Derecho administrativo I : sistema de fuentes y organización administrativa
Índice
Prólogo 21
Abreviaturas 23
Tema 1
El Derecho administrativo
1. CONCEPTO 27
1.1. Introducción 27
1.2. La concepción estatutaria y su crisis 28
1.3. La consolidación de los criterios materiales y funcionales 31
1.4. El Derecho administrativo como objeto de regulación 34
2. BASES 36
2.1. Bases constitucionales 37
2.1.1. La relación entre Derecho constitucional y Derecho administrativo 37
2.1.2. La influencia de la Constitución sobre el Derecho administrativo 38
2.1.2.1. El principio de separación de funciones 39
2.1.2.2. El principio democrático 40
2.1.2.3. El principio de autonomía 43
2.1.2.4. El principio de Estado de Derecho 45
2.1.2.5. El principio de Estado social 47
2.2. Bases europeas 48
2.2.1. La incidencia general en el ordenamiento interno 48
2.2.2. La influencia sobre el Derecho administrativo 49
2.2.2.1. Procesos de instrumentalización 50
2.2.2.2. Procesos de reorientación 52
3. EL DERECHO PRIVADO Y LA ADMINISTRACIÓN 53
3.1. La dualidad Derecho administrativo – Derecho privado 53
3.2. La elección del régimen jurídico de la actuación administrativa 56
3.3. Los límites materiales al uso del Derecho privado por la Administración 58
4. BIBLIOGRAFÍA 61
4.1. Concepto de Derecho Administrativo 61
4.2. Bases constitucionales y europeas 62
4.3. La utilización del Derecho privado por la Administración 62
4.4. El sometimiento de los particulares al Derecho administrativo 62
Tema 2
Las fuentes legales y supralegales del Derecho administrativo
Definición Derecho administrativo
(del latín ad «junto a», y ministrare, «manejar las cosas comunes») es la rama del Derecho público que regula la organización, funcionamiento, poderes y deberes de la administración pública y las consiguientes relaciones jurídicas entre la misma y otros sujetos.
En otras palabras, el derecho administrativo es aquel que comprende la organización y el funcionamiento de toda forma de administración pública. Por extensión, suele ser también aplicable a la actuación materialmente administrativa de los demás poderes del Estado y de todos esos entes del sector público. Y todo ello, desde la doble perspectiva de procurar la eficacia de las Administraciones, pero también garantizar los derechos de los particulares en sus relaciones con ellas.
Tradicionalmente, se ha entendido que la administración es una subfunción del desarrollo humano, encargada del buen funcionamiento de los servicios públicos cuya función elemental es la de mantener el bienestar, la seguridad y de entregar a la población diversas labores de diversa índole (económicas, educativas, sociales, entre otros).
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