La curatela tras la ley 8/2021
La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica ha supuesto un nuevo enfoque en el tratamiento de la situación jurídica de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito jurídico como en el contexto social.
La nueva regulación se fundamenta en el respeto a la voluntad, los deseos y las preferencias de la persona con discapacidad, a quien, como regla general, se atribuye la toma de sus propias decisiones en los diversos aspectos personales y patrimoniales de su vida, estableciendo un sistema de apoyos que le ayuden en ello, entre los que destaca la curatela como medida formal preferente. La presente obra aborda el análisis del régimen jurídico de dicha figura, abarcando la constitución de la misma, el nombramiento de curador, el contenido y ejercicio de la curatela, su extinción y la responsabilidad civil del curador.
No obstante, el nuevo perfil que regula la curatela ha suscitado bastantes dudas en la doctrina, quedando abiertas algunas cuestiones no resueltas por el legislador. Así, entre otras, la idoneidad del curador, los actos en los que debe intervenir, la carencia de control judicial sobre la curatela asistencial, la conformación de la voluntad de la persona con discapacidad y la responsabilidad civil del curador por faltas de la persona con discapacidad. De todo ello se deriva una problemática compleja y ciertos vacíos legales.
En dicho análisis se ha tenido en cuenta la confluencia de legislaciones que convergen a la hora de delimitar el régimen jurídico de la figura, regulada principalmente en el CC, en la LJV y en la LEC, las diversas y dispares soluciones que ha aportado la doctrina científica, y los pronunciamientos al respecto que se han producido en los Tribunales desde la publicación de la Ley.