Esta monografía aborda, con lenguaje directo y sencillo, pero a la vez riguroso, los aspectos de mayor interés y conflicto en el tiempo de trabajo: su ordenación flexible. En pleno siglo XXI el ordenamiento viene caracterizado por el claro fomento de la flexibilidad, altas dosis de disponibilidad para el trabajador, el incremento de los poderes empresariales y la compulsión a extender los tiempos de presencia y/o disposición.
Partiendo de la obsolescencia, los desajustes y la insuficiencia de la norma en algunos puntos, se analiza de forma crítica la regulación legal, con el complemento de la negociación colectiva y la jurisprudencia, con el marcado objetivo de lograr un reequilibrio en las posiciones de las partes, no del todo incompatible con la competitividad y la defensa de la productividad. Sin desdeñar la flexibilidad ni la necesidad de satisfacer las demandas empresariales, aunque proponiendo un uso racional y razonable de los mecanismos flexibilizadores, se aboga también por dar impulso al derecho de adaptación y la flexibilización del tiempo de trabajo «pro labour», faceta bastante descuidada.
El ajuste a las exigencias productivas no debe conseguirse a costa de la total disponibilidad del trabajador ni de la pérdida de sus espacios de gestión de sus tiempos vitales. La trivialización de la organización del tiempo de trabajo tiene además claras repercusiones en la prevención de riesgos psicosociales, también tratados.
El hilo conductor sería la necesidad de conseguir, ante la imparable flexibilización, ciertas posiciones comunes acerca de cómo compaginar ésta con la seguridad del trabajador, con procurarle unos mínimos de tutela al menos aceptables. En esta armonización trabajo e intereses vitales espera un imprescindible papel al convenio colectivo.