Tratado sobre compliance penal. Responsabilidad penal de las personas jurídicas y modelos de organización y gestión
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y Modelos de Organización y Gestión. El término inglés Compliance significa literalmente «cumplimiento». Sin embargo, conceptualmente se refiere más bien a los modelos de organización y cumplimiento (terminología italiana), o de organización y gestión (terminología española), que las empresas más importantes económicamente -así como otras personas jurídicas- deben autorizar e implementar para autorregularse y fijar los límites a partir de los cuales se puede considerar una actuación de esa empresa como delictiva.
Es, por tanto, una institución de control. Su importancia radica en que, si la empresa logra probar en un proceso penal en el que es investigada, que cumplió con las normas de su propia autorregulación, quedará libre de toda culpa y por tanto exenta de responsabilidad criminal, mientras que, si no lo logra probar, será condenada, bien íntegramente, bien, por manifestaciones de un derecho premial específico, con atenuantes.
Como ello no sólo sucede en España, y como además tiene una vertiente constitucional, una vertiente penal sustantiva y una vertiente procesal penal, el estudio interdisciplinar y comparado es absolutamente necesario. Este Tratado cumple todas esas expectativas. Una obra teórico-práctica, esencial para que los jueces, magistrados, fiscales y abogados penalistas comprendan hoy el complejo mundo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y los programas de Compliance.
AUTORES: JUAN LUIS GÓMEZ COLOMER y CHRISTA M. MADRID BOQUÍN