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Principales novedades normativas y jurisprudenciales en el sector asegurador (2022)

ISBN: 9788411632058

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Hay existencias

Peso 200 g
Fecha de Edición 28/04/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

124

Lugar de edición

NAVARRA

Encuadernación

Rústica

Colección

MONOGRAFÍAS ARANZADI

Editorial

ARANZADI THOMSON REUTERS

EAN

978-84-1163-205-8

Principales novedades normativas y jurisprudenciales en el sector asegurador

Recopilación referente en el sector asegurador de los principales hitos jurisprudenciales y normativos ocurridos durante el año de referencia.

  • Claridad expositiva: el contenido es sintético y de fácil lectura.
  • Calidad técnica.
  • Realizada por autores especialistas (abogados dedicados plenamente al sector asegurador).

Destinado a Abogados, tramitadores de siniestros, asesores jurídicos, investigadores, asociaciones sectoriales y todo profesional que tenga relación con el mundo jurídico en el sector asegurador.

Recopilación de las principales novedades normativas e hitos jurisprudenciales que han sido publicados en relación con el sector asegurador durante el año 2022.

PRÓLOGO

JURISPRUDENCIA EN SEGUROS 2022

I
ASPECTOS GENERALES

1.Cláusulas delimitadoras, limitativas y lesivas de los derechos del asegurado (art. 3 LCS)

1.1.No cabe invocar la desnaturalización del contrato de seguro cuando se pacta una exclusión de la cobertura con el asesoramiento de un corredor especializado

1.2.El Tribunal Supremo ratifica la inaplicación del artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro a un corredor de seguros

1.3.El Tribunal Supremo precisa los requisitos del artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro

1.4.No pueden existir cláusulas limitativas de los derechos del asegurado en los estatutos y reglamentos de prestaciones de las mutualidades de previsión social

2.Declaración del riesgo asegurado (art. 10 LCS)

2.1.El Tribunal Supremo aplica la regla de equidad del artículo 10.3 de la Ley de Contrato de Seguro incluso si las inexactitudes en la declaración del riesgo por el tomador no son dolosas o con mala fe

3.Agravación del riesgo asegurado (art. 11 LCS)

3.1.El incumplimiento del deber de comunicar a la aseguradora las circunstancias que hacen variar las condiciones o la prima de un seguro de accidentes conlleva la reducción proporcional de la indemnización que le corresponde al asegurado por accidente laboral

4.Pago de la prima (art. 15 LCS)

4.1.El reembolso de la prima al tomador en caso de desistimiento no libera al asegurador de abonar al Consorcio de Compensación de Seguros («CCS») los recargos que le corresponden

4.2.Consecuencias del impago de la primera prima (o prima única) o de las primas sucesivas en los seguros de vehículos a motor

5.Intereses moratorios (art. 20 LCS)

5.1.Los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro se devengarán incluso si se realizan pagos parciales de la indemnización al perjudicado

5.2.La renuncia extrajudicial a los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro por un consumidor es nula

5.3.Los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro no son aplicables al avalista de las cantidades adelantadas en la compraventa de viviendas

5.4.Los intereses del artículo 20 LCS no son aplicables cuando el retraso en el pago de la indemnización se encuentra justificado

6.Prescripción de las acciones (art. 23 LCS)

6.1.La acción de recobro ejercida por la entidad aseguradora ex artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro no interrumpe el plazo de prescripción, que corre desde el día en que el asegurado pudo ejercitar su acción

6.2.La acción penal interrumpe el plazo de prescripción de la acción de responsabilidad extracontractual incluso si el tercero perjudicado no es parte en el procedimiento penal

6.3.La falta de notificación al asegurado de la finalización del procedimiento penal implica que el plazo de prescripción de la acción civil siga interrumpido

6.4.El procedimiento penal relacionado con el siniestro también interrumpe la prescripción de la acción civil del asegurado contra la entidad aseguradora en caso de discrepancia sobre la cuantía indemnizatoria

