Derecho al error tributario
No todo incumplimiento de la normativa puede ser catalogado como infracción, especialmente cuando se trata de la comisión de errores sin ánimo defraudatorio.
- Análisis comparativo de las principales aportaciones jurisprudenciales.
- Estudio de la figura del derecho al error.
- Enfoque crítico de los factores que exceptúan la culpabilidad del contribuyente en el cumplimiento de sus deberes con el Fisco.
Destinado a Profesionales del Derecho financiero y tributario y Funcionarios de la Administración tributaria.
Existe en la actualidad un debate abierto sobre la gobernanza fiscal, asentado en la necesidad de una eficacia, eficiencia y transparencia real en las actuaciones administrativas que propicie procedimientos amistosos mediante acuerdos fiscales basados en el consenso y el servicio. Cooperación, que debe tener un reflejo evidente en el régimen sancionador. Lo cual, no implica, la renuncia a la imposición de las mismas ante posibles incumplimientos, sino que, los esfuerzos deberían ir dirigidos a evitar sanciones injustas.
En este sentido, el loable objetivo de evitar el fraude fiscal, que sustenta las acciones y estrategias de la Administración tributaria, no puede justificar una elevada prodigalidad de corrección en aras de una mayor recaudación.
Es por ello que, mediante la presente monografía en la que hemos seguido una disposición metódica a la vez que práctica, intentamos de manera modesta pero rigurosa, poner de manifiesto la necesidad, a semejanza de otros países, de incorporar instrumentos e incentivos, en nuestro ordenamiento jurídico, que fomenten el cumplimento voluntario de las obligaciones tributarias y alivien a los contribuyentes de la imposición automática de sanciones.
ÍNDICE DE ABREVIATURAS
I
PLANTEAMIENTO
II
DERECHO FUNDAMENTAL A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. INDICIOS DE LA COMISIÓN DE INFRACCIÓN TRIBUTARIA
III
EL AUTOMATISMO EN LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES
1.Requisitos para evitar el automatismo sancionatorio
2.“Liquidar no es sancionar”
3.Dosimetría sancionadora como reflejo de proporcionalidad
4.Requilibrio en la relación tributaria: buena administración y buenas prácticas tributarias
5.Principio de confianza legítima como vertiente del principio de seguridad jurídica
6.Figuras híbridas de carácter disuasorio y sancionatorio
IV
CULPABILIDAD, INTENCIONALIDAD Y VOLUNTARIEDAD: VALORACIÓN DE LA CASUÍSTICA EN CADA SUPUESTO
1.Culpabilidad como elemento configurador para la imposición de sanciones
2.Intencionalidad en el resultado
3.Voluntariedad de la acción
V
PRINCIPALES ERRORES DE CARÁCTER TRIBUTARIO
1.Error de prohibición: principio ignorantia iuris non excusat
2.Errores obstativos: materiales, aritméticos o de hecho
VI
CAUSAS EXCLUYENTES DE CULPABILIDAD
1.Actuación conforme a la contestación de consultas formuladas: especial atención a la inactividad administrativa
2.Discrepancia razonable en la aplicación de la norma
3.Ignorancia y error: la comisión de errores en el sistema de autoliquidaciones tributarias
4.Proscripción de la responsabilidad objetiva
5.Diligencia debida en el Derecho tributario
6.Las propuestas previas de tributación
VII
MEDIDAS DEPURADORAS DE ERRORES
1.Herramientas y estrategias implantadas por la AEAT para fomentar el cumplimiento voluntario a corto plazo
2.Cooperación frente a confrontación: incidencia en el régimen sancionador
3.La regulación inteligente como un marco jurídico de calidad
4.El buen contribuyente y los incentivos fiscales positivos
VIII
RECONOCIMIENTO LEGAL DEL DERECHO AL ERROR
1.La buena gobernanza fiscal como base de la fiscalidad justa
2.Francia: hacia una Administración de consenso
3.Diferenciación entre el “derecho al error” y la “corrección de errores”
4.Propuestas de los diferentes sectores sociales para la incorporación del derecho al error en el ordenamiento jurídico español
IX
SEGUNDAS OPORTUNIDADES: EL ANVERSO Y REVERSO DEL CONTRIBUYENTE INCUMPLIDOR
1.El anverso de la relación jurídica tributaria: teoría del “doble tiro”
2.El reverso del derecho al error del contribuyente
X
CONCLUSIONES
XI
BIBLIOGRAFÍA
Eva Gil Cruz es Profesora de Derecho Tributario. Universidad Pontificia Comillas.