Desde 2011 comienza a teorizarse sobre la cuarta revolución de los servicios y la industria, la revolución digital o la digitalización. Esta obra es una apretada guía para entender los incesantes y apresurados avances científicos y tecnológicos a una dos a la digitalización (ad ex., la robótica, las técnicas de contratación, el tratamiento y la encriptación mas i va de información individual y colectiva, el comercio a distancia por medios electrónicos o la redes sociales). estos nuevos hechos están mediatizando a las sociedades y a las personas físicas o morales en ámbitos tan nucleares como las organizaciones sociales e institucionales, las estructuras de participación política y los derechos fundamentales de la ciudadanos.
El Derecho privado debe ordenar, no así prohibir ni limitar, el reto que la digitalización plantea a todos los sistemas o experiencias jurídicas. La tarea no se limita a la, tradicional y simple, regulación de nuevos fenómenos. Se extiende a las técnicas de producción y aplicación del Derecho, y a la creación de cultura y lenguaje jurídico.
Estos cambios exigen la mutua recepción y coordinación entre la normativa jurídico-privada y la presente realidad digital. Las investigaciones se ordenan -no hay ordenamiento, sin orden- en cuatro partes in ter relacionadas: las nociones jurídicas básicas a una das a la digitalización; la obtención, la encriptación, el tratamiento y la transmisor de la información digitalizada, y las materias conexas de responsabilidad civil por daños; la trascendencia para las empresas y los empresarios de la cuarta revolución de los servicios y la industria y, por último, su impacto en sectores económicos regulados, y de interés estrategias y general, como los mercados de valores, del crédito y de la electricidad.