La presente obra tiene como objetivo realizar un estudio de los problemas jurídicos que plantea la calificación de la relación jurídica entre el cliente y el abogado como una «relación de consumo», haciendo especial hincapié en las consecuencias que en este sector puede tener el recién alumbrado concepto de «consumidor vulnerable».
Concretamente, en este trabajo se abordan las peculiaridades que la aplicación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios a estos contratos plantea en la fase de formalización del contrato, la virtualidad que presentan las hojas de encargo profesional como mecanismo de protección de ambas partes del contrato, así como el régimen jurídico aplicable a éstas. Otro de los aspectos que se estudia es la posible presencia de cláusulas abusivas en los contratos que, para el desarrollo de su actividad profesional, celebran los abogados con consumidores, aspecto que adquiere relevancia puesto que se aprecia un cierto grado de estandarización de las prestaciones en algunos sectores de la Abogacía. Por último, se aborda la posible aplicación a este concreto sector profesional del régimen previsto en el artículo 147 del TRLGDCU que prevé, para su aplicación a los contratos de servicios en general, un sistema subjetivo con inversión de la carga de la prueba de la culpa.
Prólogo
ABREVIATURAS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I. LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS Y SU CONSIDERACIÓN COMO «RELACIÓN DE CONSUMO»
1.1. La relación jurídica entre Abogado y cliente: contrato de servicios, contrato de obra y contrato de gestión
1.2. La aplicación del TRLGDCU a la prestación de servicios jurídicos
1.2.1. El cliente de servicios jurídicos como «consumidor y usuario»: el consumidor vulnerable
1.2.2. El letrado como profesional ex artículo 4 del TRLGDCU
1.3. La relación del abogado y cliente como una relación de consumo
CAPÍTULO II. LA FORMACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS JURÍDICOS
2.1. El deber de información precontractual del Letrado: en especial, el artículo 60 del TRLGDCU
2.2. La integración de la publicidad en el contrato: el artículo 61 del TRLGDCU
2.3. El reconocimiento normativo a las hojas de encargo profesional y su virtualidad como mecanismo de protección de los intereses de las partes del contrato
2.3.1. Las hojas de encargo profesional: del principio de libertad de forma a una exigencia normativa (el artículo 63 del TRLGDCU)
2.3.2. La virtualidad de las hojas de encargo: un mecanismo de protección para las dos partes del contrato
A) Las hojas de encargo como medio para acreditar la existencia y el objeto del encargo
B) Las hojas de encargo como vía para la determinación del acuerdo económico
C) Las hojas de encargo como acreditación del cumplimiento de obligaciones del prestador del servicio
CAPÍTULO III. EL PRECIO DEL CONTRATO
3.1. La indeterminación del precio en el contrato de servicios jurídicos: factores condicionantes y la facultad moderadora de los órganos judiciales
3.1.1. Los factores condicionantes en la indeterminación del precio del contrato de servicios jurídicos
3.1.2. La facultad moderadora de los órganos judiciales en la determinación del precio del contrato
3.2. La información sobre los honorarios profesionales: una obligación precontractual en los contratos con consumidores
3.3. ¿El precio de los servicios jurídicos puede ser abusivo?: El control de transparencia sobre el precio del contrato
3.4. La integración del precio del contrato con los criterios orientadores del Colegio de Abogados: una reflexión crítica sobre la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 24 de febrero del 2020
CAPÍTULO IV. CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS JURÍDICOS
4.1. Régimen jurídico aplicable a las cláusulas incorporadas a las hojas de encargo profesional: La Ley de Condiciones Generales de la Contratación y el TRLGDCU
4.2. El reconocimiento contractual de la facultad de desistimiento del prestatario del servicio
4.3. Las cláusulas de exoneración o limitación de responsabilidad y su relación con el deber de información del abogado sobre los riesgos del proceso
4.4. El control de cláusulas abusivas en los expedientes de jura de cuentas
CAPÍTULO V. LA RESPONSABILIDAD DE LOS ABOGADOS: LOS REGÍMENES APLICABLES, EN ESPECIAL, EL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO 147 DEL TRLGDCU
5.1. La responsabilidad del Abogado una responsabilidad subjetiva: posible aplicación de otros regímenes de responsabilidad
5.1.1. El régimen de responsabilidad por la actuación negligente de sus auxiliares: especial referencia a la Ley de Sociedades Profesionales
A) La responsabilidad por hecho ajeno: los artículos 1903 del CC y 121 del CP
B) La Ley de Sociedades Profesionales: un régimen de responsabilidad solidaria
5.1.2. La actuación del Letrado constitutiva de «intromisión ilegítima»: el régimen de responsabilidad previsto en la LO 1/1982
A) La vulneración del secreto profesional como intromisión ilegítima: su escasa relevancia en los servicios jurídicos
B) La libertad de expresión del abogado: su contenido especialmente resistente y la intromisión ilegítima del artículo 7.7 de la LO 1/1982
5.2. La aplicación del régimen de responsabilidad previsto en el art. 147 del TRLGDCU a los servicios jurídicos
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
JURISPRUDENCIA
Loreto Carmen Mate Satué es Licenciada en Derecho por la Universidad de Zaragoza (2014) y Doctora en Derecho por la misma Universidad (2021). Sus líneas de investigación giran en torno a la Responsabilidad Civil y al Derecho de Consumo. Es miembro colaborador de distintos proyectos de investigación. Los resultados de sus investigaciones se han publicado como artículos en revistas especializadas españolas y extranjeras y como capítulos en obras colectivas, habiendo sido difundidos en distintos foros nacionales e internacionales. Además de ser Profesora en el Máster de Droit Privé de la Université de Rouen (Francia) desde 2018, ha sido invitada a desarrollar investigaciones en el Institut de Recherche Juridique de la Sorbonne dependiente de Université París I – Panthéon Sorbonne.