo el modelo del trabajo a tiempo completo habitualmente asumido por un trabajador varón cabeza de familia con amplias disponibilidades de tiempo. Por ello, la realidad del trabajo a tiempo parcial, mayoritariamente utilizado por mujeres con escasas disponibilidades de tiempo, tropieza con ese modelo. Aparecen así situaciones de desigualdad perjudiciales para quienes trabajan a tiempo parcial, y que, dada la feminización del colectivo, pueden constituir discriminaciones por razón de sexo.
Las últimas reformas legales en la regulación laboral y de protección social del trabajo a tiempo parcial han buscado eliminar algunas de esas situaciones, aunque no siempre lo han hecho de manera totalmente satisfactoria, y además se mantienen otras. El estudio analiza en detalle cuál es la situación tras esas reformas legales.