La globalización de nuestra sociedad y de la economía ha supuesto la globalización del crimen, y por lo tanto la lucha contra las redes criminales y otras formas graves de delincuencia requiere y exige de los Estados una respuesta penal común, por lo que es preciso poner en marcha instrumentos y sistemas que sean realmente eficaces. Así mismo, un fenómeno poliédrico como el crimen organizado impone que se aborde desde una perspectiva multidisciplinar y transversal, pues los aspectos sustantivos y procesales convergen y se proyectan sobre las realidades que se combaten, debiendo ir adecuadamente entrelazados e imbricados, para que produzcan el resultado previsto.
En este sentido y teniendo en cuenta que la criminalidad organizada existe y actúa, esencialmente, por ánimo de lucro, es necesario trabajar incidiendo en el principio de que el delito no resulte provechoso, y por lo tanto profundizar en las políticas dirigidas a asfixiar económicamente a las organizaciones criminales mediante la expropiación de las ganancias proporcionadas por sus actividades delictivas.
Las medidas e instrumentos adoptados hasta la fecha han supuestos grandes avances en la dirección correcta, pero hay que reconocer, como hace la Comisión Europea, que siguen siendo insuficientes e ineficientes. Por lo tanto, hay que trabajar y profundizar en los marcos jurídicos disponibles y en la conformación de mecanismos y sistemas de cooperación, coordinación e intervención en la recuperación y gestión de activos derivados del delito.
Todo ello exige el diseño y adaptación de instrumentos e instituciones penales y procesales, que han de operar en el ámbito de nuestro proceso penal, respetando los derechos y garantías básicas del mismo. En este marco, son muchos los actores y profesionales implicados en esta labor, y muy numerosas las actuaciones que se requieren para conseguir un sistema garantista y a la vez eficaz. No obstante, en este objetivo y en este trabajo no se pueden perder de vista las garantías y derechos procesales de los afectados, tanto de sospechosos y acusados, así como de terceros, por lo que los avances, y las medidas que se adopten, no pueden desnaturalizar el proceso penal, ni sacrificar los principios y garantías básicas que rigen el mismo, en pro de una necesaria eficiencia.