6.5.El plazo de prescripción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro no resulta aplicable a la cobertura de mejoras voluntarias por incapacidad

6.6.El Tribunal Supremo determina que las acciones interruptoras de la prescripción frente a la entidad aseguradora no afectan al asegurado

6.7.El derecho de subrogación de las aseguradoras está sujeto al plazo de prescripción de la acción que se ejercita, sin que pueda someterse por defecto al del artículo 1964 del Código Civil

II
SEGUROS DE DAÑOS

1.Cláusulas delimitadoras, limitativas y lesivas de los derechos del asegurado (art. 3 LCS)

1.1.La falta de aceptación expresa de una cláusula de naturaleza limitativa descarta su oponibilidad

1.2.Aplicación del principio «pro asegurado»: cobertura de los daños ocasionados por la asfixia del ganado como consecuencia de la avería de maquinaria por caída de un rayo

2.Interés asegurado (art. 25 LCS)

2.1.La inexistencia de interés asegurable, de acuerdo con la Ley de Navegación Marítima, determinará la nulidad del contrato

3.Acción subrogatoria (art. 43 LCS)

3.1.El copropietario responsable de un siniestro no está cubierto por la entidad aseguradora de la comunidad cuando se generan daños a las zonas comunes, salvo que se indique otra cosa en la póliza

3.2.El copropietario de una comunidad de vecinos puede ser considerado como tercero responsable de un siniestro acontecido en dicha comunidad

3.3.La entidad aseguradora puede subrogarse en los derechos que asisten al asegurado cuando éste sufra daños producidos por oscilaciones de la red eléctrica imputables a la empresa suministradora

4.Seguro de caución (art. 68 LCS)

4.1.La garantía colectiva de la normativa protectora de compradores de vivienda sobre plano no es aplicable al comprador de un apartamento turístico incluso si el contrato de compraventa es sometido a dicha normativa

4.2.No es necesario celebrar un seguro decenal para garantizar las obras de rehabilitación cuyas licencias de nueva construcción se solicitaron antes de que entrase en vigor la Ley de Ordenación de la Edificación

5.Seguro de responsabilidad civil general (arts. 73 y 74 LCS)

5.1.El seguro D&O cubre la responsabilidad civil profesional causada por la sociedad a todos los perjudicados cuando tiene como origen la comisión de un delito por el administrador

5.2.El Tribunal Supremo confirma la aplicación del criterio de plena indemnidad en la indemnización del lucro cesante derivado de las lesiones personales sufridas en el accidente de Spanair

5.3.El seguro de responsabilidad civil no es un seguro de accidentes: la cobertura de un seguro de responsabilidad civil sólo se activa cuando existe responsabilidad del asegurado, no pudiéndose utilizar como una suerte de seguro de accidentes

5.4.Los amigos que cuidan del perro del asegurado no están cubiertos por el seguro de responsabilidad civil

5.5.La entidad aseguradora de responsabilidad civil es responsable directa por el delito de estafa cometido por un empleado de un geriátrico en aplicación de la doctrina de la inoponibilidad del dolo

5.6.La concesionaria de la autopista es responsable por los daños que se produzcan a los conductores por la existencia de fenómenos atmosféricos adversos previsibles y ante la falta de mantenimiento de la vía

5.7.Existe la obligación de reparación íntegra del daño al tercero perjudicado, aunque suponga una mejora con respecto al estado anterior al siniestro

6.Seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor

6.1.La imposibilidad por las secuelas de la víctima de un accidente de tráfico para seguir cuidando todo el día a un familiar discapacitado es indemnizable como trabajo habitual en el baremo de tráfico

6.2.El Tribunal Supremo modera en un 25% la indemnización de las víctimas que voluntariamente subieron al remolque en una romería sabiendo el riesgo que asumían al incumplirse las normas de tráfico

6.3.El Tribunal Supremo consagra la doctrina sobre que los daños en el semirremolque no están cubiertos por el seguro obligatorio del camión

6.4.El asegurador de responsabilidad civil de vehículos a motor responde de los daños ocasionados por delitos cometidos a través de la circulación del vehículo asegurado

