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Smart Legal Contracts y Blockchain. La Contratación Inteligente a través de la Tecnología Blockchain

ISBN: 9788415651567

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Hay existencias

Peso 490 g
Fecha de Edición 26/04/2019
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

284

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

MONOGRAFÍAS WOLTERS KLUWER

Editorial

LA LEY WOLTERS KLUWER, EDITORIAL

EAN

978-84-15651-56-7

La presente monografía da cuenta de las características de las cadenas de bloques aplicadas a los contratos inteligentes. En la obra se analiza el significado de los principales términos, distinguiendo entre «smart contract» y «smart legal contract» o contrato inteligente, estructura contractual novedosa, que permite articular muy diversos tipos negociales. La contratación inteligente se caracteriza por ser electrónica, operar a través de plataformas al uso, estar redactada en lenguaje natural y en código y valerse de cadenas de bloques como tecnología subyacente que insiere funcionalidades adicionales impensables hasta ahora, permitiendo garantizar la ejecución autónoma de las respuestas convenidas.

Este novedoso sustrato tecnológico, facilita el pleno y efectivo cumplimiento del principio pacta sunt servanda. Se predica de esta modalidad contractual su naturaleza electrónica, su estructura interna condicional booleana unida a su faceta descentralizada y autoejecutiva que le confiere atributos de transparencia y seguridad. El contrato inteligente es el negocio jurídico principal que justifica la formación paralela o anticipada de un crisol de relaciones jurídicas con distintos agentes —desarrolladores, arquitectos y diseñadores, nodos, mineros, agentes oráculos, regtechs, aseguradoras, depósitos de garantías, intermediarias financieras, entidades de confianza independientes, etc.— que hacen posible el funcionamiento del ecosistema tecnológico subyacente y que podrá afectar tanto al principio de relatividad de los contratos como al régimen de responsabilidad, particularmente en supuestos de vulnerabilidad y defectos de seguridad.

A lo largo de la obra se identifican algunas cuestiones problemáticas y se sugieren respuestas. Sería poco realista pensar que esta tecnología permite solventar todas las dificultades de la contratación tradicional. Tampoco parece razonable pretender que todos los contratos electrónicos devengan «inteligentes» del mismo modo que no todo contrato es susceptible de ser digitalizado. Con todo, en la medida en que contribuyan a mejorar el régimen contractual y la tutela del consumo cobra pleno sentido su implementación; porque, en definitiva, la tecnología no debe ser un fin en sí misma sino un medio al servicio de la mejora de la calidad de vida de las personas.

ÍNDICE SISTEMÁTICO

 

1. INTRODUCCIÓN

1.1. ALGUNAS IDEAS PRELIMINARES

1.2. NECESIDAD DE ABORDAR HOY EL TRATAMIENTO LEGAL DE LA TECNOLOGÍA DESDE UNA PERSPECTIVA ÉTICA

1.3. MANTENER UN ENFOQUE ABIERTO, FLEXIBLE, GRADUAL Y HORIZONTAL

1.4. SOSTENER UN ENFOQUE CENTRADO EN LAS PERSONAS

 

2. DEFINICIONES

2.1. CADENA DE BLOQUES (O BLOCKCHAIN)

2.2. NODOS Y MINEROS

2.3 CRIPTOGRAFÍA

2.4. «SMART CONTRACTS» VS «SMART LEGAL CONTRACTS»

2.5. CONTRATOS INTELIGENTES

2.6. CONTRATOS AUTOCONSCIENTES

2.7. TRANSACCIONES

2.8. ALGORITMOS CONECTADOS CON EL FLUJO DE DATOS (BIG DATA)

2.9. ORGANIZACIONES DESCENTRALIZADAS AUTÓNOMAS (DAO)

2.10. PROTOCOLOS DE CONSENSO

2.11. DATOS DIGITALES Y ECONOMÍA DE DATOS

2.12. CONTROL DE LOS DATOS

2.13. REGISTRO ELECTRÓNICO TRANSFERIBLE

2.14. INTERNET DE LAS COSAS (IOT)

2.15. DINERO VIRTUAL O CRIPTOMONEDAS

2.16. ORÁCULOS

2.17. CONTRATOS COMPUTABLES O MÁQUINA A MÁQUINA (M2M)

2.18. GOBERNANZA DEL PROTOCOLO DEL SISTEMA DE BLOQUES

2.19. LEX CRYPTOGRAPHIA

2.20. ENTORNOS DE EJECUCIÓN DE CONFIANZA (TRUSTED EXECUTION ENVIRONMENT, TEE)

 

3. CARACTERÍSTICAS CLAVE, BENEFICIOS, DESVENTAJAS Y LÍMITES

3.1. BENEFICIOS

3.2. DESVENTAJAS

3.3. LÍMITES

 

4. APLICACIONES, INICIATIVAS Y ESTADO DEL ARTE NORMATIVO

4.1. APLICACIONES

4.2. INICIATIVAS

4.3. ESTADO DEL ARTE NORMATIVO

 

5. NATURALEZA JURÍDICA DE LOS CONTRATOS INTELIGENTES

5.1. PARTES Y TERCEROS PARTICIPANTES DE UN CONTRATO INTELIGENTE

5.2. PRINCIPIO DE RELATIVIDAD

5.3. INTERDEPENDENCIA

5.4. CONEXIDAD

5.5. CONTRATOS COMPLEMENTARIOS

5.6. CONTRATOS VINCULADOS

5.7. GRUPOS DE CONTRATOS AUTÓNOMOS

5.8. TERCEROS PARTICIPANTES

5.9. POTENCIALES RELACIONES CONTRACTUALES

5.9.1. Relación jurídica entre el agente desarrollador con la contratante-oferente

5.9.2. Relación jurídica entablada entre el desarrollador y los participantes integrantes de la plataforma de blockchain (mineros, aseguradoras, oráculos, entidades de confianza, entidades depositarias, intermediarias financieras, etc.)

