Acoso moral laboral y acoso sexual
Si el objetivo es proteger los bienes jurídicos inherentes a los delitos de acoso moral laboral y acoso sexual debe priorizarse la adopción de políticas preventivas y educativas encaminadas a evitar que la comisión de los mismos llegue a producirse. El Derecho Penal constituye la última ratio del poder estatal y siempre deberá aplicarse conforme al principio de intervención mínima.
En esta obra, la aproximación al acoso moral laboral y al acoso sexual se realiza en un primer momento desde el prisma del derecho internacional de los derechos humanos para continuar con el derecho de la Unión Europea y del Consejo de Europa.
Con posterioridad, se profundiza en los tipos penales no sólo desde el análisis legal (conforme a las últimas reformas), doctrinal sino también jurisprudencial lo que posibilita la yuxtaposición de las interpretaciones vigentes. Ello posibilita evaluar la aplicación de la norma penal y confrontar las ventajas e inconvenientes de los distintos abordajes de estas conductas.
Introducción
Capítulo I. El tratamiento del acoso en el contexto internacional, regional y de la Unión Europea
I. El tratamiento del acoso en el contexto internacional
I.1. Naciones Unidas
I.2. La Organización Internacional del Trabajo
I.3. El Convenio nº 190 de la Organización Internacional del Trabajo
II. El tratamiento del acoso en el contexto regional europeo
III. El tratamiento del acoso en la Unión Europea
Capítulo II
I. El ordenamiento jurídico español ante el acoso
II. Diagnóstico sobre el tratamiento del acoso en España
Capítulo III
I. El acoso moral LABORAL
II. La respuesta penal al acoso moral LABORAL
III. El Artículo 173.1. 3º Código Penal
IV. La conducta típica
IV.1. Elemento contextual: la relación laboral o funcionarial
IV.2. Realizar contra otro actos hostiles o humillantes que sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso
IV.3. Que la conducta sea reiterada
IV.4. Prevalimiento de una relación de superioridad
IV.5. Tipo subjetivo
IV.6. Autoría y Participación
IV.7. El Iter Criminis
IV.8. Penalidad
IV.9. Relaciones concursales
Capítulo IV. El acoso sexual
I. Introducción
II. El caso Nevenca
III. La respuesta del ordenamiento jurídico penal frente al acoso sexual
III.1. El bien jurídico protegido
III.2. La conducta típica
III.3. El párrafo 1º del artículo 184 CP
IV. El párrafo 2º del artículo 184 CP
V. El párrafo 3º del artículo 184 del Código Penal
VI. El párrafo 4º del artículo 184 del Código Penal
VII. El artículo 194 bis del Código Penal
VIII. Responsabilidad civil derivada de delito
Bibliografía
Anexo Jurisprudencial
TANIA GARCÍA SEDANO se licenció y doctoró, con la mención Cum Laude, en la Universidad Carlos III. Desde el año 2006 es juez suplente, comenzando su actividad en el partido judicial de Soria. Con posterioridad continuó su andadura como Magistrada Suplente en la Audiencia Provincial de Ávila y en el año 2018 en la Audiencia Provincial de Madrid. En el año 2011 inició su actividad docente como profesora asociada de la Universidad Carlos III y en 2015 se incorporó como profesora colaboradora en la Universidad Pontificia Comillas. Ha impartido clases en numerosos grados y posgrados tanto en las mencionadas universidades como en la Universidad Pompeu Fabra, la Universidad Reina Mª Cristina, la Universidad de Sevilla, entre otras. Ha sido consultora de la Organización Internacional del Trabajo en España sobre trabajo forzoso y formas contemporáneas de esclavitud.