Teletrabajo balance del primer año de negociación colectiva y aplicación judicial
Durante el último año y medio, el teletrabajo ha sido protagonista indiscutible del debate iuslaboralista, lo que ha propiciado la publicación de estudios centrados, mayoritariamente, en el análisis exegético del escueto marco legal, representado primero por el RDL 28/2020 y más recientemente por la LTD 10/2021.
Dos consideraciones, muy relacionadas con el libro que se presenta, son pacíficas: la primera, el papel decisivo que se ha asignado a los convenios colectivos en la labor de concretar y desarrollar el marco legal definido en los citados textos; la segunda, el protagonismo judicial en la integración de aquellas lagunas que no logre colmar la negociación colectiva.
En este sentido, las expectativas puestas en la intervención convencional sectorial son elevadas, como también lo es la tarea que los tribunales han de afrontar en la resolución de los conflictos que ya empiezan a acumularse y que, sin duda, aumentarán conforme las empresas, una vez superada la pandemia sanitaria, integren el teletrabajo en su modelo productivo ordinario, ya no de manera coyuntural.
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Este es, se advierte ya, el “terreno” en el que se mueve el presente estudio, alejado del debate doctrinal sobre cuestiones teóricas, de indudable trascendencia, pero que no encajan en estas páginas. Hasta ahora, lo más frecuente era encontrar comentarios puntuales sobre alguna sentencia de interés, o sobre la forma en que un convenio concreto abordaba alguna de las remisiones más llamativas, como la desconexión digital o la compensación de gastos.
Parecía, pues, oportuno, con la visión que ofrece un año de experiencia convencional y judicial, acometer una labor de sistematización y actualización de dichos contenidos, labor a la que dedicamos el presente trabajo en sus anunciadas dos partes bien diferenciadas: negociación colectiva y aplicación judicial.