La vacunación constituye una herramienta de salud pública que ha transformado radicalmente la virtualidad de la prevención sanitaria y el signo de la batalla secular contra las enfermedades contagiosas.
Importa en nuestros días que se siga discurriendo sobre la vacunación en clave jurídica por muchas razones. Ante todo, conviene tomar conciencia de que se está ante un tema cambiante, complejo y controvertido en el que, aparte de la cientificidad, confluyen una serie de elementos y factores cuya cabal conjugación exige de la presencia de normas capaces no solo de proporcionar armonía entre las dos esencias de la vacunación -la prevención a título individual y la inmunidad de grupo en interés de todos-, sino también de encauzar convenientemente otros retos relevantes como el acceso universal y equitativo a las vacunas o la buena gestión del calendario oficial de vacunación.
Ocurre, además, que de fuera nos llegan señales de alerta sobre la dimensión que adquiere el rechazo a la vacunación y sobre cómo esta se ha convertido en un alarmante problema social que está en la agenda política de no pocos países de nuestro entorno. Contando con todo ello, la curiosidad sirve la pregunta que guía este ensayo: ¿cumple el tratamiento que ofrece nuestro ordenamiento jurídico al hecho de la vacunación?