Delitos sexuales. Bien jurídico y consentimiento. Algunas reflexiones sobre violencia sexual
La sanción de la ley 25.087, de reforma de los delitos sexuales en Argentina no ha despertado mucha atención en materia de consentimiento de menores de edad ni ha provocado un debate de real interés en la materia, hasta el punto de que aun se mantiene viva, tanto en doctrina como en jurisprudencia, la interpretación automática que del artículo 119 del Código penal se viene haciendo desde los albores del viejo régimen, pese a los cambios significativos que se han producido.
En esta obra se encontrará una nueva interpretación acerca de la validez del consentimiento de menores de 13 años de edad en materia sexual y sobre el contenido del bien jurídico desde una perspectiva contextual, abarcativa tanto de las nuevas normas del Código Civil y Comercial en materia de capacidad de las personas como de los principios que emergen de la Constitución nacional, interpretación que conduce a sostener la tesis de que, por un lado, la libertad sexual es un bien jurídico atinente tanto a mayores como a menores de edad y, por otro lado, el consentimiento de menores de 13 años de edad tendrá validez en materia sexual según cuáles fueran las condiciones modales de cada caso en particular.
Se incluye un estudio sobre la violencia sexual y el enfoque de género en los casos judiciales, aportando ideas que tienen su base de sustentación en las leyes 26.485/2009, de Protección Integral de las Mujeres y 24.632/1996, de aprobación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belén Do Pará.
AUTOR: JORGE EDUARDO BOUMPADRE
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