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Principios de derecho civil V. Derecho de familia 2024

ISBN: 9788413818085

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Hay existencias

Peso 700 g
Fecha de Edición 24/10/2024
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

22

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

378

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

MANUALES MARCIAL PONS

Editorial

MARCIAL PONS, EDICIONES JURIDICAS SOCIAL

EAN

978-84-1381-808-5

Principios derecho civil Familia 2024

Edición actualizada con las últimas novedades. Merece especial mención la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI,

en cuya disp. final 1.ª, se incorporan modificaciones de distintas normas relativas a la filiación.

La disp. adic. 2.ª, por su parte, introduce una importante modificación en el art. 44 CC, cuyo primer inciso reza así: «Toda persona tiene derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código».

Los pactos en previsión de la ruptura conyugal son cada vez más frecuentes y complejos.  Tal y como sucede en los casos que dan origen a la línea jurisprudencial de las recientes SSTS 362/2023, de 13 de marzo; 428/2022,

de 30 de mayo, y 130/2022, de 21 de febrero.

La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, que reforma el Texto Refundido de la Ley Concursal, suprime la referencia a los comerciantes y al Código de Comercio.

Así pues, desde el 26 de septiembre de 2022, los bienes gananciales quedan afectos a las deudas resultantes del ejercicio del comercio por el cónyuge comerciante, sin que el otro cónyuge pueda oponerse. Respecto de la

obligación alimenticia entre parientes, debemos destacar un par de resoluciones de Audiencias Provinciales: SAP Salamanca 44/2023, de 1 de febrero, que extingue la pensión alimenticia a una hija que «con 29 años cumplidos

mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar».

Por su parte, la SAP Barcelona 21/2023, de 13 de enero, incrementa la pensión de alimentos que uno de los progenitores (padre, en este caso) debe abonar a sus hijos menores como consecuencia de la reincorporación del

progenitor, de forma plena, al mercado laboral.

 

AUTOR: CARLOS LASARTE y BELÉN SAINZ -CANTERO

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