Todo Derecho se presume racional, pero ¿existe un Derecho racional?, esto es, un conjunto de normas éticas de conducta ideado por la Razón humana que nos muestre cómo actuar correctamente en las relaciones con el prójimo, sin necesidad de que sean reconocidas como tal por cualquier autoridad pública. O, más bien, lo que alberga la Razón denominada práctica no es sino un conglomerado heterogéneo de creencias, ideas, reglas morales y usos sociales, que pueden servirnos de guía en nuestro comportamiento, pero que no percibimos como jurídicos en ningún caso. Lo bueno, lo justo y lo legal confluyen en todo concepto que se formule del Derecho y este es el gran problema que debe resolver la Filosofía jurídica.
Alrededor del concepto central de juridicidad -que adquiere aquí un perfil específico-, esta obra pretende demostrar que el Derecho presenta un núcleo legitimador e irreductible respecto de su totalidad positiva, el cual proviene de la pura Razón cuando esta adopta una perspectiva ética de contemplación del ser humano y no de ninguna suerte de inducción a partir de diferentes supuestos empíricos de la realidad. Este núcleo, a veces denominado contenido de la justicia,
pero más comúnmente Derecho natural, constituye con toda probabilidad la idea más añeja y persistente a lo largo de la historia de la Filosofía jurídica, y parece que ni el más ardoroso de los positivismos jurídicos ha sido capaz de arrumbarla definitivamente. El objetivo del libro es intentar definir este Derecho racional, explicarlo y justificarlo convenientemente a través del establecimiento de una Teoría de la juridicidad. Son estos contenidos que integran el ámbito de la juridicidad los que todo Derecho positivo debe recoger en su regulación detallada de cada sociedad específica, sirviendo, al mismo tiempo, de legitimación y referencia necesaria en su elaboración y aplicación, y, por supuesto, como imprescindibles instrumentos de control crítico de sus desvíos de la justicia.