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Contratos de trabajo por circunstancias de la producción y de sustitución

ISBN: 9788411632805

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Hay existencias

Peso 300 g
Fecha de Edición 05/05/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

262

Lugar de edición

NAVARRA

Encuadernación

Rústica

Colección

LOS DIEZ ESENCIALES DE ARANZADI

Nº de colección

5

Editorial

ARANZADI THOMSON REUTERS

EAN

978-84-1163-280-5

Contratos de trabajo por circunstancias de la producción y de sustitución

La obra aborda, desde una visión práctica, un estudio jurídico y jurisprudencial sobre el contrato de duración determinada tras la reforma operada por el RD 32/2021 en sus dos modalidades: el contrato por circunstancias de la producción y el de sustitución.

  • Carácter eminentemente práctico del formato pregunta-respuesta.
  • Concreción en el estudio de los temas.

Destinado a Expertos en asesoría jurídica de empresa, abogados y Gestores Administrativos
 
LOS DIEZ ESENCIALES es una ambiciosa propuesta de Editorial Aranzadi: se trata de agrupar en ese número de pequeñas monografías los contenidos principales de cuestiones nucleares en nuestro ordenamiento jurídico.

La primera serie de Los Diez esenciales de Aranzadi viene dedicada a LAS RELACIONES LABORALES, eligiendo una perspectiva selectiva, de actualidad y repercusión práctica: se trata de atender al estado de la cuestión TRAS LA REFORMA LABORAL llevada a cabo a fines de 2021 (plenamente vigente desde 30 de marzo de 2022), integrando en ella la Ley sobre Igualdad.

Cada una de las diez monografías sigue la misma estructura:

  • Una exposición sencilla e introductoria del correspondiente núcleo temático.
  • Listado de cuestiones y la indicación experta sobre el modo de afrontarla, siguiendo el método de ”Pregunta y Respuesta”.
  • Los Anexos que se considere pertinente (datos estadísticos, infografías, materiales, esquemas, selección normativa o jurisprudencial, etc.).

La observancia de un mismo esquema y estilo debe permitir que se identifique claramente el librito como perteneciente a “Los 10 esenciales de Aranzadi”. A tal fin el método las preguntas y repuestas quiere garantizar la exhaustividad y abordaje franco, directo, de los problemas suscitados.

Al frente de la Colección está Antonio V. Sempere Navarro, responsable de su diseño, selección de las personas encargadas de acometerla (a cuyo efecto ha contado con la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social) y de escribir un epílogo de cada obra.

En esta obra en particular se aborda el estudio del contrato por circunstancias de la producción tras la precitada reforma laboral. La misma ha sido de calado, puesto que se han reformulado las causas que habilitan el acceso a la contratación de duración determinada y se han modificado las reglas aplicables a las dos posibilidades de celebración, tanto en la vertiente por circunstancias de la producción como por sustitución de persona trabajadora. La metodología empleada permite descender sobre los aspectos más minuciosos y conflictivos de la nueva regulación y ofrecer algunas respuestas a las incertidumbres que plantea. Todo ello a la espera de que la doctrina unificada clarifique la cuestión.

 

 

PRESENTACIÓN

LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LOS CONTRATOS DE CONSUMO EN ESPAÑA

ESTHER ARROYO AMAYUELAS

I.   Introducción

II.  El marco legislativo

1. La relación entre el Derecho de consumo y Derecho contractual general

2. La relación del Derecho contractual de consumo con otras materias

III.  Ámbito de aplicación material de la reforma

1. Los tipos contractuales

2. En particular, la compraventa

3. Los contratos mixtos

4. Los datos como contraprestación

IV.  Ámbito de aplicación subjetivo

V.  La conformidad material

VI.  Algunos criterios objetivos de conformidad

1. La durabilidad

2. Las actualizaciones

VII.  Plazos

1. Plazos de responsabilidad

2. La determinación del día de entrega o suministro

3. La inversión de la carga de la prueba de la falta de conformidad

4. Suspensión de los plazos de responsabilidad del empresario

5. Prescripción

VIII.  Remedios

1. Reparación y sustitución

2. La rebaja del precio

3. La resolución

4. Suspensión del pago del precio e indemnización

IX.  Acción de regreso y acción directa

X.  Valoración general de la reforma

XI.  Bibliografía

LICENCIAS DE USO DE CONTENIDOS DIGITALES SOMETIDOS A PROPIEDAD INTELECTUAL

JOAQUÍN ATAZ LÓPEZ

I.   Consideraciones preliminares

II.  Licencias de explotación y licencias de uso

1. Licencias y contratos de licencia en el ámbito de la propiedad intelectual y de la propiedad industrial

2. Las licencias de uso

 

