Terrorismo y derecho penal: dificultades para alcanzar un concepto unívoco en el ámbito internacional y su evolución en España
La presente obra recoge los resultados de la investigación realizada por el autor en relación con el fenómeno del terrorismo y las dificultades para la consecución de un concepto unívoco en torno a él. A lo largo de sus páginas, el primer capítulo analiza desde una perspectiva integral la evolución del concepto a nivel internacional, la influencia trascendental de políticas securitarias de países como Estados Unidos y Reino Unido o algunas de las causas y consecuencias que conlleva su indefinición. El segundo capítulo se adentra en la evolución histórico-legislativa del terrorismo en España que permite comprender los primeros movimientos surgidos alrededor del fenómeno anarquista, los movimientos guerrilleros contrarios al régimen franquista, la banda terrorista ETA o el terrorismo yihadista, así como la legislación aplicable a cada uno de ellos hasta llegar a la regulación actual. El tercer capítulo aborda la regulación del concepto de terrorismo según la normativa española desde la entrada en vigor del Código Penal de 1995 hasta la actualidad, con especial atención a la reforma operada por la Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, y así cuestionar el mal llamado «terrorismo individual», la violencia supremacista o los hechos cometidos al amparo del Estado, también conocido como «terrorismo de Estado». En definitiva, una evaluación de las consecuencias que tiene la indefinición del concepto a nivel internacional y la amplitud con la que se encuentra regulado en la legislación española, que ponen a prueba los principios y garantías más básicas en un Estado de Derecho.
Introducción
Nadie duda de la importancia y relevancia que tiene el terrorismo en la actualidad. Los motivos son múltiples. El más llamativo, quizás, la retransmisión en directo de los atentados ocurridos en Nueva York, Washington y Pensilvania el 11 de septiembre de 2001. Tras este terrible acontecimiento, otros de gran letalidad en suelo europeo como el de Madrid o Londres, más todos los que vendrían después en París, Bruselas, Niza, Berlín, Barcelona, o aquellos que se han llevado a cabo en otras regiones del mundo de África, Oriente Medio o Asia. Sin embargo, el atentado de 2001 ocupa un espacio relevante en las políticas públicas de los principales países del mundo y de los gobiernos occidentales. Es a partir de entonces cuando se empieza a contemplar el fenómeno terrorista no tanto ya como un problema local o doméstico, de ámbito nacional, con ETA hasta entonces en España, sino como un problema de ámbito internacional y global que exige la confluencia de múltiples respuestas interconectadas entre sí. Ahora bien, la búsqueda de soluciones conjuntas consensuadas entre la mayoría no parece estar consiguiéndose.
En primer lugar, por la imposibilidad de lograr una definición unívoca del propio concepto por las connotaciones sociales, morales, culturales, históricas y políticas que le son inherentes y que dificultan que se haya podido lograr, al menos hasta el momento, una definición consensuada a nivel internacional. El tratamiento del terrorismo no se agota en su aspecto jurídico, sino que requiere de otros ámbitos del Derecho como el constitucional, el procesal, el internacional, el penitenciario y hasta el financiero, además de otras disciplinas más allá del Derecho como son la Criminología, la Psicología, la Sociología, la Historia o la Política. En segundo lugar, por el excesivo uso de políticas que defienden el uso de la fuerza a cambio de recortar garantías, limitar derechos fundamentales y ganar rédito electoral. Y, en tercer lugar, el constante enfrentamiento entre las políticas gubernamentales de corte punitivista, poco útiles y eficaces, de las que discrepan buena parte de la doctrina penal como intérpretes del Derecho penal, en las que debiera imperar la lógica y la coherencia.
Por ello, se considera más que justificada la importancia del tema, no ya por la gravedad del fenómeno terrorista, que a nadie se le escapa y se da por supuesto, sino por la forma en la que conviene ajustar una adecuada regulación, advertidas las dificultades anticipadas, para hacerlo de forma consensuada sin poner en riesgo las principales garantías de un Estado democrático de Derecho como en el que nos encontramos. Y ese es el mayor reto que la investigación tiene por delante. Veremos si conseguimos acercarnos a ese objetivo.