6.5.No es necesario informe médico pericial para reclamar indemnización de tráfico por lesiones temporales

6.6.El baremo de tráfico sólo puede aplicarse como modelo orientativo en casos de delitos dolosos en los que el vehículo es utilizado como instrumento para su comisión

6.7.Se considera accidente de circulación el atropello por una bicicleta al tiempo de bajar de un autobús

7.Acción directa (art. 76 LCS)

7.1.Los tribunales del domicilio del perjudicado tienen competencia para conocer la acción directa contra una entidad aseguradora domiciliada en otro Estado miembro, pero no para conocer de la acción acumulada contra el tomador

III
SEGUROS DE PERSONAS

1.Cláusulas delimitadoras, limitativas y lesivas de los derechos del asegurado (art. 3 LCS)

1.1.Es delimitadora del riesgo la cláusula que hace alusión genérica a la invalidez por cualquier causa y, al mismo tiempo, se incluye una tabla con las inclusiones y exclusiones en dicha cobertura

1.2.La cláusula de temporalidad de la cobertura es delimitadora del riesgo en un seguro de accidentes

2.Declaración del riesgo (art. 10 LCS)

2.1.El Tribunal Supremo consagra la necesidad de relación de causalidad entre la ocultación de patologías en el cuestionario de salud y el siniestro para entender vulnerado el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro

2.2.La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo también declara la invalidez de la cláusula de enfermedades preexistentes

3.Tercero perjudicado y acción directa (art. 76 LCS)

3.1.No es un deber de la entidad aseguradora indemnizar a la empleadora de un trabajador en situación de incapacidad temporal por las cotizaciones a la Seguridad Social y complementos salariales abonados

4.Seguro de vida (arts. 83 a 99 LCS)

4.1.Para declarar nulo el rescate de un seguro de vida realizado por el tutor del beneficiario debe quedar demostrado que se realizó en su perjuicio

4.2.Un trabajador que se encuentra de baja por agotamiento de la incapacidad temporal sigue teniendo la condición de asegurado en un seguro colectivo de vida, al no considerarse extinguido su contrato de trabajo

4.3.La declaración de nulidad de la cláusula de un préstamo hipotecario que imponía la contratación de dos pólizas de seguro conlleva la nulidad de dichas pólizas porque son «sobre-garantías no necesarias»

5.Seguro de accidentes (arts. 100 a 104 LCS)

5.1.No es objeto de cobertura la incapacidad permanente total que tiene su hecho causante en un momento anterior a la contratación de la póliza

5.2.El empleador es responsable por la falta de adecuación entre los riesgos asegurables establecidos en el convenio colectivo y los concertados en el contrato de seguro

5.3.La negligencia profesional no puede ser invocada como causa de exclusión por la entidad aseguradora si no tiene la consideración de temeraria

6.Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria (arts. 105 y 106 LCS)

6.1.Los pacientes hospitalarios, como consumidores, deben ser informados del importe del servicio y de su cobertura o no por la entidad aseguradora

6.2.Un Juzgado acuerda la obligación a una entidad aseguradora de incluir en la póliza de salud de la progenitora a un niño recién nacido que previamente había sido rechazado

IV
ESPECIAL COVID-19

1.Cobertura de pérdida de beneficios por cierre de negocios

1.1.Sentencias que condenan a la entidad aseguradora a indemnizar a un negocio por el cierre del establecimiento decretado por el Gobierno durante el estado de alarma

1.2.Sentencias que eximen a la entidad aseguradora de indemnizar a un negocio por el cierre del establecimiento decretado por el Gobierno durante el estado de alarma

2.Otros litigios vinculados a la pandemia

2.1.El contagio con COVID-19 en el curso de la actividad profesional es un riesgo cubierto en un seguro de accidentes patronal

2.2.La acción de reclamación por daños y perjuicios por la cancelación de un vuelo como consecuencia de la COVID-19 frente a la aerolínea y la entidad aseguradora de un seguro de viajes no son acumulables

