Ante el fallecimiento de los padres, ¿el hijo puede ejercitar la subrogación para continuar en la vivienda arrendada? En caso de jubilación del arrendatario en la actividad de negocio, ¿procede la del cónyuge o descendiente?
Además, en este estudio se plantean las siguientes cuestiones: ¿Qué requisitos deben cumplirse? ¿Es necesario notificar este derecho y en qué plazo? ¿Existen límites en el número de subrogaciones? ¿Cuál será el plazo de extinción? ¿Cabe el incremento de la renta?
Estas son las dudas que resuelven las resoluciones recopiladas en este exhaustivo trabajo sobre la subrogación en la finca arrendada de determinados familiares, quienes mantendrán los mismos derechos y obligaciones que el arrendatario inicial en los contratos anteriores al 9 de mayo de 1985, los cuales se rigen por lo establecido en las Disposiciones Transitorias Segunda, apdo. 4, y Tercera, apdo. 3, de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994.
ÍNDICE
SUBROGACIÓN DE VIVIENDA
Personas con derecho
Requisitos
Número de subrogaciones permitidas
Plazo
SUBROGACIÓN DE LOCAL
Personas con derecho
Requisitos
Número de subrogaciones permitidas
Plazo
Incremento de renta