Vivimos en plena “sociedad del crédito” en la que cualquier persona, sea física, jurídica, empresaria, no empresaria, profesional o consumidora, bien por consciente planificación bien por mera necesidad, tiene plenamente interiorizado -y, en general, experimentado- el concepto práctico y cotidiano de esta realidad económica, y los títulos cambiarios, en cuanto instrumentos de crédito y de pago, continúan desempeñando también en este contexto actual su “papel”, no siempre asequible desde la perspectiva de sus odres jurídicos. Ya bien entrado el siglo XXI, esta monografía parte precisamente de la observación de la realidad y, en concreto, principalmente de los pronunciamientos del Tribunal Supremo en los últimos veinte años acerca de los muchos y variados aspectos derivados del Derecho cambiario, proporcionando al lector de manera sistemática la práctica controvertida que en este específico sector de nuestro Ordenamiento jurídico ha acaecido.
El Derecho cambiario no es en la actualidad un “ordenamiento de moda”, pero el cual tampoco hay que descuidar ni en el inicial momento de formar en el ámbito académico a los nuevos juristas -y economistas- ni tampoco en uno posterior a la hora de ofrecer a los distintos operadores jurídicos aportaciones, como la presente, que les permitan hallar de una manera completa el status quaestionis relativo hoy al pagaré y al cheque. Es lo que se ha pretendido anticipar gráficamente en el título de esta monografía como “cuestiones de presente”. Pero asimismo la observación de la realidad nos sitúa en el escenario de poder contemplar cómo un legislador del siglo XXI regularía esta clásica pieza del Derecho. En efecto, la Propuesta de Código Mercantil y el subsiguiente Anteproyecto de Ley dedican el Libro sexto del respectivo texto normativo proyectado a regular los títulos cambiarios, en el marco de lo que denominan ambos textos “títulos-valores e instrumentos de pago y de crédito”. El nuevo ofrecimiento regulatorio para letra, pagaré y cheque discurre, en esencia, por los cauces actuales trazados por la Ley Cambiaria y del Cheque en el último tercio del pasado siglo XX. En todo caso y sin duda, la mayor innovación del texto proyectado es la relativa a la inclusión también en el Derecho español de un cuarto título cambiario: la factura aceptada. Esta segunda parte de la monografía, “perspectiva de futuro” en el título, es no obstante claramente “incierta” en el sentido de no saber si finalmente verá la luz del BOE, hace años ya en exclusiva versión electrónica.