2.3.El fallecimiento por COVID-19 se considera accidente laboral en virtud de la teoría general de la presunción de laboralidad de la enfermedad surgida en tiempo y lugar de trabajo

V
FISCALIDAD

1.Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

1.1.Las indemnizaciones de responsabilidad civil por daños personales, así como las derivadas de contratos de seguro de accidentes se consideran rentas exentas a efectos de tributación por IRPF

1.2.La cesión de una póliza de seguro unit-linked es susceptible de tributar como ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF

1.3.La imputación temporal de una renta percibida de manera tardía debido a problemas de liquidez de la mutualidad de previsión social procede en el periodo impositivo de la efectiva percepción

2.Impuesto sobre el Valor Añadido

2.1.El Tribunal Supremo reitera su doctrina sobre la necesidad de definir al sujeto pasivo contribuyente en las ordenanzas municipales sobre la tasa de incendios para que se pueda considerar a la entidad aseguradora como «sustituto del contribuyente»

2.2.La prestación de servicios de gestión de carteras de seguros se considera actividad sujeta y no exenta del IVA

2.3.Corresponde aplicar el tipo impositivo reducido del IVA a las reparaciones que hayan sido contratadas por los ocupantes de las viviendas y no por las aseguradoras

2.4.Las cesiones de carteras de seguros entre mediadores llevan IVA

2.5.La Dirección General de Tributos consolida su doctrina respecto a la exención del IVA de las actividades relacionadas con la distribución de seguros teniendo en cuenta la IDD

2.6.La cesión de cartera de pólizas en run-off no se considera sujeta al pago de IVA

VI
PROTECCIÓN DE DATOS

1.El Tribunal Supremo condena a una editorial por publicar en una noticia datos personales de la beneficiaria de una póliza de accidentes

2.La Agencia Española de Protección de Datos determina que la entidad aseguradora es responsable de la falta de atención del derecho de supresión por uno de sus agentes de seguros

3.La entidad aseguradora no infringe la normativa de protección de datos por consultar un sistema de información crediticia cuando se le solicita un presupuesto de seguro

4.Sancionan a una aseguradora por el envío reiterado de publicidad sin base legitimadora, y por la falta de cooperación con el agente de seguros en el ejercicio de los derechos del interesado

VII
PROCESAL

1.El Reglamento Bruselas I admite en materia de seguros el forum actoris bajo ciertos requisitos

2.Resulta procedente revisar la sentencia firme en la jurisdicción civil cuando está basada en el falso testimonio sobre las circunstancias del accidente

3.El Tribunal Supremo reitera que no se puede acudir a la jurisdicción civil en caso de que la jurisdicción contencioso-administrativa resulte infructuosa para el tercero perjudicado

4.No existe responsabilidad extracontractual en aquellos casos en los que, en virtud de la teoría del riesgo y la prohibición de regreso, no sea posible establecer un nexo causal entre el riesgo causado y el daño producido

VIII
DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS

1.El tomador impropio debe entregar la información precontractual a los asegurados en los seguros colectivos unit-linked, aunque no hacerlo no se sancione automáticamente con la nulidad de la adhesión

2.El TJUE acota el concepto de distribución de seguros y valida la figura del tomador impropio siempre que actúe como mediador de seguros al mismo tiempo

3.El Tribunal Supremo condena a una entidad aseguradora como responsable civil subsidiario por los delitos cometidos por un antiguo agente a sus espaldas

4.Las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social no pueden imputarle los gastos por la retribución a colaboradores que gestionen las cuotas de su mismo grupo de empresa o que sean mediadores de seguros

5.El criterio definidor para determinar si un mediador de seguros tiene la condición de trabajador por cuenta propia o ajena es la dependencia de la relación de mediación

6.El incumplimiento de la prohibición de promover el cambio de entidad aseguradora por el agente de seguros debe basarse en pruebas, no en meras estimaciones o indicios

IX
OTROS ÁMBITOS

1.Predomina el criterio de imputación objetiva en la exclusión de cobertura de un seguro marítimo por falta de documentos prescritos legalmente conforme al artículo 756.7.º C.Com.

