Implementación de los sistemas internos de información, procedimiento; canal de denuncias, responsable del sistema
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, extiende su objetivo, no solo en otorgar protección adecuada a los “informantes” frente a represalias, sino también en fortalecer la cultura de la información, la integridad y la comunicación como mecanismo de control preventivo ante cualquier amenaza de corrupción.
Representa además un hito legislativo de especial relevancia para todo el sector público, quien, al igual que las empresas, está obligado a implementar un Sistema Interno de Información. La implementación de estos sistemas requiere cumplir con ciertas directrices y requerimientos, respetando algunas particularidades previstas para el sector público.
Precisamente, con esta publicación Aranzadi responde a las preguntas de quién, por qué y cómo llevarla a cabo y ofrece un análisis práctico de todos y cada uno de los requisitos exigidos, tanto en las empresas como en las Administraciones Públicas, ilustrado con documentación gráfica y complementado con formularios a través de los cuales dejar trazabilidad y constancia de todo lo actuado.
.La implementación de estos sistemas requiere cumplir con ciertas directrices y requerimientos, respetando algunas particularidades previstas para el sector público.
Precisamente, con esta publicación Aranzadi responde a las preguntas de quién, por qué y cómo llevarla a cabo y ofrece un análisis práctico de todos y cada uno de los requisitos exigidos, tanto en las empresas como en las Administraciones Públicas, ilustrado con documentación gráfica y complementado con formularios a través de los cuales dejar trazabilidad y constancia de todo lo actuado.
Implementación de los sistemas internos de información, procedimiento; canal de denuncias, responsable del sistema
EDITORIAL: ARANZADI
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