Respuestas laborales del TJUE a los tribunales españoles
Las decisiones de la Unión Europea (UE) condicionan cada vez más nuestras vidas. Lo que ocurre en las empresas o Administraciones Públicas con sus plantillas (es decir en “las relaciones laborales”) tiene mucho que ver con las normas aprobadas por los órganos comunitarios y, en especial, con la interpretación que de ellas viene haciendo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Sobre ese presupuesto, la obra examina las respuestas que el TJUE ha ido dando a las cuestiones prejudiciales que desde los Juzgados y Tribunales españoles se le han planteado en materia de Derecho del Trabajo.
Es muy singular el “diálogo” que se entabla entre cualquier órgano judicial de un Estado y el TJUE, siendo misión del segundo garantizar la interpretación y aplicación uniforme del Derecho comunitario; de ahí que su función consista en resolver las dudas que el primero albergue sobre la sintonía entre el derecho nacional y el eurocomunitario.
Desde España se han presentado, desde enero de 1986, aproximadamente seiscientas cuestiones prejudiciales, siendo objeto de estudio las setenta y cinco concernientes a materia laboral (excepto Seguridad Social).
Es, en efecto, el Tribunal comunitario quien responde, pero también, y no en menor medida, los operadores jurídicos de cada país (con protagonismo del órgano judicial que eleva la consulta), quienes, a través de este singular diálogo consiguen homogeneizar la aplicación de una suerte de legislación laboral “básica”, detectando y corrigiendo posibles desvíos de la norma interna.