Al escribir esta sociología del Derecho, lo que he pretendido, ante todo, es dejar limitado el campo propio de esta disciplina científica, para así percibir con nitidez sus fronteras con la teoría del Derecho.
Al mismo tiempo, me he esforzado por establecer el nexo de relación, llegando a la conclusión del paralelismo temático y conceptual de ambas disciplinas, tal como yo las entiendo. Con este planteamiento creo haber ofrecido un programa de investigación disciplinar que sortea las aporías generadas por las aportaciones de los tres padres fundadores de la sociología jurídica, reestructurando un mapa de problemas cuyo orden permite la coexistencia de la teoría del Derecho, la dogmática jurídica y la sociología del Derecho.