La investigación propuesta ha seguido como hipótesis principal la de que el Derecho penal del terrorismo, en su regulación actual, supone un paso más en la excepción a las garantías del Estado democrático de Derecho de dudosa legitimidad. Ahora bien, en el trabajo de comprobación de esta hipótesis se establecen los siguientes objetivos generales. En primer lugar, determinar la repercusión que tiene la falta de consenso en la definición del concepto de terrorismo a nivel internacional. En segundo lugar, estudiar si la política criminal seguida por el legislador español ha resultado útil y eficaz en nuestro país desde finales del siglo XIX hasta la actualidad. En tercer lugar, advertir si la amplitud con la que está definido el concepto de terrorismo tras la reforma de 2015 permite saber si una determinada conducta puede o no ser considerada terrorista, deteniéndonos en fenómenos confusos como el terrorismo individual o el terrorismo al amparo del Estado.
En cuanto a metodología, la realización de este trabajo sigue el método propio de la investigación jurídica para examinar el sentido del texto de la ley mediante la aplicación de los criterios interpretativos comúnmente admitidos en esta disciplina, completando este análisis con una perspectiva crítica de política criminal, orientada desde los principios que legitiman la intervención del Derecho penal en un Estado democrático de Derecho. Para ello, se realiza una búsqueda de las principales fuentes bibliográficas que han abordado –y continúan estudiando– el fenómeno aquí analizado desde un ámbito nacional e internacional según los distintos planteamientos que se avanzan después –en la estructura–. Además, no solo se investiga la realidad jurídica del fenómeno según la regulación actual de acuerdo con el principio de vigencia, sino que también se indaga sobre los antecedentes sociales, históricos y legislativos (según interpretaciones gramaticales, históricas, sistemáticas y teleológicas) que nos hacen llegar hasta el día de hoy. Y, por último, como no puede ser de otra manera en un tema global, se efectúa un análisis comparativo con países de nuestro entorno que se han considerado relevantes para nuestro objeto de estudio, por acontecimiento histórico importante en un caso, Estados Unidos, y por cercanía geográfica y similitud con nuestro país en otro, Reino Unido.
La estructura diseñada para realizar este trabajo se desarrolla en tres capítulos. El primer Capítulo aborda un análisis conceptual del fenómeno terrorista en el ámbito internacional para averiguar las principales dificultades encontradas en el logro de una definición uniforme e inequívoca. Este apartado no se adentra únicamente en la evolución que ha seguido el concepto históricamente, también investiga la regulación internacional desde las primeras aproximaciones de la Sociedad de Naciones a convenios y resoluciones internacionales tanto de ámbito internacional como de ámbito supranacional, así como las medidas penales y extrapenales implementadas para ello. Asimismo, se realiza un estudio comparativo de la política securitaria estadounidense y anglosajona que evidencia su influencia en las últimas reformas de la legislación española. Por último, las principales causas para no alcanzar un acuerdo en la elaboración de un concepto unívoco de terrorismo a escala global y las consecuencias que conlleva no alcanzarlo.
El segundo Capítulo pretende realizar un análisis histórico-legislativo de la evolución que ha seguido el terrorismo –y la legislación antiterrorista– en España, pasando del primitivo terrorismo anarquista al moderno terrorismo yihadista de la actualidad. De esta manera, el punto de partida lo marcan los movimientos anarquistas y las primeras legislaciones que basan su regulación en ellos, tanto antes como después del régimen franquista, durante la transición democrática con la banda terrorista ETA como principal objetivo, que continúa con la promulgación del Código Penal de 1995 hasta la reforma de 2010 y, por último, el periodo que abarca hasta nuestros días y que transita desde el terrorismo de ETA, principalmente, hasta la respuesta penal que se le da al terrorismo yihadista internacional de la actualidad.
El tercer Capítulo ofrece un análisis histórico-legislativo del concepto de terrorismo en España tras la reforma de 2015 siguiendo la evolución que ha sufrido desde la entrada en vigor del Código Penal de 1995 hasta nuestros días. Para ello, se examinan los principales cambios sufridos en las distintas reformas. Además, desde las características que conforman el concepto de terrorismo, se aborda el estudio del controvertido fenómeno del «terrorismo individual» dónde pueden encuadrarse los mal denominados lobos solitarios o la violencia supremacista de extrema derecha y, finalmente, si puede o no introducirse dentro de los delitos de terrorismo las actuaciones realizadas al amparo de una organización estatal.
Por último, se exponen las principales conclusiones advertidas durante la realización de este trabajo de investigación.