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Regulación financiera y fintech

ISBN: 9788413094755

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Hay existencias (puede reservarse)

Peso 415 g
Fecha de Edición 27/09/2019
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

264

Lugar de edición

PAMPLONA

Encuadernación

Rústica

Colección

ARANZADI DERECHO MERCANTIL

Nº de colección

1135

Editorial

ARANZADI THOMSON REUTERS

EAN

978-84-1309-475-5

Presentación.

Tras diez años de crisis se hace necesario actualizar la regulación financiera. Dos fenómenos han transformado la actividad bancaria, la pérdida de reputación como consecuencia de las malas prácticas desveladas por la crisis, de un lado, y la innovación tecnológica, de otro. En respuesta a estos fenómenos se intensifican las normas de solvencia y de conducta de la banca tradicional y se abre el sector a la competencia de las empresas Fintech. Se mantienen los objetivos de la regulación financiera. Se trata de lograr un sistema eficiente, transparente y protector del ahorrador. Pero los nuevos hechos exigen un nuevo derecho.

Con el fin de analizar la respuesta normativa a estos fenómenos se celebró en el primer semestre de 2019 en el Centro de Estudios del Colegio de Abogados de Madrid un curso de especialización sobre Regulación Financiera y Fintech. Como fruto del curso se recoge en el presente volumen la elaboración doctrinal de las principales ponencias.

En el primer capítulo, Werner Bijkerk nos da una lección magistral sobre el impacto de las nuevas tecnologías en la regulación y supervisión de los mercados financieros. Su experiencia como jefe de investigación de IOSCO, le permite vislumbrar los contornos de la regulación financiera en un mundo globalizado con actividades desagregadas adaptadas al perfil de cada cliente. Describe con claridad los beneficios y retos de las tecnofinanzas y las diversas respuestas regulatorias que está generando. Pero para ser efectivas las diversas actuaciones deben coordinarse. Bijkerk se pone en la cabeza del supervisor y en su ingrata labor de limitar las iniciativas empresariales para dar seguridad al tráfico. Se trata de lograr un difícil equilibrio entre innovación y seguridad. Si la labor del supervisor sale bien no hay premio, se considera que es el resultado de la evolución del mercado, pero si sale mal siempre hay reproche.

A su vez, José Luis Rodríguez López, Jefe de Área en la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), trata de Fintech desde la perspectiva de la promoción de la competencia. Frente a la neutralidad de los supervisores financieros, las autoridades de la competencia son más proactivas. Con este enfoque, Fintech es una oportunidad que ha sido objeto de análisis por la CNMC. Genera tensión competitiva, aporta nuevas técnicas a la supervisión, facilita el cumplimiento normativo y fomenta la inclusión financiera. Pero también puede suponer una amenaza a la competencia. El poder de mercado de las plataformas debe ser controlado. Hay que encontrar un “trade-off entre estabilidad y competencia”. Ha llegado la hora de actuar para defender la competencia en estrecha coordinación con las autoridades financieras y de protección de datos.

La vanguardia de la regulación de las tecnofinanzas abierta a la competencia la representa «Open Banking», al que se dedica el tercer capítulo. El sistema de banca abierta, de origen anglosajón y desarrollado con detalle en la Unión Europea, obliga a los bancos a compartir con terceros los datos de sus clientes. Combina la seguridad bancaria con nuevos servicios de pagos basados en las nuevas tecnologías. Crea el germen para regular Fintech de forma sencilla y abierta. Nace un modelo de finanzas conducidas por la tecnología.

Por otro lado, la crisis ha supuesto un recorte del crédito bancario a las empresas, en particular a las de menor tamaño. Fintech surge como una alternativa a la financiación bancaria. En este contexto, Matilde Cuena Casas, catedrática de derecho civil, estudia y propone soluciones para una concesión responsable de crédito. Ámbito en el que la financiación participativa tiene un enorme potencial, con ventajas e inconvenientes. Hay que evitar el riesgo sistémico de combinar banca tradicional con las nuevas plataformas. Para evitar este problema, Cuena propone aplicar la normativa sectorial y prudencial a los préstamos que conceden las entidades financieras través de plataformas de financiación participativa. También propone que las plataformas puedan acceder a ficheros de solvencia patrimonial y se pregunta por las razones de mantener una banca cerrada a compartir los datos positivos del historial crediticio de sus clientes, tema en el que Cuena es pionera.

Tras esta parte dedicada a Fintech, se abordan en esta obra tres ámbitos en continua evolución, los servicios de inversión, la distribución de seguros y la protección del consumidor financiero. Alberto Tapia, catedrático de derecho mercantil, analiza la más reciente jurisprudencia sobre asesoramiento y gestión de carteras. Son servicios fiduciarios necesitados de una clarificación doctrinal. Las prácticas de mercado ofreciendo híbridos como la «gestión asesorada» no facilitan el deslinde de estas actividades. Por esta razón, el análisis del maestro Tapia es de lectura imprescindible. Comenta e ilustra la rica jurisprudencia lo que nos permite entender mejor la naturaleza de estos servicios.

La importancia del Derecho comunitario en la regulación financiero se refleja en el capitulo que Francisco Sola, inspector jefe en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dedica a la distribución de seguros. Una materia que ha sido regulada con tanto detalle que siempre encontramos criterios aplicables a los distintos casos que se dan en la práctica. Exceso de regulación que traslada a las entidades una elevada carga de cumplimiento normativo. Con la precisión de un cirujano, Sola analiza la normativa europea de distribución de seguros y el impacto que supone para el sector con lúcidas propuestas para su simplificación.

El último capítulo se dedica a la protección del consumidor financiero. Eugenio Ribón, presidente de la Asociación Española de Derecho del Consumo, delimita la figura y justifica su protección. Se muestra partidario de presumir la condición de consumidor, cuestión crucial pues solo quien tenga esa condición puede invocar con éxito la normativa privilegiada. La contribución de Ribón es fiel reflejo del importante desarrollo del Derecho del consumo como consecuencia de los contenciosos bancarios que de algún modo ha venido desplazando a la regulación financiera.

Un buen elenco de trabajos para entender las cuestiones fundamentales que afectan a las finanzas y que determinan su regulación. En suma, una obra de gran utilidad para entender cómo se regulan las principales actividades financieras y que pautas se están siguiendo para su adaptación a las tecnofinanzas. El resultado es esperanzador. Los nuevos operadores abren el mercado a la competencia y ofrecen en colaboración con la banca servicios cada más adaptados a las necesidades de los clientes.

Abreviaturas principales

Nota preliminar

Prólogo

Introducción

Capítulo I. La respuesta jurídico-penal a la empresa como foco de riesgo de la comisión de delitos

Capítulo II. Evolución histórica de la respuesta en Estados Unidos a la empresa como foco de riesgo de la comisión de delitos

Capítulo III. Individualización de la responsabilidad y bases para la comprensión entre modelos

Capítulo IV. La individualización de la responsabilidad penal en el ámbito empresarial desde el sistema estadounidense

Capítulo V. Introducción a la individualización de la responsabilidad penal de los altos directivos en EE.UU

Capítulo VI. Introducción a individualización la responsabilidad penal de los trabajadores en EE.UU

Capítulo VII. Introducción a la individualización responsabilidad penal de los asesores externos de la empresa en EE.UU.

Conclusiones

Bibliografía

Elena B. Fernández Castejón es Profesora Asociada de la Universidad Miguel Hernández de Elche