Derecho de extranjería y libertad religiosa en el ordenamiento jurídico

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Descripción

Derecho de extranjería y libertad religiosa en el ordenamiento jurídico

En esta monografía se estudian todos los aspectos donde se manifiesta el derecho fundamental

de libertad religiosa en el ámbito jurídico del derecho de extranjería.

El primer acercamiento se produce con el estudio de la entrada en nuestro país del extranjero,

en su estancia, tanto en sus modalidades lucrativas y no lucrativas, tam­bién en la expulsión y

prohibición de entrada, e incluso en el Centro de Internamiento de Extranjeros se encuentra

contemplada la libertad religiosa.

La entrada en nuestro país por motivaciones religiosas se configura desde muchas realidades que comprenden

desde el turismo religioso, las peregrinaciones, el volun­tariado, la realización de estudios eclesiásticos o las

prácticas no laborales, hasta las previstas para los representantes legales o ministros de culto. También, la expulsión

y prohibición de entrada contempla las creencias religiosas cuando estas se radicalizan.

Ante el acceso a la nacionalidad española las creencias religiosas también se confi­guran como un elemento relevante

en algunas formas de adquirir o denegar la nacio­nalidad.

Este derecho, ante determinadas circunstancias, conforma la figura del refugiado, del perseguido por sus creencias

religiosas con acceso al asilo, la protección subsidiaria o las razones humanitarias. El acoso religioso suele acompañarse

de otras motivacio­nes como sexo, raza, pertenencia a una comunidad, minoría étnica, o alguna otra cua­lidad. Sorprende

que los tribunales no suelen ser partidarios de proteger a la libertad religiosa de forma autónoma que, sí suele encontrar

su tutela desde el derecho a la vida familiar y privada, o en su caso, desde la prohibición de tortura o tratos inhuma­nos o

degradantes.

Esta realidad nos presenta casos en el panorama internacional, donde a quien os­tenta unas creencias religiosas se le niega

el derecho a un trabajo, a una educación, al deporte, especialmente el acceso a la universidad, al matrimonio o se le fuerza

a contraer matrimonios forzados, o se le mutila genitalmente, o bien sufre delitos de diversa tipología desde amenazas,

coacciones, daños, lesiones, e incluso la muerte de familiares directos o intento de asesinato. La práctica nos muestra la extensión

de los delitos de odio, donde al perseguido, se le llega a denegar su verdadera condición de persona, su dignidad, y por ello, todo vale

para hostigarle.

En definitiva, analizar la libertad religiosa desde la óptica de la extranjería permite conocer su alcance real desde ese “agere licere”

que implica tener unas convicciones religiosas o no tener ninguna y también el concepto de este derecho unido a la perte­nencia a una

comunidad.

Desde esta investigación se demuestra que, no por casualidad, la libertad religiosa, en la historia del constitucionalismo, se diseñó

como el primero de los derechos que aseguran la convivencia pacífica entre personas diferentes, incluso aunque

no po­sean creencias religiosas.