2.Los efectos de un procedimiento de liquidación de una entidad aseguradora sobre la reclamación judicial del asegurado pendiente de resolución se rigen por la ley del Estado miembro donde se tramita dicha reclamación y no por la ley del Estado miembro de origen de la entidad aseguradora

3.La entidad aseguradora es responsable de la responsabilidad civil ex delicto de su agente exclusivo incluso si la estafa no se realiza con un producto de seguro oficial, por aplicación de la teoría de la apariencia

4.La entidad aseguradora es responsable civil por los delitos de apropiación indebida y estafa cometidos por un agente exclusivo

5.La inscripción de una marca es denegada por su semejanza fonética con la marca de una conocida entidad aseguradora

6.Se desestima la demanda interpuesta por una promotora inmobiliaria contra un cártel del seguro decenal tras probarse que ésta repercutió íntegramente el sobrecoste a sus clientes

7.No existe competencia desleal ni abuso de la posición dominante cuando una entidad aseguradora resuelve el contrato de prestación de servicios con un médico y posteriormente le ofrece uno nuevo para prestar la asistencia médica en su establecimiento bajo peores condiciones económicas

8.Las dudas sobre la viabilidad de una oferta en una licitación de seguros deben resolverse mediante los informes de solvencia recogidos en la normativa Solvencia II

NORMATIVA Y SUPERVISIÓN

I
SOLVENCIA II

1.Reglamento (UE) 2022/1491 de la Comisión de 8 de septiembre de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1126/2008 en lo que respecta a la Norma Internacional de Información Financiera 17 (contratos de seguro)

2.Informe de seguimiento de EIOPA, de 12 de octubre del 2022, sobre la revisión inter pares sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros de los órganos de administración, dirección y supervisión y de los accionistas cualificados (EIOPA-Bos-22/437)

3.Resolución de 23 de mayo del 2022 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las Directrices revisadas de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación relativas al Identificador de Entidades Jurídicas

4.Resolución de 17 de junio del 2022 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la actualización de los importes contenidos en los artículos 11 y 78 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

5.Resolución de 6 de septiembre del 2022 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las Directrices revisadas de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación sobre los límites contractuales

II
DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS

1.Directrices de EIOPA, de 20 de julio de 2022, sobre la integración de las preferencias de sostenibilidad del cliente en la evaluación de la idoneidad en el marco de la IDD

2.Advertencia de EIOPA, de 4 de octubre del 2022, para las entidades aseguradoras y entidades de crédito para la protección de los consumidores en la distribución de contratos de seguros de protección crediticia

3.Advertencia de la DGSFP, de 24 de octubre del 2022, para las entidades aseguradoras y operadores de bancaseguros que distribuyen contratos de seguros de protección crediticia

III
OTROS ÁMBITOS

1.Orden ETD/374/2022, de 25 de abril por la que se establece el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros en materia de responsabilidad civil por daños nucleares

2.Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre, por la que se actualizan las bases técnicas actuariales que sustentan los cálculos del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenido en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre

3.Nota aclaratoria de la DGSFP, de 14 de diciembre del 2022, sobre las compensaciones y sanciones en caso de fallos en la liquidación de activos que afectasen a fondos de pensiones

4.Declaración de respuesta de EIOPA, de 6 de mayo del 2022, al documento de debate sobre blockchain y smart contracts en seguros (EIOPA-BoS-22-178)

5.Declaración de respuesta de EIOPA, de 15 de junio del 2022, al documento de debate sobre seguros abiertos: acceso e intercambio de datos sobre seguros (EIOPA-BoS-22-297)

Director
Joaquín Ruiz Echauri es socio del área de seguros y reaseguros en Pérez Llorca Abogados

Coordindor

Rafael Fernández

Autores

Jesús Almarcha Jaime 

Iván Bejarano Díaz

Fátima Eizaguirre Carrancio

Luis María González García
Gloria González Pérez

Juan Pablo Nieto Brackelmanns

Paula Pacheco Romero