III.  Incidencia (ex artículos 10 DCSD y 9 DCCB) de los derechos del autor del contenido digital en la relación de consumo

1. El doble supuesto de hecho de los artículos 10 DCSD, 9 DCCB y 117.2 TRLGDCU

2. Examen particular de las restricciones en el uso del contenido digital impuestas para proteger los derechos de propiedad intelectual de terceros

IV.  A modo de conclusión ¿Constituyen las directivas 770/2019 y 771/2019 un primer cruce entre el Derecho de consumo y el de propiedad intelectual?

V.  Referencias

PROBLEMAS EN TORNO A LA EXPLOTACIÓN DIGITAL DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE LA OBRA MUSICAL

ANDREA SALUD CASANOVA ASENCIO

I.   El impacto de la digitalización en la industria musical y en la legislación de propiedad intelectual. Delimitación de las cuestiones a tratar

II.  Referencia a los sujetos e intereses implicados en la explotación digital de la obra musical

1. Plataformas de streaming y distribuidores digitales

2. Apuntes en torno a los usuarios como consumidores de contenidos musicales en línea

III.  La protección de los derechos de autores y artistas en las relaciones contractuales suscritas para la explotación de la obra musical

1. Reproducción de música en streaming y remuneración equitativa

2. El derecho de revocación por falta de explotación de la obra

IV.  La compartición ilegítima de la obra protegida por parte de los usuarios de las plataformas digitales

1. La perseguibilidad de los usuarios y el conflicto entre los derechos de propiedad intelectual y la protección de los datos personales

2. Problemas específicos en la compartición de obras protegidas en plataformas de streaming

3. Detección de contenidos protegidos y responsabilidad de los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea

V.  Conclusiones

VI.  Bibliografía

RESPONSABILIDAD DE LOS PROVEEDORES DE MERCADOS EN LÍNEA POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SUBYACENTE

CARLOS M. DÍEZ SOTO

I.   La revisión de las normas sobre contratación en el entorno digital: economía de plataformas, mercados en línea y nuevas Directivas de consumo

II.  La obligación de informar al consumidor sobre el posible reparto de obligaciones y responsabilidades contractuales entre el tercero suministrador y el proveedor del mercado en línea

III.  El régimen de responsabilidad aplicable a los prestadores de servicios intermediarios

1. La Directiva sobre Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico

2. El Reglamento de Servicios Digitales

IV.  La responsabilidad de los proveedores de mercados en línea por el incumplimiento del contrato subyacente: posibles fundamentos

1. Responsabilidad del proveedor del mercado en línea por las garantías prestadas en relación con el contrato subyacente

2. Responsabilidad del proveedor del mercado en línea por el incumplimiento de sus propias obligaciones

3. En particular, responsabilidad del proveedor del mercado en línea por la confusión generada en el consumidor acerca de la identidad de quien suministra los productos o servicios, o acerca de una determinada información sobre los mismos

4. Responsabilidad del proveedor de un mercado en línea que ejerce una “influencia predominante” sobre el suministrador

5. Responsabilidad del proveedor del mercado en línea ante la dificultad o imposibilidad de hacer valer los derechos del consumidor frente al tercero suministrador

V.  Bibliografía

LA RESOLUCIÓN POR EL CONSUMIDOR DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES

MARTÍN GARCÍA-RIPOLL MONTIJANO

I.   Introducción

II.  Falta absoluta de suministro

III.  Falta de conformidad

1. Fracaso de la puesta en conformidad

2. Incumplimiento no leve

IV.  Resolución por modificación por el empresario de los contenidos y servicios digitales

V.  Ejercicio de la facultad resolutoria

VI.  Efectos generales de la resolución

1. Introducción

2. Contratos con obligación del empresario de tracto único o sucesivo

3. Contratos con obligación del empresario de tracto continuo

4. Indemnización

VII.  Efectos de la resolución cuando la contraprestación es datos personales

1. El supuesto contrato de contenidos y servicios digitales a cambio de datos

2. El efecto restitutorio

3. Indemnización

VIII.  El destino de los datos no personales

IX.  Consideraciones finales

X.  Bibliografía

EL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIENES CON ELEMENTOS DIGITALES

