Orientaciones para la evaluación de riesgos y las reglas de decisión según la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025: 2017
Orienta a los laboratorios en la evaluación de riesgos y en el establecimiento de reglas de decisión para la declaración
de conformidad de sus resultados.
El contenido de este libro ha sido elaborado por la Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento
(AEAS) donde se encuentran representadas empresas públicas, privadas y mixtas.
CONCEPTO
La política en materia de prevención de riesgos laborales, en cuanto conjunto de actuaciones de los poderes públicos
dirigidas a la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo para elevar el nivel de protección de la salud y la
seguridad de los trabajadores, se articula en la Ley en base a los principios de eficacia, coordinación y participación,
ordenando tanto la actuación de las diversas Administraciones públicas con competencias en materia preventiva,
como la necesaria participación en dicha actuación de empresarios y trabajadores, a través de sus organizaciones
representativas. En este contexto, la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que se crea se configura
como un instrumento privilegiado de participación en la formulación y desarrollo de la política en materia preventiva.
Pero tratándose de una Ley que persigue ante todo la prevención, su articulación no puede descansar exclusivamente en
la ordenación de las obligaciones y responsabilidades de los actores directamente relacionados con el hecho laboral.
El propósito de fomentar una auténtica cultura preventiva, mediante la promoción de la mejora de la educación en
dicha materia en todos los niveles educativos, involucra a la sociedad en su conjunto y constituye uno de los objetivos
básicos y de efectos quizás más transcendentes para el futuro de los perseguidos por la presente Ley.
La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero
cumplimiento formal de un conjunto predeterminado, más o menos amplio, de deberes y obligaciones empresariales
y, más aún, la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas. La planificación de la prevención
desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo
y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y
globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la
efectividad de dichas medidas constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos
laborales que la Ley plantea. Y, junto a ello, claro está, la información y la formación de los trabajadores dirigidas
a un mejor conocimiento tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos
y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas
que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan.