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Responsabilidad por los daños resultantes de cosas caídas o arrojadas desde edificios

ISBN: 9788429024906

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Fecha de edición 05/05/2021
Número de Edición

1

Idioma

Formato

Páginas

206

Lugar de edición

MADRID

Colección

DERECHO DE DAÑOS

Encuadernación

La presente obra tiene por objeto el estudio pormenorizado del artículo 1910 del Código civil, relativo a la responsabilidad por los daños causados por las cosas caídas o arrojadas desde las casas. La trascendencia práctica de este precepto se ha visto favorecida por la interpretación expansiva que de él vienen haciendo nuestros tribunales, lo que ha llevado a su aplicación a supuestos muy variados, como son los daños por filtraciones de agua. Asimismo, la actualidad del problema al que trata de dar respuesta se ha puesto de manifiesto tras el paso de la borrasca Filomena, que ha provocado en muchas localidades la existencia de daños por la caída de la nieve acumulada en los edificios, cuestión a la que se presta una especial atención. Tras examinar los antecedentes históricos y la naturaleza de la responsabilidad del cabeza de familia, se afronta el estudio de las causas de exoneración, con especial atención a la fuerza mayor.

Igualmente, se contempla en toda su extensión quién es el sujeto responsable, para lo que se analizan, entre otras cuestiones, qué quiere decir habitar como cabeza de familia, si realmente es preciso habitar la casa para que se pueda acudir a este régimen de responsabilidad o si se aplica además a las casas deshabitadas, y quienes son las personas de cuyos hechos debe responder. También se realiza un detenido examen del ámbito objetivo de este régimen de responsabilidad para determinar cuál puede ser el objeto productor del daño, qué características debe tener la casa de la que procede el objeto dañoso y el lugar en el que cae y produce el daño. Finalmente, se aborda el análisis detallado de la responsabilidad de las comunidades de propietarios cuando el objeto cae desde un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal. Todo ello hace que esta obra resulte de utilidad tanto a los investigadores como a los profesionales que ejercen su trabajo en el ámbito del Derecho.

La autora, Carmen Callejo Rodríguez, es Profesora Titular Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid. Ha participado en diversos Proyectos I+D+I, y es directora del Grupo de Investigación Consolidado “Contratación-Empresa”, perteneciente al Campus de Excelencia Internacional UCM-UPM. Su investigación se ha centrado fundamentalmente en el Derecho de la persona y de la familia y en el Derecho de obligaciones y contratos, ámbitos en los que se enmarcan sus monografías, así como los numerosos artículos publicados en prestigiosas revistas científicas y, también, las colaboraciones en obras colectivas y aportaciones a Congresos y Jornadas internacionales. Entre sus trabajos más recientes destacan las monografías publicadas en esta editorial La modificación de los alimentos a los hijos (Madrid 2018) y Trabas al derecho de visita, responsabilidad y mediación (Madrid 2019); y “El crowdfunding de donación”, en Aspectos legales de la financiación en masa o crowdfunding (Valencia 2020).

Introducción

Capítulo I – Antecedentes y naturaleza jurídica de la responsabilidad del cabeza de familia

1. Antecedentes

1.1. Derecho romano

1.1.1. Actio de effusis vel deiectis

1.1.2. Actio de positum et suspensus

1.2. Recepción en el Derecho castellano

1.3. La codificación

1.4. La codificación en el Derecho español

2. Naturaleza del régimen de la responsabilidad del artículo 1910 del Código civil

2.1. Posición de la jurisprudencia

2.2. Tesis doctrinales

3. Causas de exoneración de responsabilidad

3.1. Introducción

3.2. Fuerza mayor

3.2.1. Consideraciones generales

3.2.2. Especial consideración del viento como hecho constitutivo de fuerza mayor

3.2.3. Fuerza mayor en la caída de nieve acumulada en los edificios

3.3. Culpa exclusiva del perjudicado

 

Capítulo II – El sujeto responsable por los daños que ocasionen las cosas arrojadas o caídas desde una casa

1. La expresión “cabeza de familia”

2. Habitar una casa o parte de ella

3. Habitar como cabeza de familia

3.1. Consideraciones generales

3.2. Sujeto responsable cuando existen relaciones de superioridad o subordinación

3.3. Sujeto responsable cuando existen relaciones de igualdad

3.3.1. Supuestos en que la cosa se arroja o cae por un hecho humano

3.3.2. Supuestos en que la cosa se cae sin intervención causal inmediata de hecho humano

4. Responsabilidad del cabeza de familia por hecho propio o ajeno

5. Singularidades en función del hecho generador del daño

5.1. Daños ocasionados por las cosas arrojadas

5.2. Daños ocasionados por las cosas caídas

6. Casos en que no se puede determinar de donde procede el objeto

7. Especial consideración de la responsabilidad en caso de arrendamiento

8. Sujeto responsable y causante directo del daño

 

Capítulo III – Ámbito objetivo de la responsabilidad del cabeza de familia

1. Cosas que “se arrojaren o cayeren”

1.1.Interpretación de las expresiones “se arrojaren o cayeren”

1.2. Daños ocasionados por la caída de objetos que no se han colocado voluntariamente por ninguna persona. La caída de nieve desde los edificios

2. Lugar del que procede la cosa que cae o es arrojada

3. Lugar al que cae la cosa y en el que se produce el daño

3.1. Consideraciones generales

3.2. Daños ocasionados por un objeto que impacta en el interior del mismo recinto desde el que cae o se arroja

4. El objeto productor del daño

4.1. Cosas cuya caída puede dar origen a la responsabilidad del artículo 1910 del Código civil

4.2. Especial consideración de la caída de personas

4.3. Responsabilidad por filtraciones de agua

4.2.1. Filtraciones producidas por el comportamiento del cabeza de familia o de cualquiera de las personas por las que responder de acuerdo con el artículo 1910 del Código civil

4.3.2. Filtraciones que provienen de la mala conservación del edificio y sus instalaciones o de los defectos de construcción

 

Capítulo IV – La responsabilidad del cabeza de familia por los daños causados por cosas que forman parte de los inmuebles y en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal

1. La responsabilidad civil por daños causados por cosas que forman parte de los edificios y el artículo 1910 del Código civil

1.1. Consideraciones generales

1.2. La caída de “cosas” del edificio y el artículo 1910 del Código civil

2. La responsabilidad ex artículo 1910 CC en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal

2.1. Consideraciones generales

2.2. Responsabilidad por los daños causados por cosas arrojadas desde elementos comunes

2.3. Responsabilidad por los daños causados por la caída de elementos comunes

2.4. Caída de objetos desde elementos comunes

2.4.1. Daños producidos por objetos procedentes de elementos comunes de uso común

2.4.2. Daños producidos por objetos procedentes de elementos comunes de uso privativo

2.5. Responsabilidad por los daños causados por la caída de elementos u objetos fijados o colocados en elementos comunes o privativos

2.6. Responsabilidad por los daños causados por la caída de un objeto procedente de un edificio sin que se pueda determinar de qué estancia procede

 

Bibliografía

Índice de Resoluciones

Tribunal supremo

Audiencias provinciales

La autora, Carmen Callejo Rodríguez, es Profesora Titular Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid. Ha participado en diversos Proyectos I+D+I, y es directora del Grupo de Investigación Consolidado “Contratación-Empresa”, perteneciente al Campus de Excelencia Internacional UCM-UPM. Su investigación se ha centrado fundamentalmente en el Derecho de la persona y de la familia y en el Derecho de obligaciones y contratos, ámbitos en los que se enmarcan sus monografías, así como los numerosos artículos publicados en prestigiosas revistas científicas y, también, las colaboraciones en obras colectivas y aportaciones a Congresos y Jornadas internacionales. Entre sus trabajos más recientes destacan las monografías publicadas en esta editorial La modificación de los alimentos a los hijos (Madrid 2018) y Trabas al derecho de visita, responsabilidad y mediación (Madrid 2019); y “El crowdfunding de donación”, en Aspectos legales de la financiación en masa o crowdfunding (Valencia 2020).