ISABEL GONZÁLEZ PACANOWSKA

I.   Los desafíos del mercado único digital, las Directivas 2019/770 y 771 y su incorporación al TRLGDCU

II.  El Contrato de compraventa de bienes con elementos digitales

1. La Definición del Contrato de Compraventa con consumidores en el Derecho de la UE y en el TRLGDCU

2. Bienes con elementos digitales

3. La definición legal del contrato de compraventa de bienes con elementos digitales en la Directiva 2019/771 y su ausencia en el TRLGDCU

III.  La obligación de entrega y la responsabilidad del vendedor por las actualizaciones de los elementos digitales

1. La obligación de entrega

2. La responsabilidad del vendedor por las actualizaciones de los elementos digitales

IV.  Las Acciones del consumidor frente a otros sujetos

V.  Bibliografía

LA IDENTIFICABILIDAD EN LOS CONTRATOS DIGITALES

GABRIEL MACANÁS

I.   Anonimato e inidentificabilidad en el derecho digital

II.  Supuestos de inidentificabilidad en entornos digitales

1. Blockchain y anonimato

2. Smartcontracts y anonimato a través de blockchain

3. El anonimato en otros supuestos de contratación digital

III.  Estatuto jurídico de la inidentificabilidad contractual

1. Partes, identidad e identificabilidad

2. Consecuencias derivadas de la inidentificabilidad

3. Remedios insuficientes para la inidentificabilidad de la parte

 

IV.  Ineficacia del contrato por inidentificabilidad de las partes

V.  Jurisprudencia y bibliografía citadas

VI.  Referencias bibliográficas

ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN DE LA DIRECTIVA SOBRE RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS

ANDRÉS MARÍN SALMERÓN

I.   Estado de la cuestión

II.  La propuestas de directivas del European Law Institute (ELI) y de la Comisión Europea

1. Objetivos de las propuestas

2. El nuevo concepto de producto

3. ¿Nueva concepción del carácter defectuoso de los productos?

4. Sujetos responsables: los operadores económicos

5. Causas de exoneración

III.  Bibliografía

EL DERECHO DE DESISTIMIENTO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DIGITALES

MIGUEL NAVARRO CASTRO

I.   Delimitación de los contratos de servicios digitales respecto de los que el consumidor puede desistir

1. La ambigüedad de la categoría de contratos de suministro de contenidos digitales

2. Los contratos de servicios digitales a cambio del consentimiento al tratamiento de datos personales y el derecho del consumidor a retirar su consentimiento en cualquier momento

II.  El deber del empresario de informar sobre el derecho de desistimiento

III.  Ejercicio del derecho de desistimiento

1. El consentimiento del consumidor a que se inicie la ejecución del servicio como causa de pérdida del derecho de desistimiento

2. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento: la trascendencia del soporte utilizado para el suministro de servicios digitales

3. El inicio de la ejecución del contrato como causante de la pérdida del derecho de desistimiento

IV.  Consecuencias del derecho de desistimiento

1. La extinción del contrato y la restitución mutua de las prestaciones

2. Los costes del derecho de desistimiento

3. Retirada del consentimiento al tratamiento de datos personales

4. Deber de abstenerse de utilizar los contenidos digitales tras el desistimiento

5. El posible deber del consumidor de indemnizar por la parte del servicio ya ejecutado

V.  Bibliografía

CONFORMIDAD DE LOS CONTENIDOS Y SERVICIOS DIGITALES

M.ª CARMEN PLANA ARNALDOS

I.   Planteamiento

II.  El “principio de conformidad” contractual. Su aplicación a los contenidos y servicios digitales

1. Origen y evolución del concepto de conformidad y su función

2. La conformidad en las “Directivas digitales” de compraventa y contenidos y servicios digitales

III.  Requisitos subjetivos y objetivos de conformidad en la directiva de suministro de contenidos y servicios digitales

1. Precedentes a efectos de interpretación

2. Diferentes interpretaciones sobre la aplicación de los criterios subjetivos y objetivos de conformidad de los contenidos y servicios digitales

IV.  Bibliografía

I.Introducción: La reforma de 2021 y la reestructuración del régimen de contratación laboral

II.El nuevo marco de contratación temporal estructural: El contrato de duración determinada

2.1.La presunción de indefinitud del contrato de trabajo, la causa de temporalidad y los efectos anudados a su transgresión

2.2.El contrato por circunstancias de la producción

2.3.El contrato de sustitución

III.Preguntas y respuestas

3.1.El contrato por circunstancias de la producción

1.¿En qué grupo de contratos se incluye el de circunstancias de la producción?

2.¿Es este tipo de contrato una novedad tras la reforma operada por el Real Decreto-ley 32/2021?

3.¿Cuál es el objetivo de la reforma en materia de contratación?

4.¿Existe normativa supranacional que verse sobre sobre la duración contractual?

5.¿Cuáles son los contratos de duración determinada que posibilita hoy día la normativa? ¿Cuándo han entrado en vigor?

6.¿Se han suprimido totalmente los contratos de obra o servicio determinado? ¿Qué ocurre con los ya celebrados?

7.¿Cuál es el régimen transitorio aplicable a los contratos eventuales por circunstancias de la producción?

8.¿Qué contrato se puede celebrar tras la finalización de uno suscrito en el periodo transitorio?

9.¿Resulta de aplicación el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada al contrato por circunstancias de la producción tras la reforma laboral?

10.¿Qué papel tiene la negociación colectiva en la configuración jurídica del contrato por circunstancias de la producción? ¿y la representación legal de las personas trabajadoras?

3.1.2.La causa del contrato

11.¿Cómo se han visto modificadas las causas habilitantes para la celebración del contrato por circunstancias de la producción? ¿Bajo qué premisas se puede hacer uso de este contrato?

12.¿Puede incluir el convenio colectivo nuevas causas o perfilar las ya contempladas en el artículo 15 ET?

13.¿Cómo opera en el artículo 15.2 ET la sujeción de la causa a los límites del fijo discontinuo? ¿Existe problemas de concurrencia entre el ámbito del contrato fijo-discontinuo y el contrato por circunstancias de la producción?

14.¿Se puede amparar una contratación temporal por circunstancias de la producción en la apertura de un nuevo centro de trabajo o el lanzamiento de un nuevo producto?

15.¿Cómo se ha de interpretar la mención a las vacaciones en el art. 15.2 ET? ¿Es la referida mención constitutiva o podemos considerar este pasaje normativo como un listado abierto?

16.¿Se permite que una persona trabajadora con contrato por circunstancias de la producción que sustituye vacaciones realice labores distintas a las que efectuaba la sustituida?

17.¿Existen límites cuantitativos la contratación de personas trabajadoras dentro de los 90 días a los que se refiere el párrafo cuarto del art. 15.2 ET?

18.¿Puede el empresario utilizar estos 90 días indistintamente dentro del año natural? ¿Cómo se pueden distribuir estos días en función de los centros de trabajo o las actividades que realice la empresa?

19.¿Puede usarse el contrato por circunstancias de la producción para emplear a personas que efectúen trabajos en el marco de contratas o subcontratas? ¿Se puede utilizar este contrato para la contratación o subcontratación de la actividad normal de la empresa?

20.Tras un periodo de IT y sin solución de continuidad una trabajadora pacta con el empresario el disfrute de sus vacaciones. ¿Qué contrato habrá de celebrarse si se pretende sustituir a la trabajadora durante el periodo vacacional?

21.¿Cuáles son las consecuencias de la celebración del contrato por circunstancias de la producción transgrediendo la causa tipificada para ello?

22.Según la aparente restricción que parece imponer el artículo 15.1 ET ¿Se puede decir que se ha reforzado la contratación indefinida tras su nueva redacción? ¿Tiene esto algún efecto sobre la distribución de la carga de la prueba?

3.1.3.Formalización del contrato y cláusulas específicas

23.¿Como debe formalizarse el contrato? ¿Se requiere la forma escrita?

24.¿Cómo han de expresarse en el contrato las causas habilitantes de la contratación? ¿Qué consecuencias tiene su incumplimiento?

25.¿Cómo se informa a los representantes de los trabajadores de la previsión anual de contratos por circunstancias de la producción para atender situaciones ocasionales, previsibles y de corta duración? ¿Cuáles son las consecuencias de su incumplimiento?

26.¿Es admisible pactar un periodo de prueba en el contrato por circunstancias de la producción?

27.¿Cuáles son las consecuencias de la falta de alta en la Seguridad Social de un trabajador contratado mediante el contrato por circunstancias de la producción?

28.¿Existen otras obligaciones formales tras la suscripción del contrato por circunstancias de la producción?

29.¿Cualquier transgresión de las obligaciones formales convierten al contrato por circunstancias de la producción en indefinido ex art. 15.4 ET?

3.1.4.La duración contractual: límites y prórrogas

30.¿Cuál es la duración máxima del contrato por circunstancias de la producción?

31.¿Se extingue el contrato por circunstancias de la producción cuando decaen las concretas causas que lo motivaron?

32.¿Se puede prorrogar el contrato por circunstancias de la producción?

33.¿Cómo se han reconfigurado los límites de concatenación de contratos temporales?

34.¿Se tienen en cuenta para el cálculo de la concatenación los contratos temporales que unieron a las partes con anterioridad a la reforma laboral de 2021?

35.¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de las reglas de duración de este tipo contractual?

36.¿Existe alguna obligación formal cuando se rebasan los límites de duración de contratos temporales?

37.¿Se puede transformar un contrato por circunstancias de la producción en uno en indefinido? ¿y a la inversa?

3.1.5.La extinción del contrato

38.Llegada la fecha de término estipulada en el contrato, ¿se requiere de preaviso para extinguir el contrato por circunstancias de la producción?

39.¿Qué indemnización corresponde por la extinción de un contrato por circunstancias de la producción?

40.¿Qué puede hacer una persona trabajadora a la que se le extingue el contrato por circunstancias de la producción por la llegada a su término pese a haber adquirido materialmente la condición de fija?

3.1.6.Cuestiones de Seguridad Social

41.¿Da derecho a la prestación por desempleo la extinción de un contrato por circunstancias de la producción por la llegada a su término previsto?

42.¿Cuáles son las claves a efectos de la gestión de la Seguridad Social del contrato por circunstancias de la producción?

43.¿Se aplica el recargo previsto en el artículo 151 LGSS a los contratos por circunstancias de la producción con una duración inferior a 30 días? ¿Y si el contrato estaba previsto para una duración mayor y se ha extinguido por causa no imputable al empresario o, incluso, por decisión unilateral de la persona trabajadora?

44.¿Se contemplan otras peculiaridades en cuanto a la cotización de los contratos temporales o los contratos de corta duración?

45.¿Resultan aplicables incentivos económicos para la contratación mediante el contrato de duración determinada por circunstancias de la producción?

3.1.7.El contrato por circunstancias de la producción en el sector público

46.¿Ha afectado la reforma al régimen de contratación laboral temporal del sector público?

47.¿Cabe en el sector público la contratación mediante el contrato por circunstancias de la producción?

48.¿Qué consecuencias tiene en el ámbito del sector público el incumplimiento de los plazos máximos de duración o los límites de concatenación con respecto al contrato por circunstancias de la producción?

49.¿Qué indemnizaciones proceden en los supuestos de extinción de un contrato por circunstancias de la producción en el sector público?

3.2.El contrato de sustitución

3.2.1.Régimen general

50.¿Qué causas justifican la celebración del contrato de sustitución?

51.¿Es necesaria la forma escrita de estos contratos?

52.¿Se puede sustituir a un trabajador que está de vacaciones?

53.¿Puede concertarse un contrato de sustitución a distancia?

54.¿Puede celebrarse a tiempo parcial? ¿Pueden sustituirse varios trabajadores a tiempo parcial por una persona trabajadora a tiempo completo?

55.¿Pueden coincidir en el puesto el trabajador sustituido y el que lo sustituye?

56.¿Qué consecuencias tiene que el trabajador sustituto continue en el puesto de trabajo una vez finalizada la relación laboral?

57.¿El trabajador que sustituye a otro debe coincidir en sus funciones con la misma categoría y el lugar donde se desempeña la actividad señalada en el contrato?

58.¿Puede el trabajador que sustituye realizar funciones superiores a la del trabajador sustituido? ¿E inferiores?

59.¿Computa el contrato de interinidad a efectos de antigüedad?

60.¿Tiene derecho el trabajador interino a la promoción interna?