5.9.3. Relación jurídica principal entre contratante-oferente de bienes o servicios a través de una plataforma blockchain y los usuarios o clientes

 

6. ESTRUCTURA Y DINÁMICA DE LOS CONTRATOS INTELIGENTES

6.1. LA FASE DE CÓDIGO

6.2. LA FASE DE PUBLICACIÓN

6.3. LA FASE DE LLAMADA O «CALL»

6.4. CICLO DE VIDA DEL CONTRATO INTELIGENTE

 

7. RETOS LEGALES QUE GENERAN LOS CONTRATOS INTELIGENTES

7.1. ETAPA DE FORMACIÓN

7.1.1. Ofertas promocionales en cadenas de bloques

7.1.2. Información previa al contrato

7.1.3. Transcripción y lógica booleana

7.1.4. Vicios del consentimiento

7.1.5. Contratación entre máquinas (M2M)

7.1.6. Partes no identificables

7.1.7. Los Sistemas Descentralizados Autónomos (DAO)

7.1.8. Robótica y responsabilidad

7.1.9. Robots con IA

7.1.10. Comprensión del código y voluntad contractual

7.1.11. Términos jurídicos indeterminados

7.1.12. Normativa de ius cogens

7.1.13. Personalidad jurídica y capacidad de obrar

7.1.14. Contrato original

7.2. ETAPA DE PERFECCIÓN

7.2.1. Manifestación del consentimiento y perfección

7.2.2. Principio espiritualista

7.2.3. Eficacia

7.2.4. Oferta de venta

7.2.5. Precio

7.2.6. Forma escrita

7.2.7. Prueba

7.2.8. Valor probatorio del contrato inteligente

7.2.9. Lugar de perfección del contrato

7.2.10. Ley aplicable

7.2.11. Encriptación

7.3. ETAPA DE CONSUMACIÓN

7.3.1. Incumplimiento contractual

7.3.2. Imposibilidad sobrevenida

7.3.3. Nulidad

7.3.4. Anulabilidad

7.3.5. Rescisión

7.3.6. Equivalente económico

7.3.7. Propagación de efectos

7.3.8. Denuncia del contrato

7.3.9. Desistimiento en contratos B2C

7.3.10. Resolución del contrato

7.3.11. Ventas «ad gustum» y «a prueba o ensayo»

7.3.12. Enriquecimiento injusto

7.3.13. Oráculos y cumplimiento defectuoso

7.3.14. Auto-cumplimiento y la tecnología como «3.ª parte»

7.3.15. Tracto sucesivo y rebus sic stantibus

7.4. FASE DE AUTO-EJECUCIÓN

7.4.1. Suspensión del contrato

7.4.2. Oráculos de resolución de disputas en línea (ODR)

7.4.3. El diseño

7.4.4. Negociación a ciegas

7.4.5. Mecanismos de resolución decisorios

7.4.6. Cláusulas ex ante de sumisión

7.4.7. Gobernanza de los ODR

7.4.8. Notas Técnicas CNUDMI-ODRs

7.4.9. Principios éticos ODR

7.4.10. Competencias en mediación en línea del IMI

7.4.11. Ejecutividad de los acuerdos resultantes de mediación

7.4.12. Adjudicación

7.4.13. Arbitraje electrónico

7.4.14. Acciones judiciales

7.4.15. Arbitraje on-chain de Pangea

7.4.16. La reputación y los token de reputación

7.4.17. Pausar y/o revertir el contrato

7.4.18. Principio de facilidad probatoria y actividad de los oráculos

7.4.19. Registro digital como título ejecutivo

7.4.20. Ejecución extrajudicial

7.4.21. Datos

7.4.22. Datos de uso

7.4.23. Registros públicos

7.4.24. Doble venta

7.4.25. Confidencialidad, privacidad, vulnerabilidad y seguridad

 

8. PRINCIPIOS Y ESTÁNDARES

8.1. PRINCIPIO DE LIBERTAD

8.2. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y DE PREVISIBILIDAD

8.3. PRINCIPIO DE AUDITABILIDAD Y RENDICIÓN DE CUENTAS

8.4. PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD

8.5. PRINCIPIO DE TRAZABILIDAD

8.6. PRINCIPIO DE FIABILIDAD

8.7. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

8.8. PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD Y EQUIVALENCIA FUNCIONAL

8.9. PRINCIPIO DE BENEFICENCIA

8.10. PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN Y SEGURIDAD

8.11. PRINCIPIO DE REVERSIBILIDAD

8.12. PRINCIPIO DE PRIVACIDAD

8.13. PRINCIPIO DE EFICIENCIA

8.14. PRINCIPIO DE EQUIDAD

8.15. PRINCIPIO DE LIBERTAD EN LAS RELACIONES B2C

8.16. PRINCIPIO DE PORTABILIDAD

 

9. INDICACIONES CONCLUSIVAS

 

BIBLIOGRAFÍA

JURISPRUDENCIA

Aura Esther Vilalta Nicuesa