Democratización de las diputaciones provinciales.Sistemas y procesos electorales de las corporaciones provinciales (1812-2024)
Las Diputaciones provinciales han sido instituciones nacidas al amparo del sistema constitucional. Creadas por el artículo 325 de la Constitución de 1812, han sido consolidadas por todas las constituciones históricas y
nuevamente reguladas en el artículo 141 de la actual Constitución de 1978. Vinculadas a los valores constitucionales, han sido instituciones sometidas a un proceso de elección de sus diputados, mediante el ejercicio del
voto por los titulares de la soberanía nacional. En los más de dos siglos de institucionalización
de las Diputaciones provinciales, los sistemas de sufragio recogidos en los preceptos constitucionales, y en su correspondiente desarrollo legislativo, han transitado desde modelos de sufragio universal indirecto en distintos
grados, sufragio censitario, con modelo de voto uninominal o plurinominal, hasta el actual sufragio universal, libre y secreto, que no directo.
Esta otra colectiva resultante de un Proyecto de Investigación I+D+i, de generación del conocimiento, concedido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para 2024-2027, reconstruyendo dichos sistemas y
procesos electorales desde 1812 hasta la
actualidad, pretende avanzar en la exigencia a los parlamentarios españoles, poderes públicos y partidos políticos, para que consoliden definitivamente la democratización de las Diputaciones provinciales, a través de un
modelo de sufragio directo, ofreciendo al
ciudadano español la posibilidad de emitir un voto en favor de tal o cual diputado provincial.
Creemos que el actual sistema electoral indirecto o de segundo grado desnaturaliza su concepción representativa y democrática, de cara a los ciudadanos.
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