61.¿Aplica el límite de encadenación de contratos al contrato de sustitución?

62.¿Qué contratos se pueden incluir en los supuestos de encadenación que empiezan antes de la reforma pero que acaban después de la entrada en vigor de la nueva norma?

63.¿Cuándo se produce un fraude de ley en los contratos de sustitución?

64.¿Cuándo deviene en fijo el contrato de sustitución?

65.¿Existe indemnización por finalización del contrato de sustitución?

66.¿En qué supuestos podría darse una indemnización por finalización del contrato de sustitución?

67.¿Es discriminatorio que el contrato de sustitución no lleve aparejada ninguna indemnización por finalización del contrato?

68.¿Qué sanciones conlleva para el empresario el incumplimiento de las normas sobre contratación temporal?

69.¿Cuáles son las causas de extinción del contrato de sustitución?

3.2.2.El contrato de sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva del puesto de trabajo

70.¿Se puede mantener el contrato de sustitución vigente si cambia la causa que genera el derecho a la reserva del puesto de trabajo?

71.¿Se puede mantener la sustitución cuando desparece la reserva del puesto y se convierte en un supuesto de vacante?

72.¿El puesto que se cubre deber ser un puesto fijo?

73.¿Se puede celebrar un contrato de sustitución para sustituir a un trabajador sustituto?

3.2.3.El contrato de ¿sustitución? Por reducción de jornada

74.¿Realmente se produce una sustitución?

75.¿Se puede aplicar en aquellos casos de que la reducción de jornada sea solicitada por el empresario?

76.¿Qué diferencias tiene con el contrato de relevo?

77.¿Puede novarse un contrato de sustitución para cubrir una reducción de jornada por un contrato de sustitución de persona trabajadora con reserva del puesto de trabajo?

3.2.4.El contrato de sustitución por vacante

78.¿Qué duración tiene este contrato?

79.¿Deben coincidir la plaza y el puesto vacante con el desarrollado por el trabajador sustituto?

80.¿Es necesario que esté abierto el proceso de cobertura de la vacante para que exista causa contractual?

81.¿Qué consecuencias tiene que el contrato se prolongue más allá de los tres meses?

82.¿Qué ocurre si el proceso no finaliza con la cobertura del puesto?

3.2.5.Contrato de sustitución de personal laboral con la administración pública

83.¿Hay necesidad de identificar el puesto de trabajo concreto que se va a sustituir?

84.¿Cuál es el plazo máximo para la cobertura de plaza en el personal laboral al servicio de una AAPP?

85.¿Puede estar justificada una duración mayor?

86.¿Puede darse el carácter fraudulento de la interinidad antes de que pasen los 3 años para ocupar el puesto?

87.¿Pueden aducirse causas económicas para justificar no cubrir una plaza vacante en el plazo de tres años?

88.¿Qué consecuencias jurídicas se anudan a los contratos de sustitución por vacante que superan el plazo de los tres años?

89.¿Se puede presumir que el trabajador con un contrato de sustitución se convierta en un trabajador fijo en la Administración Pública?

90.¿Desaparece la figura del trabajador indefinido no fijo en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional 17.ª del EBEP?

91.¿Existe indemnización por finalización del contrato?

92.¿Cuándo se aplica la compensación económica de 20 de días de salario fijo con un máximo de 12 mensualidades regulada en la DA 17.ª EBEP?

93.¿Se aplica automáticamente la compensación económica regulada en la DA 17.ª EBEP?

94.¿Se puede acumular la compensación económica por uso fraudulento y la indemnización por extinción del contrato laboral por causas objetivas?

95.¿Se puede obtener una indemnización mayor a los 20 días?

96.¿A qué contratos se aplica la nueva compensación económica?

IV.Referencias bibliográficas

V.Anexo I. Jurisprudencia. Sentencias citadas

VI.Anexo II. Estadísticas sobre evolución de los contratos temporales en el año 2022

EPÍLOGO

ANTONIO V. SEMPERE NAVARRO

Director

ANTONIO V. SEMEPRE NAVARRO, Catedrático de Derecho del Trabajo en las Universidades de Oviedo. Magistrado del Tribunal Supremo

Autores

JOSÉ ANTONIO RUEDA MONROY, Profesor de la Universidad de Málaga

MANUELA ABELEIRA COLAO, Profesora de la Universidad San Pablo-CEU, Madrid